SFC - Anexo Circular Externa 10 de 2010 (13)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 10 de 2010 (13)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2010
Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 345
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 26 Reservas Técnicas 2635 Reserva Matemática de Seguros y
Capitalización DESCRIPCIÓN Las entidades aseguradoras constituirán la reserva matemática, póliza por póliza, según cálculos actuariales, cuya determinación debe ajustarse a la nota técnica presentada ante la Superintendencia Financiera, utilizando para cada modalidad de seguro el mismo interés técnico y la misma tabla de mortalidad que haya servido de base para el cálculo de la prima. El monto de la reserva matemática a cargo de la compañía, se determina así: Del total de la reserva matemática de las pólizas vigentes, se resta la reserva de las primas de esas pólizas que se hubieren cedido en reaseguro al interior y exterior; el resultado es la reserva matemática a cargo de la compañía, que se constituye y libera a través del estado de ganancias y pérdidas. Para el ramo de riesgos profesionales se debe constituir la reserva matemática en forma individual, a partir de la fecha en que se determine la obligación de reconocer la pensión de invalidez o de sobrevivientes. El monto corresponderá al valor esperado actual de las erogaciones a cargo del asegurador por concepto de mesadas, calculado conforme a la nota técnica que para el efecto ha de elaborarse. Para el ramo de Seguro Educativo se debe constituir la reserva matemática para cada póliza emitida por la aseguradora, de conformidad con los parámetros señalados en el literal b del artículo 2° del decreto 839 de 1991, y con sujeción a las reglas establecidas en el artículo 4° del
decreto 070 de 2010, y/o las normas que la modifiquen o adicionen. En todo caso la reserva matemática para este ramo debe incluir al 31 de diciembre de cada año, el ajuste respectivo derivado del monto equivalente a la diferencia entre las tasas de rendimiento del portafolio de inversiones y la utilizada en la prima, siempre que la primera resulte inferior. De igual manera, esta reserva deberá ajustarse con los incrementos de los costos de las matrículas.
CIRCULAR EXTERNA 010 DE 2010 VIGENCIA: JUNIO DE 2010
Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 346
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 26 Reservas Técnicas 2635 Reserva Matemática de Seguros y Capitalización Así mismo, la Superintendencia Financiera podrá establecer los requisitos técnicos de carácter general de los estudios actuariales que se efectúen para el cálculo de la reserva matemática.
DINAMICA
CREDITOS DEBITOS
1. Por el valor correspondiente al cálculo actuarial 1. Por el valor de las liberaciones que se efectúen, con cargo a la cuenta 5104 -Constitución con abono a la cuenta 4104 -Liberación Reserva
Reserva Matemática-. Matemática-.
2. Por el valor de los ajustes a la reserva de 2. Por el valor de la liberación una vez se liquide seguros educativos por diferencia entre tasa el siniestro con abono a la cuenta 2355de rendimientos del portafolio asociado a la Siniestros Liquidados por Pagar-. reserva y la fijada en la prima; así como los incrementos en los costos de matrículas 3. Por el valor de la liquidación de la reserva de
cada póliza al momento del aviso de la utilización del beneficio educativo, con abono a la cuenta 265417 –Pago de Beneficios
EducativosCIRCULAR EXTERNA 010 DE 2010 VIGENCIA: JUNIO DE 2010
Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 354
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 26 Reservas Técnicas 2654 Reserva para Siniestros de Seguros y Avisados
Capitalización DESCRIPCIÓN Registra el valor estimado de la indemnización que corresponde a la entidad por cuenta propia por cada siniestro avisado y que no haya sido liquidado. La constitución de esta reserva se efectuará en el momento en que la compañía tenga conocimiento por cualquier medio de la ocurrencia del siniestro, estimando su valor de acuerdo con la magnitud del mismo, el valor asegurado y la modalidad del amparo, ajustándose este valor si es del caso al recibirse el aviso del asegurado. Para las entidades que exploten el ramo de seguro educativo, esta reserva se constituirá para cada póliza, en la fecha en que la aseguradora sea avisada sobre la utilización del beneficio educativo, registrándola en la subcuenta 265417 –Pago de Beneficios Educativos-, correspondiendo la misma al valor presente de todos los pagos futuros por concepto de matrículas del programa de educación escogido, y se debe ajustar periódicamente con base en el pago de la última matrícula pagada por la aseguradoraLas entidades que operen el seguro de crédito a la exportación para riesgos políticos y extraordinarios garantizados por la Nación registrarán el valor hasta por el monto de la reserva de desviación de
siniestralidad constituida siempre que opere la garantía de la Nación; en caso contrario se registrará por el valor total del siniestro. Las entidades llevarán los libros necesarios para el registro de los siniestros de conformidad con las normas legales vigentes.
CIRCULAR EXTERNA 010 DE 2010 VIGENCIA: JUNIO DE 2010
Superintendencia Financiera de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990 Hoja No. 354-1 CLASE GRUPO CUENTA 2 PASIVO 26 Reservas Técnicas 2654 Reserva para Siniestros de Seguros y Avisados Capitalización
DINAMICA
CREDITOS DEBITOS
1. Por la sumatoria del valor estimado de la 1. Por el valor de la liberación, una vez se liquide indemnización con cargo a la cuenta 5111. el siniestro.
2. Por el valor del siniestro correspondiente al 2. Por el valor de las devoluciones seguro de crédito a la exportación, por cuenta contempladas en la póliza de seguro de la compañía, con cargo a la cuenta 5111. educativo para el período inherente al pago de beneficios.
3. Por el valor presente de todos los pagos futuros por concepto de matrículas del programa de educación respectivo del Seguro Educativo, así como los ajustes derivados de la actualización del valor de la última matrícula pagada por la aseguradora
CIRCULAR EXTERNA 010 DE 2010 VIGENCIA: JUNIO DE 2010
Superintendencia Financiera de Colombia
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 443
CLASE GRUPO CUENTA
4. INGRESOS 41 Operacionales 4111 Liberación Reserva
para Siniestros Avisados DESCRIPCIÓN Registra el ingreso proveniente de la liberación de la reserva de los siniestros pendientes por liquidar a cargo de la Entidad, en la medida que estos se vayan liquidando. Para el ramo de Seguro Educativo, se podrá liberar reserva por el monto correspondiente a la devolución que se pacte en la póliza para el período en el cual se paga los beneficios educativos.