SFC - Almacenes generales de depósito. Inversiones de exceso de líquidez Concepto Nº 96014964-1. Octubre 16 de 1996. id96014964
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Almacenes generales de depósito. Inversiones de exceso de líquidez Concepto Nº 96014964-1. Octubre 16 de 1996. id96014964
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1996
ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO. INVERSIONES DE EXCESO DE LIQUIDEZ Concepto Nº 96014964-1. Octubre 16 de 1996.
SÍNTESIS: Inversiones en fondos comunes de inversión. [§ 0019] EXTRACTOS.-« (…) de conformidad con lo previsto en el literal a) del subnumeral 4.2 del numeral 4° del Capítulo Segundo del Título Quinto de la Circular 07 de 1996, “Además de las inversiones autorizadas en los artículos 35 y 110 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero o las disposiciones que los adicionen o modifiquen, los almacenes generales de depósito pueden efectuar inversiones en títulos de alta liquidez y constituir y mantener depósitos en cuentas corrientes, depósitos a término y depósitos de ahorro en establecimientos de crédito y en fondos comunes de inversión administrados por sociedades fiduciarias para el desarrollo de su objeto social, como actividad conexa”. (Subrayado extratextual).
La citada autorización legal conferida a los almacenes generales de depósito para efectuar inversiones en fondos comunes administrados por fiduciarias deberá entenderse referida únicamente a los excedentes de liquidez con que cuenten estos almacenes en determinado momento, más no a la posibilidad de realizar dicha operación en desarrollo de su objeto social principal, habida consideración del estatuto excepcional que les aplica, a cuyo tenor el manejo y administración de los recursos con que cuentan tales entidades se encuentran sujetos al régimen general de inversiones previsto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y la Circular Básica Jurídica antes reseñada».