SFC - Anexo Circular Externa 11 de 2008 (4)
Superintendencia Financiera
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 11 de 2008 (4)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2008
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 218
TEMA: Información de cosechas créditos de microcrédito NOMBRE DE PROFORMA: Cosechas créditos de microcrédito
NUMERO DE PROFORMA: F.0000-123
NUMERO DE FORMATO: 456
OBJETIVO: Consolidar la información sobre el comportamiento de las cosechas de Microcrédito.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos Bancarios, Compañías de Financiamiento
Comercial, Organismos Cooperativos de Grado Superior, Cooperativas Financieras PERIODICIDAD: Mensual con reporte trimestral.
FECHA DE REPORTE: Trimestral: Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha límite de transmisión de los estados financieros, es decir: En el mes de abril, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo.
En el mes de julio, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de abril, mayo y junio. En el mes de octubre, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre. En el mes de enero, se transmite la información de los cortes correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre. FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Corte de estados financieros
DOCUMENTO TÉCNICO: SBDS-003
TIPO Y NUMERO DEL INFORME 60 – Informe de cosechas
MEDIO DE ENVÍO: RAS – WEB
DEPENDENCIA USUARIA: Delegatura para Riesgo de Crédito
INSTRUCTIVO: Generalidades El presente formato sólo deberá ser reportado cuando la entidad registre en cada uno de periodos correspondientes, ciento cincuenta (150) operaciones o más. En caso contrario, este formato no deberá ser transmitido a esta
Superintendencia. Las subcuentas o renglones y columnas que no tengan valor o no apliquen, no se deben reportar en el archivo. Las cifras deben estar expresadas en pesos sin decimales. En las celdas que contengan cifras en términos porcentuales, los registros se harán en formato porcentaje con dos (2) decimales separados con punto. Ejemplo 35%, se reportará 35.00. Para el primer reporte, en la columna 1, subcuenta 001 de todas las unidades de captura, se inicia con la fecha del 31 de julio de 2005, la cual cambiará cuando se cumplan los primeros cinco (5) años. El porcentaje de las columnas 8, 9, 10 y 11 se calculará teniendo en cuenta además de la información del presente formato, la remitida en las columnas 1 y 2 del formato 454 –Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas. Los “saldos” a reportar deberán incluir únicamente el concepto de capital, excluyendo los conceptos de intereses y otros cargos. En el formato se deberá reportar la información correspondiente a las siguientes líneas de crédito: Microcréditos menores o Iguales a 25 SMMLV. Microcréditos superiores a 25 SMMLV y hasta 120 SMMLV. Compra de cartera de microcrédito: Corresponde a la compra de cartera de microcrédito a otras entidades o intermediarios vigilados o no.
Circular Externa 011 de 2008 Abril 2008 Proforma F.0000-123 (Formato 456)
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 219
ENCABEZADO ENTIDAD: Identificación de la entidad vigilada que diligencia esta proforma. Para este fin, indique el código del tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera y el nombre o sigla de la entidad.
FECHA DE CORTE: Se debe señalar bajo el formato DD (día), MM (mes) y AAAA (año a cuatro dígitos), la fecha de corte de la información.
CUERPO DEL FORMATO: Cada subcuenta corresponde a una fecha de desembolso, las cuales irán aumentando a medida que se va reportando un periodo adicional o cosecha.
Unidad de captura 1: Microcréditos Menores o Iguales a 25 SMMLV. Unidad de captura 2: Microcréditos Superiores a 25 SMMLV y hasta 120 SMMLV. Unidad de captura 3: Compra de cartera de microcrédito. Columna 1 - Fecha de desembolso: Debe ser diligenciada en forma ascendente bajo el formato DDMMAAAA, iniciando con el corte más antiguo, para un periodo de tiempo máximo de cinco (5) años por cada línea de crédito. La fecha a reportar corresponde al último día calendario del mes de desembolso. Para la compra de cartera esta fecha debe entenderse como la fecha de corte en la cual se realizó la compra de la misma. Columna 2 - Altura de vida del crédito: Corresponde al mes de altura de vida de los créditos, por ejemplo para el
corte a 31 de octubre de 2007 un crédito desembolsado en julio de 2005 tendrá una altura de vida de 27 meses. Columna 3 - Saldo de la cartera a la fecha de corte: Reporte a la fecha de corte, el saldo total correspondiente a cada una de las cosechas existentes. Columna 4 - Número de créditos castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el número de créditos castigados, descontando el número de créditos recuperados. Columna 5 - Número de créditos vencidos no castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el número de créditos que registran mora mayor a treinta (30) días y que no hayan sido castigados Columna 6 - Saldo vencido no castigado: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el saldo en balance de los créditos que registran mora mayor a treinta (30) días y que no hayan sido castigados. Columna 7Saldo castigado: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, el saldo de los créditos castigados (castigos menos recuperaciones); se incluye dentro de las recuperaciones el valor de las ventas de cartera castigada y los pagos efectuados por los clientes. Columna 8 - Porcentaje de saldo de créditos castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, en términos porcentuales, el resultado de dividir el saldo vencido no castigado más el saldo castigado (columna 6 + columna 7), sobre el monto desembolsado reportado en la columna 2 de la respectiva subcuenta del
formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas”. Columna 9 - Porcentaje de saldo de créditos vencidos no castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, en términos porcentuales, el resultado de dividir el saldo vencido no castigado (columna 6) sobre el monto desembolsado reportado en la columna 2 de la respectiva subcuenta del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas.” Columna 10 - Porcentaje de créditos castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, en términos porcentuales, el resultado de dividir el número de créditos castigados más el número de créditos vencidos no castigados (columna 4 + columna 5), sobre el número de créditos desembolsados reportado en la columna 1 de la respectiva subcuenta del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas”. Columna 11 – Porcentaje de créditos vencidos no castigados: Reporte para cada una de las cosechas y alturas de vida del crédito, en términos porcentuales, el resultado de dividir el número de créditos vencidos no castigados (columna 5), sobre el número de créditos desembolsados reportados en la columna 1 de la respectiva subcuenta del formato 454 “Montos y número de créditos aprobados o desembolsados por cosechas”. Circular Externa 011 de 2008 Abril 2008 Proforma F.0000-123 (Formato 456)