SFC - Anexo Circular Externa 11 de 2008 (3)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 11 de 2008 (3)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2008
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 214
TEMA: Información de cosechas créditos de vivienda NOMBRE DE PROFORMA: Cosechas créditos de vivienda
NUMERO DE PROFORMA: F.0000-122
NUMERO DE FORMATO: 455
OBJETIVO: Consolidar la información sobre el comportamiento de las cosechas para las diferentes líneas de crédito de vivienda que tienen las entidades.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos Bancarios, Compañías de Financiamiento
Comercial, Organismos Cooperativos de Grado Superior, Cooperativas Financieras y Fondo Nacional de Ahorro PERIODICIDAD: Mensual con reporte trimestral FECHA DE REPORTE: Trimestral: Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha límite de transmisión de los estados financieros, es decir: En el mes de abril, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo. En el mes de julio, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de abril, mayo y junio. En el mes de octubre, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre. En el mes de enero, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre. FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Corte de estados financieros
DOCUMENTO TÉCNICO: SBDS-003
TIPO Y NUMERO DEL INFORME 60 – Informe de cosechas
MEDIO DE ENVÍO: RAS – WEB
DEPENDENCIA USUARIA: Delegatura para Riesgo de Crédito
INSTRUCTIVO: Generalidades El presente formato sólo deberá ser reportado cuando la entidad registre en cada uno de los periodos correspondientes, ciento cincuenta (150) operaciones o más. En caso contrario, este formato no deberá ser transmitido a esta
Superintendencia. Las subcuentas o renglones y columnas que no tengan valor o no apliquen, no se deben reportar en el archivo. Las cifras deben estar expresadas en pesos sin decimales. En el caso de los créditos indexados en UVR las cifras deben estar expresadas en unidades con dos (2) decimales separados por punto. Ejemplo 35%, se reportará 35.00. En las celdas que contengan cifras en términos porcentuales, los registros se harán en formato porcentaje con dos decimales separados por punto. Para el primer reporte, en la columna 1, subcuenta 001 de todas las unidades de captura, se inicia con la fecha del 31 de enero de 2005, la cual cambiará cuando se cumplan los primeros siete (7) años. El porcentaje de las columnas 8, 9, 10 y 11 se calculará teniendo en cuenta además de la información del presente formato, la remitida en las columnas 1 y 2 del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas”. Los “saldos” a reportar deberán incluir únicamente el concepto de capital, excluyendo los conceptos de intereses y otros cargos. En el formato se deberá reportar la información correspondiente a las siguientes líneas de crédito: Vivienda VIS Pesos. Vivienda VIS UVR. Vivienda No VIS Pesos. Vivienda No VIS UVR.
Leasing Habitacional VIS Pesos. Leasing Habitacional VIS UVR. Leasing Habitacional No VIS Pesos. Leasing Habitacional No VIS UVR. Compra Cartera Vivienda en Pesos. Compra Cartera Vivienda en UVR. Circular Externa 011 de 2008 Abril 2008 Proforma F.0000-122 (Formato 455)
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 215
ENCABEZADO ENTIDAD: Identificación de la entidad vigilada que diligencia esta proforma. Para este fin, indique el código del tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera y el nombre o sigla de la entidad.
FECHA DE CORTE: Se debe señalar bajo el formato DD (día), MM (mes) y AAAA (año a cuatro dígitos), la fecha de corte de la información.
CUERPO DEL FORMATO: Cada subcuenta corresponde a una fecha de desembolso, las cuales irán aumentando a medida que se va reportando un periodo adicional o cosecha.
Unidad de captura 1: Vivienda VIS Pesos. Unidad de captura 2: Vivienda VIS UVR. Unidad de captura 3: Vivienda No VIS Pesos. Unidad de captura 4 Vivienda No VIS UVR. Unidad de captura 5: Leasing Habitacional VIS Pesos. Unidad de captura 6: Leasing Habitacional VIS UVR. Unidad de captura 7: Leasing Habitacional No VIS Pesos. Unidad de captura 8: Leasing Habitacional No VIS UVR.
Unidad de captura 9: Compra Cartera Vivienda Pesos. Unidad de captura 10: Compra Cartera Vivienda UVR Columna 1Fecha de desembolso: Deben ser diligenciadas en forma ascendente bajo el formato DDMMAAAA, iniciando con el corte más antiguo, para un periodo de tiempo máximo de siete (7) años por cada línea de crédito. La fecha a reportar corresponde al último día calendario del mes de desembolso. Para la compra de cartera esta fecha debe entenderse como la fecha de corte en la cual se realizó la compra de la misma. Columna 2Altura de vida del crédito: Corresponde al mes de altura de vida de los créditos, por ejemplo para el corte a 31 de octubre de 2007 un crédito desembolsado en enero de 2005 tendrá una altura de vida de 33 meses. Columna 3Saldo de la cartera a la fecha de corte: Reporte a la fecha de corte el saldo total correspondiente a cada una de las cosechas existentes. Para las unidades de captura 2, 4, 6, 8 y 10 (Cartera UVR) reporte el saldo en unidades. Columna 4 - Número de créditos castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el número de créditos castigados, descontando el número de créditos recuperados. Columna 5 - Número de créditos vencidos no castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el número de créditos que registran mora mayor a ciento veinte (120) días y que no han sido castigados. Columna 6 - Saldo vencido no castigado: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el
saldo de los créditos que registran mora mayor a ciento veinte (120) días y que no han sido castigados. Para las unidades de captura 2, 4, 6, 8 y 10 (Cartera en UVR) reporte el saldo en unidades. Columna 7Saldo castigado: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el saldo de los créditos castigados (castigos menos recuperaciones); se incluye dentro de las recuperaciones el valor de las ventas de cartera castigada, y los pagos efectuados por los clientes. Para las unidades de captura 2, 4, 6, 8 y 10 (Cartera en UVR) reporte el saldo en unidades. Columna 8Porcentaje de saldos de créditos castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, en términos porcentuales, el resultado de dividir el saldo vencido no castigado más el saldo castigado (columna 6 + columna 7), sobre el monto desembolsado reportado en la columna 2 de la respectiva subcuenta del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas” Columna 9Porcentaje de saldos de créditos vencidos no castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, en términos porcentuales, el resultado de dividir el saldo vencido no castigado (columna 6) sobre el monto desembolsado reportado en la columna 2 de la respectiva subcuenta del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas”. Circular Externa 011 de 2008 Abril 2008 Proforma F.0000-122 (Formato 455)
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 216 Columna 10 - Porcentaje de créditos castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, en términos porcentuales, el resultado de dividir el número de créditos castigados más el número de créditos vencidos no castigados (columna 4 + columna 5), sobre el número de créditos desembolsados reportado en la columna 1 de la respectiva subcuenta del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas”. Columna 11 - Porcentaje de créditos vencidos no castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito en términos porcentuales el resultado de dividir el número de créditos vencidos no castigados (columna 5), sobre el número de créditos desembolsados reportados en la columna 1 de la respectiva subcuenta del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas”. Circular Externa 011 de 2008 Abril 2008 Proforma F.0000-122 (Formato 455)