SFC - Resolución 951 de 2025

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Resolución 951 de 2025
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2025

oo DNA | enclera de 9 Financiera d ' BA de e ea ADN De: 22%; E E ¡pe5_DE 2025 est, pe RADO 1 RESOLUCIÓN NÚMEROÚ 9 5 be.2025 ( 13MAY 2005) Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a KOA Compañía de Financiamiento S.A. EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO (E) De conformidad con lo previsto en la Resolución No. 962 de 2 de mayo de 2025, en ejercicio de las facultades legales que le confieren el numeral 7 de! artículo 53 y el literal a) del numeral 1 del artículo 326, ambos del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), en armonía con lo señalado en el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que le corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia (Superintendencia) ejercer la inspección y vigilancia de las sociedades que desarrollen la actividad de las compañías de financiamiento de conformidad con to previsto en el artículo 11.2.1.6.1. del Decreto 2555 de 2010. SEGUNDO. Que mediante la Resolución No. 1921 del 10 de noviembre de 20231, el Superintendente Financiero, en ejercicio de sus atribuciones legales, autorizó la constitución de la compañía de financiamiento KOA Compañía de Financiamiento S.A., una vez cumplidos los requisitos señalados en la ley, TERCERO. Que en el artículo tercero de la parte resolutiva de la

legales, autorizó la constitución de la compañía de financiamiento KOA Compañía de Financiamiento S.A., una vez cumplidos los requisitos señalados en la ley, TERCERO. Que en el artículo tercero de la parte resolutiva de la Resolución No. 1921, en concordancia con los requisitos previstos en el numeral 7 del artículo 53 del EOSF, se advirtió "que para expedir el respectivo certificado de autorización (o permiso de funcionamiento) de KOA Compañía de Financiamiento S.A. se deberán acreditar previamente a la Superintendencia los requisitos señalados en el numeral 70 del artículo 53 del EOSF, a saber: a) el otorgamiento de la escritura pública de constitución y su inscripción en el registro mercantil de la Cámara de Comercio del domicilio de la compañía de financiamiento constituida; b) 1 Modificada a través de la Resolución 2093 del 30 de noviembre de 2023.

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www.superfinanciera.gov.co B eE Superintendencia Financiera de Colombia 0951 4é%i j RESOLUCIÓN NÚMERO |. ..DE 2025 HOJA No, 2 Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a KOA Compañía de Financiamiento S.A. el pago de capital señalado en el considerando tercero del presente proveído; c) la existencia de la infraestructura técnica y operativa necesaria para operar regularmente, de acuerdo con lo señalado en el

el pago de capital señalado en el considerando tercero del presente proveído; c) la existencia de la infraestructura técnica y operativa necesaria para operar regularmente, de acuerdo con lo señalado en el estudio de factibilidad y d) la inscripción en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras -FOGAFIN, en su condición de compañía de financiamiento”. CUARTO. Que KOA Compañía de Financiamiento S.A. acreditó el cumplimiento de los presupuestos señalados en la Resolución No. 1921 del 10 de noviembre de 2023, mediante la cual se autorizó su constitución, tal como se señala a continuación: a) Formalización de la escritura pública de constitución y registro en la Cámara de Comercio: se acreditó la constitución de la compañía de financiamiento, conforme consta en la copia auténtica de la Escritura Pública No. 2373 de 5 de diciembre de 2023 de la Notaria 30 del Círculo de Bogotá, bajo la denominación social de KOA Compañía de Financiamiento S.A. Esta Escritura Pública fue inscrita en el registro mercantil, específicamente en la Cámara de Comercio de Bogotá el 7 de diciembre de 2023, de conformidad con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido el 14 de noviembre de 2024 b) Pago del capital: KOA Compañía de Financiamiento S.A. acreditó la suscripción y pago del capital establecido en sus estatutos sociales. c) Infraestructura técnica y operativa: esta Superintendencia adelantó una prueba de recorrido con el objetivo de verificar el grado de preparación operativa y tecnológica de la compañía de financiamiento,

c) Infraestructura técnica y operativa: esta Superintendencia adelantó una prueba de recorrido con el objetivo de verificar el grado de preparación operativa y tecnológica de la compañía de financiamiento, evidenciando que KOA Compañía de Financiamiento S.A. cuenta con la infraestructura técnica y operativa requerida para operar, sin perjuicio de las actividades adicionales que implementará, de acuerdo con lo indicado en el cronograma de trabajo suministrado por la entidad. Lo anterior, según se expone de forma detallada en el estudio técnico radicado bajo el número 2024173729-037-000. QUINTO. Que en desarrollo de la facultad prevista en el numeral 10 del artículo 11.2.1.4.32 del Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros propuso al Superintendente Financiero otorgar el certificado de autorización a KOA Compañía de Financiamiento S.A., de acuerdo con la recomendación emitida por la Superintendente Delegada para Intermediarios Financieros, en ejercicio de la facultad establecida en el numeral 17 del artículo 11.2.1.4.33 del Decreto 2555 de 2010,

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RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 3

Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a KOA Compañía de Financiamiento S.A.

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RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 3

Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a KOA Compañía de Financiamiento S.A. SEXTO. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 53 y en el literal a) del numeral 1 del artículo 326, ambos del EOSF, en armonía con lo señalado en el numeral 11 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, le compete al Superintendente Financiero autorizar el funcionamiento (expedir el certificado de autorización) de las entidades sujetas a inspección y vigilancia de esta Superintendencia, una vez se acredite su constitución regular y los demás requisitos previstos en la ley para el efecto. SÉPTIMO. Que, en atención a lo señalado en la Resolución No. 2100 del 1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada el 12 de mayo de 2025, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad de autorizar el permiso de funcionamiento solicitado por KOA Compañía de Financiamiento S.A. En virtud de lo expuesto, este Despacho: SS

¿% RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR a KOA Compañía de Financiamiento S.A., domiciliada en Bogotá D.C., para funcionar y desarrollar en todo el territorio nacional, las actividades propias del objeto social exclusivo de las compañías de financiamiento, lo cual equivale al “certificado de autorización” de que trata el numeral 7 del artículo 53 del

desarrollar en todo el territorio nacional, las actividades propias del objeto social exclusivo de las compañías de financiamiento, lo cual equivale al “certificado de autorización” de que trata el numeral 7 del artículo 53 del EOSF. ARTÍCULO SEGUNDO. ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se notifique personalmente el contenido de la presente resolución a los accionistas de KOA Compañía de Financiamiento S.A., o quien los represente, entregando copia de ésta y advirtiendo que contra lo resuelto procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante el Superintendente Financiero de Colombia dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. ARTÍCULO TERCERO. ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se remita copia de esta resolución al Grupo Interno de Trabajo de Notificaciones y Registro de esta Superintendencia para los efectos pertinentes.

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0951 tud a RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 4

Por medio de la cual se autoriza el funcionamiento (expide el certificado de autorización) a KOA Compañía de Financiamiento S.A. ARTÍCULO CUARTO. VIGENCIA La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

a KOA Compañía de Financiamiento S.A. ARTÍCULO CUARTO. VIGENCIA La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los L 4 3del mes de MAY de2025

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO (E)?,

E NOVAL ACEVEDO

430000

Trámite: 2024173729

Revisado por: Claudia Patricia Rincón Bravo, Superintendente Delegada Adjunta para Intermediarios

Financieros y Seguros (E)?. Gl Sandra Stella Santos Quinche Súperintendente Delegada para Intermedia eS e Ángela Cristina Silva Rojas. Coordinadora Grupo de Autorizaciones. Álvaro Eduardo Atencia Martínez. Presidente Comité Asesor de Autorizacion 580) Mario Alberto Sánchez García. Director Jurídico, > : Elaborado por: Ángela María Nieto Taborda. Profesional Especializada Grupo de Autorlzaciones. pNotificación:

JORGE MENDOZA

Apoderado Especial KOA COMPANIA DE FINANCIAMIENTO S.A. jomendozaQcemmlegal.co ? De conformidad con lo previsto en el artículo segundo de la Resolución No. 0962 de 2 de mayo de 2025. 3 De conformidad con lo previsto en el artículo primero de la Resolución No. 0909 de 8 de mayo de 2025. 4 De conformidad con lo previsto en el artículo segundo de la Resolución Mo. 0909 de 8 de mayo de 2025.

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