SFC - Anexo Circular Externa 09 de 2007 INSTRUCTIVO Proforma 77 formato 271
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 09 de 2007 INSTRUCTIVO Proforma 77 formato 271
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 48
TEMA: RIESGO DE MERCADO
NOMBRE DE PROFORMA Evaluación del Riesgo de Precio
NUMERO DE PROFORMA: F.0000-77
NUMERO DE FORMATO: 271
OBJETIVO: Facilitar el proceso de evaluación de la exposición al riesgo de precio asumido por las posiciones mantenidas en instrumentos sensibles a tasa(s) de cambio, en unidades de valor real (UVR) y en acciones. Permitir la visualización de las posiciones netas en cada moneda, unidad o acción mantenida por la entidad, los cambios en el valor de dichas posiciones, y el valor en riesgo por este concepto.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades aseguradoras, sociedades de capitalización, sociedades fiduciarias, sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía.
TRAMITE: 22 Gestión de activos y pasivos.
PERIODICIDAD: Mensual para todas las entidades con excepción de las entidades aseguradoras y sociedades de capitalización que deben transmitir trimestralmente.
FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: El último día de cada mes o trimestre, según corresponda.
FECHA DE REPORTE: Con la transmisión de los estados financieros.
DOCUMENTO TÉCNICO: SB DS 003.
TIPO Y NUMERO DEL INFORME 34 Riesgos de Mercado
MEDIO DE ENVÍO: RAS
DEPENDENCIA USUARIA: Direcciones de Superintendencia y Dirección Técnica
INSTRUCTIVO: Generalidades: La información contenida en este formato corresponde a la evaluación y medición del riesgo de precio que realicen las
entidades de acuerdo con lo establecido en el Capitulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, se contemplan los riesgos de tipo de cambio, precio de acciones y cotización de la Unidad de Valor Real (UVR). Sin excepción, los conceptos que no apliquen o no presenten movimientos o saldos, deben reportarse en ceros. En tal sentido las entidades aseguradoras, sociedades de capitalización, sociedades fiduciarias, sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía deben tener en cuenta al diligenciar este formato, que de acuerdo con lo dispuesto el Capítulo XXI de la Circular 100 de 1995 se deben reportar en ceros las columnas que no correspondan a aquellas destinadas a reportar el valor en riesgo de las posiciones activas de sus libros de tesorería. En la columna 12 del informe se deben reportar las variaciones máximas probables que para efectos de esta evaluación determine la Superintendencia Bancaria, con el fin de establecer el cambio en el valor de las posiciones así como el valor en riesgo (columna 13). Las variaciones máximas probables de los diferentes factores contemplados que sean publicadas por la SBC deben reportarse en términos porcentuales y no decimales: por ejemplo, una variación estimada del 4% debe reportarse como 4.00 y no como 0.04. Sin embargo, para efectos del cálculo del cambio en el valor en moneda legal de las posiciones se debe emplear el 0.04.
ENCABEZADO Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia este formato. Indique el tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la SBC y el nombre o sigla de la entidad.
Fecha de corte: Se debe diligenciar la fecha del corte del reporte, bajo el formato DD (día) MM (mes) AAAA (año).
CUERPO DEL FORMATO Unidad de captura 1 – Riesgo de Tasa de Cambio Las cifras contenidas en las columnas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11 y 13 de esta unidad de captura deben estar expresadas en las monedas respectivas (dólares, marcos, yenes, etc..) sin reducir a miles o millones. Columna 01: Debe reportarse la Información correspondiente a las posiciones activas y/o compromisos de compra en moneda extranjera con dos decimales. Circular Externa 009 de 2007 Enero de 2007