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SFC - Anexo Circular Externa 03 de 2008 (2)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 03 de 2008 (2)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2008

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 200

TEMA: Controles de Ley NOMBRE DE PROFORMA Declaración del Encaje Legal Bisemanal en Moneda Legal

NUMERO DE PROFORMA: F.1000-119

NUMERO DE FORMATO: 443

OBJETIVO: Verificar el cumplimiento de las normas sobre encaje y la autoliquidación de la sanción si a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 208, numeral 5º del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en las Resoluciones Externas 3, 7, 10 y 19 de 2007 de la Junta Directiva del Banco de la República.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos de Crédito PERIODICIDAD: Bisemanal FECHA DE REPORTE: Dentro de los 7 días calendario inmediatamente siguientes a la fecha de corte.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Bisemanal

DOCUMENTO TECNICO: SB-DS-003

TIPO Y NUMERO DEL INFORME 06Informe bisemanal – encaje

MEDIO DE ENVÍO: RAS DEPENDENCIA USUARIA: Delegatura Institucional para Intermediarios Financieros y Banco de la República

INSTRUCTIVO: GENERALIDADES Los porcentajes de encaje ordinario y marginal aplicables para cada una de las cuentas PUC, así como su vigencia, son establecidos por la Junta Directiva del Banco de la República a través de Resoluciones

Externas. Las Cifras deben reportarse en miles de pesos.

Todos los valores aceptan únicamente signo positivo (+), excepto los montos registrados en las subcuentas 015 de la unidades de captura 10, 11 y 12, respectivamente. El valor reportado en la columna 1, subcuentas 095 a la 120 de la unidad de captura 2, siempre debe ser cero (0). El valor reportado en la columna 1, subcuentas 015 a la 070 de la unidad de captura 3, siempre debe ser cero (0). El valor reportado en la columna 1, subcuentas 025 y 030 de la unidad de captura 4, siempre debe ser cero (0). Esta proforma deberá ser remitida con la firma digital del Representante Legal y Revisor Fiscal.

ENCABEZADO Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia este formato. Con este fin indique el tipo de entidad al que pertenece, el código asignado por esta Superintendencia y el nombre o sigla de la entidad.

Fecha de Corte: Diligenciar la fecha de corte bajo el formato DDMMAAAA, a la que corresponde la información.

UNIDAD DE CAPTURA 01: Subcuenta 005 - Columnas 2 a 15 - Fechas para el Requerido de Encaje: Se reportarán cada una de las fechas calendario de las exigibilidades en moneda legal que sirven de base para la determinación de los requeridos diarios de encaje, bajo el formato “DDMMAAAA (a cuatro dígitos)”, DÍA, MES AÑO.

CIRCULAR EXTERNA 003 de 2008 ENERO 2008

Proforma F.1000-119 (Formato 443)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 201 UNIDAD DE CAPTURA 02, 03 y 04: En la columna 1 se reportarán los saldos diarios contables en moneda legal de las exigibilidades sujetas a encaje para el día 7 de mayo de 2007. No obstante lo anterior, para las subcuentas 065 a la 090 de la unidad de captura 2 y las subcuentas 015 y 020 de la unidad de captura 4, se reportarán los saldos diarios contables en moneda legal registrados para el día 7 de mayo de 2007, reclasificados a la nueva codificación de las exigibilidades sujetas a encaje que a dicha fecha se encontraban contabilizadas bajo los códigos PUC 221030, 221035, 221040, 221095, 221535, 221540, 221545, 221595 y 249505, respectivamente. Los saldos desagregados por plazos, de las subcuentas 065 a 120 de la unidad de captura 2 y de las subcuentas 015 a 070 de la unidad de captura 3, serán tomados por las entidades vigiladas del formato establecido para la transmisión de la información sobre repos, simultáneas y transferencia temporal de valores contenida en el Formato 397”Repos, simultáneas y transferencia temporal de valores” y demás normas que lo modifiquen, adicionen o complementen. Para las columnas 2 a 15, se reportarán para cada una de las subcuentas, los saldos diarios contables en moneda legal de las exigibilidades sujetas a encaje para las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de

captura 01. UNIDAD DE CAPTURA 05: Subcuenta 005 - Columnas 2 a 15 – Fechas para el Disponible de Encaje: Se reportarán cada una de las fechas calendario de las disponibilidades que sirven de base para cubrir los requeridos diarios de encaje, bajo el formato “DDMMAAAA (a cuatro dígitos)”, DÍA, MES AÑO. La primera fecha reportada en la subcuenta 005 de la columna 2 de esta unidad de captura, debe corresponder a 8 días calendario después de la fecha reportada en la subcuenta 005, columna 15 de la unidad de captura 01 de este formato. UNIDAD DE CAPTURA 06: Subcuenta 005 - Columnas 2 a 15 - Efectivo: Se reportarán los saldos diarios contables de la cuenta PUC 110505 “Efectivo” para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 05. Subcuenta 010 - Columnas 2 a 15 – Depósitos en Banco de la República: Se reportarán los saldos diarios contables de la cuenta PUC 111005 “Cuenta Corriente Bancaria – Banco de la República” para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 05. Subcuenta 015 - Columnas 2 a 15 – Total Disponible: Se registra la sumatoria de las subcuentas 005 y 010 para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 05. Subcuenta 020 – Columnas 2 a 15 – Disponible Diario para Encaje Ordinario: Se reporta el valor

correspondiente al porcentaje del total del disponible (subcuenta 015 de esta unidad de captura) que la entidad considere adecuada para cubrir el requerido ordinario. Subcuenta 025 – Columnas 2 a 15 – Disponible Diario para Encaje Marginal: Se reporta el valor correspondiente al porcentaje del total del disponible (subcuenta 015 de esta unidad de captura) que la entidad considere adecuada para cubrir el requerido marginal. UNIDAD DE CAPTURA 07: Subcuenta 005 - Columnas 2 a 15 – Requerido Diario Encaje Ordinario Literal a): Para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, se registra el requerido diario correspondiente a la sumatoria de los resultados obtenidos al aplicar el porcentaje establecido a cada uno de los montos reportados en cada columna de la unidad de captura 02, que no excedan el valor de las exigibilidades en moneda legal registradas al día 7 de mayo de 2007, es decir, el porcentaje se aplicará a cada una de las exigibilidades hasta el monto registrado el día 7 de mayo de 2007. Subcuenta 010 - Columnas 2 a 15 – Requerido Diario Encaje Ordinario Literal b): Para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, se registra el requerido diario correspondiente a la sumatoria de los resultados obtenidos al aplicar el porcentaje establecido a cada uno de los montos reportados en cada columna de la unidad de captura 03, que no excedan el valor de las CIRCULAR EXTERNA 003 de 2008 ENERO 2008 Proforma F.1000-119 (Formato 443)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 202 exigibilidades en moneda legal registradas al día 7 de mayo de 2007, es decir, el porcentaje se aplicará a cada una de las exigibilidades hasta el monto registrado el día 7 de mayo de 2007 Subcuenta 015 - Columnas 2 a 15 – Total Requerido Diario Encaje Ordinario: Para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, registre la sumatoria de las subcuentas 005 y 010 de esta unidad de captura. UNIDAD DE CAPTURA 08: Subcuenta 005 - Columnas 2 a 15 – Requerido Diario Encaje Marginal Literal a): Para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, se registra el requerido diario correspondiente a la sumatoria de los resultados obtenidos al aplicar el porcentaje establecido a cada uno de los montos reportados en cada columna de la unidad de captura 02, que excedan el valor de las exigibilidades en moneda legal registradas al día 7 de mayo de 2007, es decir, el porcentaje se aplicará a cada una de las exigibilidades, solamente sobre el valor que supere el monto registrado el día 7 de mayo de 2007 Subcuenta 010 - Columnas 2 a 15 – Requerido Diario Encaje Marginal Literal b): Para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, se registra el requerido diario correspondiente a la sumatoria de los resultados obtenidos al aplicar el porcentaje establecido a

cada uno de los montos reportados en cada columna de la unidad de captura 03, que excedan el valor de las exigibilidades en moneda legal registradas al día 7 de mayo de 2007, es decir, el porcentaje se aplicará a cada una de las exigibilidades, solamente sobre el valor que supere el monto registrado el día 7 de mayo de 2007 Subcuenta 015 - Columna 2 a 15 – Total Requerido Diario Encaje Marginal: Para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, registre la sumatoria de las subcuentas 005 y 010 de esta unidad de captura. UNIDAD DE CAPTURA 09: Subcuenta 005 - Columnas 2 a 15 – Requerido Diario Encaje Legal Literal a): Para cada una de las fechas registradas en las subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, registre la sumatoria de los valores reportados en las subcuentas 005 de la unidad de captura 07 y 005 de la unidad de captura 08. Subcuenta 010 - Columnas 2 a 15 – Requerido Diario Encaje Legal Literal b): Para cada una de las fechas registradas en las subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, registre la sumatoria de los valores reportados en las subcuentas 010 de la unidad de captura 07 y 010 de la unidad de captura 08. Subcuenta 015 - Columnas 2 a 15 – Total Requerido Diario Encaje Legal: Para cada una de las fechas registradas en la subcuenta 005 de la unidad de captura 01 de este formato, registre la sumatoria

de los valores reportados en las subcuentas 005 y 010 de esta unidad de captura. UNIDAD DE CAPTURA 10: Subcuenta 005 - Columna 15 – Requerido Promedio de Encaje Ordinario: Registre el promedio de catorce (14) días correspondiente a la sumatoria de los resultados obtenidos en la subcuenta 015, columnas 2 a 15 de la unidad de captura 07. Subcuenta 010 - Columna 15 – Disponible Promedio de Encaje Ordinario: Registre el promedio de catorce (14) días correspondiente a la sumatoria de los valores reportados en la subcuenta 020, columnas 2 a 15 de la unidad de captura 06. Subcuenta 015 - Columna 15 – Exceso o Defecto de Encaje Ordinario: Registre la diferencia entre el disponible promedio de encaje ordinario y el requerido promedio de encaje ordinario (subcuenta 010 menos subcuenta 005 de esta unidad de captura). UNIDAD DE CAPTURA 11: Subcuenta 005 - Columna 15 – Requerido Promedio de Encaje Marginal: Registre el promedio de catorce (14) días correspondiente a la sumatoria de los resultados obtenidos en la subcuenta 015, columnas 2 a 15 de la unidad de captura 08.

CIRCULAR EXTERNA 003 de 2008 ENERO 2008

Proforma F.1000-119 (Formato 443)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 203 Subcuenta 010 - Columna 15 – Disponible Promedio de Encaje Marginal: Registre el promedio de

catorce (14) días correspondiente a la sumatoria de los valores reportados en la subcuenta 025, columnas 2 a 15 de la unidad de captura 06. Subcuenta 015 - Columna 15 – Exceso o Defecto de Encaje Marginal: Registre la diferencia entre el disponible promedio de encaje marginal y el requerido promedio de encaje marginal (subcuenta 010 menos subcuenta 005 de esta unidad de captura). UNIDAD DE CAPTURA 12: Subcuenta 005 - Columna 15 – Requerido Promedio de Encaje Legal: Registre la sumatoria del requerido promedio de encaje ordinario y el requerido promedio de encaje marginal, registrados en las subcuentas 005 de las unidades de captura 10 y 11, respectivamente. Subcuenta 010 - Columna 15 – Disponible Promedio de Encaje Legal: Registre la sumatoria del disponible promedio de encaje ordinario y el disponible promedio de encaje marginal, registrados en las subcuentas 010 de las unidades de captura 10 y 11, respectivamente. Subcuenta 015 - Columna 15 – Exceso o Defecto de Encaje Legal: Registre la diferencia entre el disponible promedio de encaje legal y el requerido promedio de encaje legal, (subcuenta 010 menos subcuenta 005 de esta unidad de captura). UNIDAD DE CAPTURA 13: Subcuenta 005 - Columna 15 – Autoliquidación de la Sanción: Reporte el monto correspondiente a la sanción que debe autoliquidar la entidad por los defectos promedio diario de encaje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Resolución Externa 7 de 2007 expedida por la Junta Directiva del Banco de la República, en

concordancia con el numeral 5 del artículo 208 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, para lo cual deberá seguir el siguiente procedimiento: Total defecto promedio de la bisemana (subcuenta 015 columna 15 unidad de captura 12) Valor del Defecto = Número de días del mes En consecuencia, en la columna 15 de la unidad de captura 13, se registra el valor que resulte mayor entre: el 3.5% del valor del defecto y diez (10) salarios mínimos legales mensuales. Esta subcuenta solo se reportará cuando el valor registrado en la columna 15 unidad de captura 12 Subcuenta 015 sea menor a cero (0), es decir negativo (-). Finalmente, los reportes transmitidos se enviarán unificados al Banco de la República quince (15) días hábiles después de la fecha de recepción prevista por esta Superintendencia.

CIRCULAR EXTERNA 003 de 2008 ENERO 2008

Proforma F.1000-119 (Formato 443)

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