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SFC - Titularizadora no es entidad financiera Concepto 2011056670-001 del 17 de agosto de 2011 id2011056670

Superintendencia Financiera

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Título
SFC - Titularizadora no es entidad financiera Concepto 2011056670-001 del 17 de agosto de 2011 id2011056670
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2011

TITULARIZADORA NO ES ENTIDAD FINANCIERA Concepto 2011056670-001 del 17 de agosto de 2011.

Síntesis: Son instituciones financieras los establecimientos de crédito, las sociedades de servicios financieros, las sociedades de capitalización, las entidades aseguradoras y los intermediarios de seguros y reaseguros. Las sociedades citadas en la consulta no se encuentran dentro de las entidades o instituciones financieras descritas en la norma señalada. «(…) solicita se le informe sí la TITULARIZADORA (…) S.A., CISA S.A., REESTRUCTURADORA (…), COMPAÑÍA (…) LTDA., (…), están asimilados o no a entidades financieras? En caso de ser positivo, qué norma los rige y desde cuándo se encuentra vigente?

Sobre el particular, es preciso manifestarle que esta Superintendencia, con fundamento en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, emite los conceptos de carácter general y abstracto a que haya lugar, con motivo de las consultas que le son formuladas sobre las materias de su competencia, mas no le es dable mediante esta instancia emitir pronunciamientos de ninguna índole sobre situaciones particulares y concretas. Adicionalmente, que las consideraciones que se exponen en el presente documento no pueden entenderse como autorización de la SFC para la celebración de un contrato particular. El alcance de este pronunciamiento no impide que posteriormente este organismo, frente a un caso particular y concreto, efectúe consideraciones en distinto sentido o haga uso de sus facultades en caso de encontrar que la actividad desarrollada corresponde a una operación exclusiva de alguna de sus instituciones vigiladas.

Así las cosas de manera atenta nos permitimos efectuar las siguientes observaciones a partir de las cuales quedaran absueltas sus inquietudes: Según lo disponen los artículos 1° y subsiguientes del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, son instituciones financieras los establecimientos de crédito, las sociedades de servicios financieros, las sociedades de capitalización, las entidades aseguradoras y los intermediarios de seguros y reaseguros. Las sociedades citadas en su comunicación no se encuentran dentro de las entidades o instituciones financieras descritas en la norma señalada. Ahora bien, la sociedad Titularizadora (…) S.A.1 en desarrollo de su objeto social puede estructurar, administrar y emitir títulos y actúa en la Emisión de los mismos, en calidad de Emisor y de administrador del Proceso de Titularización en los términos del artículo 2.21.1.1.3 del Decreto 2555 de 2010. En tal condición tiene a su cargo la administración de los activos que conforman la Universalidad a partir de la cual se emiten los valores para ser 1 Mediante Resolución No. 300 del 31 de mayo de 2001, la anterior Superintendencia de Valores hoy Superintendencia Financiera de Colombia autorizó la constitución de la Corporación Hipotecaria Colombiana S.A Sociedad Titularizadora hoy Titularizadora Colombiana S.A.. suscritos por el público en general, los pagos por concepto de intereses y capital se realizan en pesos colombianos calculados al valor de la UVR respectiva. En virtud de su objeto social la sociedad titularizadora se encuentra sometida al control y vigilancia de esta Superintendencia. (…).»

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