SFC - Anexo Circular Externa 11 de 2016 (1)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 11 de 2016 (1)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2016
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE II - PROFORMAS F.1000
Página 275
TEMA: PRUEBAS DE RESISTENCIA
NOMBRE DE PROFORMA: Pruebas de Resistencia
NUMERO DE PROFORMA: F.1000-138
NUMERO DE FORMATOS: 527
OBJETIVO: Contar con información respecto de los resultados de la aplicación de las Pruebas de Resistencia requeridas por el Supervisor de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 del Capítulo XXVIII de la Circular Básica Contable y Financiera - CBCF TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento y cooperativas financieras.
PERIODICIDAD: Anual FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: 31 de diciembre FECHA DE REPORTE: Último día hábil de julio de cada año.
DOCUMENTO TECNICO: SB-DS-003
TIPO Y NUMERO DEL INFORME 78 – Pruebas de Resistencia
MEDIO DE ENVÍO: RAS O WEB
DEPENDENCIA RESPONSABLE Delegatura para Intermediarios Financieros DEPENDECIA USUARIA Delegatura para Riesgo de Crédito Delegatura para Riesgo de Mercado e Integridad Dirección de Investigación y Desarrollo
INSTRUCTIVO GENERALIDADES: La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del representante legal de la entidad o de quien cumpla esas funciones, de acuerdo con la ley, el reglamento o el contrato.
La información se debe reportar en miles de pesos con dos cifras decimales, aproximando el último decimal por el
sistema de redondeo. Los datos que corresponden a porcentajes se deben multiplicar por cien (100) y reportar con dos cifras decimales, aproximando el último decimal por el sistema de redondeo. Por ejemplo, una tasa del 25,87% se debe reportar 25.87. Las subcuentas o renglones y columnas para las que su valor sea cero no se deben reportar vacías, se deben reportar en cero (0). Las columnas 3, 4, 6, 7, 8 y 9 no aplican para las unidades de captura 05 y 06. Las subcuentas 005, 010, 015, 020, 035 y 040 de la columna 1 no aplican para la unidad de captura 06. La información se debe reportar atendiendo las instrucciones establecidas en el Anexo 1, del Capítulo XXVIII “Reglas Relativas al Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR)” de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF). Las entidades deben realizar las proyecciones para estimar los movimientos en los estados financieros y los indicadores de rentabilidad y de solvencia, bajo los supuestos macroeconómicos proporcionados por la SFC en dos escenarios:
1. Escenario base
2. Escenario adverso Cuando en la evaluación de los resultados del escenario adverso la entidad identifique que la materialización de los riesgos a los cuales se expone, compromete su estabilidad financiera, de tal manera que requiere acciones para mitigarlos, debe hacer una tercera proyección que las incorpore:
3. Escenario adverso con acciones mitigantes.
ENCABEZADO ENTIDAD: Identificación de la entidad vigilada que diligencia la proforma. Con este fin indique el tipo y código de la
entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) y su nombre o su sigla.
FECHA DE CORTE: Se debe señalar bajo el formato DDMMAAAA (día, mes, año), la fecha de corte a la que corresponde la información reportada.
Circular Externa de 2015 Diciembre de 2015 Proforma F.1000 - 138 (Formato 527)
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE II - PROFORMAS F.1000
Página 275 Circular Externa 011 de 2016 Marzo de 2016 Proforma F.1000 - 138 (Formato 527)
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE II - PROFORMAS F.1000
Página 275 Subcuenta 060 – Derivados de negociación y cobertura: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “Derivados de negociación y cobertura” registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la sumatoria de las cuentas 135200, 135300, 135400, 135500, 135600, 135700, 135800, 135900 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre
el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 065 – Otras inversiones: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “Otras inversiones” registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la resta entre la sumatoria de las cuentas 131600, 132000, 132300, 135000, 135100, 136000 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión y la sumatoria de las cuentas 139000, 139500 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 070 – Cartera de créditos y operaciones de leasing financiero: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “Cartera de créditos y operaciones de leasing financiero” registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la cuenta 140000 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre la resta entre la sumatoria de las subcuentas 075 a 095 de la Unidad de Captura 01 y la
sumatoria de las subcuentas 105 a 125 de la misma Unidad de Captura para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre la resta entre la sumatoria de las subcuentas 075 a 095 de la Unidad de Captura 01 y la sumatoria de las subcuentas 105 a 125 de la misma Unidad de Captura para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre la resta entre la sumatoria de las subcuentas 075 a 095 de la Unidad de Captura 01 y la sumatoria de las subcuentas 105 a 125 de la misma Unidad de Captura para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 075 – Créditos de vivienda: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “'Créditos de vivienda” registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la cuenta 140400 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 080 – Créditos de consumo: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “'Créditos de consumo”
registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la cuenta 140800 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 085 – Créditos comerciales: En la columna 1 se debe reportar el rubro de “Créditos comerciales” efectivamente registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la cuenta 141000 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 090 – Microcréditos: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “Microcréditos” registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la cuenta 141200 del Catálogo Único de Información
Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 095 – Otros créditos: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “Otros créditos” registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, correspondiente a la sumatoria de las cuentas 141400 y 141600 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario base. En las columnas 5 a 7 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso. En las columnas 8 y 9 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario adverso con acciones mitigantes. Subcuenta 100 – Deterioro componente contracíclico individual: En la columna 1 se debe reportar el valor del rubro de “Deterioro componente contracíclico individual” registrado por la entidad a la fecha de corte de la información, Circular Externa de 2015 Diciembre de 2015 Proforma F.1000 - 138 (Formato 527)
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PARTE II - PROFORMAS F.1000
Página 278 correspondiente a la cuenta 148700 del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. En las columnas 2 a 4 registre el valor del rubro mencionado proyectado para el cierre de cada uno de los años bajo el escenario Circular Externa 011 de 2016 Marzo de 2016 Proforma F.1000 - 138 (Formato 527)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE II - PROFORMAS F.1000
Página 275 siguientes a la fecha de corte bajo el escenario base. En la columna 5 registre el valor del rubro mencionado proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Subcuenta 010 – Vencimientos contractuales de activos diferentes a activos líquidos: En la columna 2 reporte el valor de los cupones, amortizaciones, redenciones contractuales y pagos de dividendos respecto de activos que no hayan sido incluidos en la unidad de captura 05 para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario base. En la columna 5 registre el valor del rubro mencionado proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Subcuenta 015 – Derechos de transferencia: En la columna 2 reporte el valor contractual del pacto de reventa de las operaciones activas del mercado monetario sobre activos diferentes a los reportados en la unidad de captura 05 para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario base. En la columna 5 registre el valor del rubro mencionado
proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Subcuenta 020 – Otros ingresos contractuales: En la columna 2 reporte los ingresos contractuales no reportados en las anteriores unidades de captura (sin incluir cupones y/o principales de activos reportados en la unidad de captura 05). Entre otros ingresos contractuales, reporte los ingresos contractuales del flujo de caja neto de operaciones con instrumentos financieros derivados, cuentas por cobrar no registradas en las anteriores unidades de captura para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario base. En la columna 5 registre el valor del rubro mencionado proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Subcuenta 025 – Pasivos con vencimientos contractuales: En la columna 1 reporte el valor razonable de los saldos de las emisiones vigentes de títulos de deuda a la fecha de corte. En la columna 2 reporte los vencimientos contractuales de principales y cupones de las emisiones de deuda (CDTs, CDATs y títulos de deuda) realizadas por la entidad y compromisos de las obligaciones financieras para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario base. En la columna 5 registre el valor del rubro mencionado proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Subcuenta 030 – Pasivos con vencimientos no contractuales: En la columna 1. Reporte el valor razonable de los depósitos en cuentas de ahorro y cuentas corrientes a la fecha de corte. En la columna 2 reporte el valor de los retiros estimados para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario base.
En la columna 5 reporte el valor de los retiros estimados para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Para realizar la estimación las entidades deben tener en cuenta las siguientes disposiciones: Los Establecimientos Bancarios deben segmentar en al menos 6 grupos de depositantes: 1. Entidades Gubernamentales, 2. Fondos de Inversión Colectiva, 3. Otros institucionales (Fondos de Pensiones, Aseguradoras, entre otros), 4. Principales clientes (máximo 3), 5. Minoristas y 6. Otros. Para cada grupo, los Establecimientos Bancarios deben estimar un factor de retiros netos (FRN) que sea consistente con cada uno de los escenarios y multiplicar el FRN por el saldo correspondiente y agregar el total de retiros estimados para los grupos establecidos. No podrá suponer el ingreso de nuevos recursos o depositantes a la entidad. Para el caso del grupo 4. Principales clientes, si la entidad no identifica al menos un depositante que mantenga un saldo significativo de manera persistente en la ventana de tiempo que estableció para el cálculo del FRN, no debe calcular dicho FRN. En el caso de identificar depositantes relevantes (máximo 3), debe calcular un FRN para cada uno de ellos. Las Corporaciones Financieras y las Compañías de Financiamiento deben estimar un FRN consistente con el escenario adverso, el cual en cualquier caso no puede ser inferior a 10%. Por su parte, las Cooperativas Financieras deben estimar un FRN consistente con el escenario adverso que incorpore el supuesto de una corrida de depositantes y asociados. Subcuenta 035 – Desembolsos de cartera: En la columna 2 reporte los desembolsos de cartera estimados en
desarrollo del plan de negocio de la entidad para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario base. En la columna 5 registre el valor del rubro mencionado proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Subcuenta 040 – Otros egresos: En la columna 2 reporte los egresos contractuales y no contractuales no reportados en las subcuentas anteriores registre el valor del rubro mencionado proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso del escenario base. En la columna 5 registre el valor del rubro mencionado proyectado para los 30 días siguientes a la fecha de corte bajo el escenario adverso. Circular Externa de 2015 Diciembre de 2015 Proforma F.1000 - 138 (Formato 527)