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SFC - Anexo Circular Externa 12 de 2022

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 12 de 2022
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 012 DE 2022 ( Mayo 27 )

Señores REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS EMISORES Referencia: Instrucciones relacionadas con el informe periódico de fin de ejercicio y el informe periódico trimestral Apreciados señores: Como es de su conocimiento, el Decreto 151 de 2021, incorporado en el Decreto 2555 de 2010, modificó integralmente el marco de revelación de información periódica y relevante de los emisores, y facultó a la Superintendencia Financiera de Colombia para determinar el plazo, forma y contenido detallado de las partes, así como los capítulos del informe periódico de fin de ejercicio y del informe periódico trimestral. Bajo este contexto, y con el propósito de promover una mayor profundización en el mercado de valores, proveer información oportuna, completa y suficiente para la toma de decisiones de inversión por parte de los agentes del mercado, esta Superintendencia imparte instrucciones sobre la revelación de la información periódica, de conformidad con las disposiciones contenidas en el mencionado Decreto. En virtud de lo anterior, este Despacho, en ejercicio de las facultades conferidas en el literal a) del artículo 6 de la Ley 964 de 2005, y los artículos 5.2.4.1.1., 5.2.4.2.2., 5.2.4.2.3., 5.2.3.1.9. y el numeral 4. del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA: Crear el Anexo 1 «Información periódica de los emisores» en el Capítulo I del Título V de la Parte III de la Circular Básica Jurídica «Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE», para definir la forma y el contenido del informe periódico de fin de ejercicio y del informe periódico trimestral, en atención a las disposiciones del Decreto 151 de 2021, incorporado en el Decreto 2555 de

2010.

SEGUNDA: Modificar el subnumeral 2.3. y adicionar el numeral 6. al Capítulo I del Título V de la Parte III de la Circular Básica Jurídica «Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE», para remitir a las instrucciones contenidas en el Anexo 1 «Información periódica de los emisores», que se crea a través de la presente

Circular.

TERCERA: Adicionar el subnumeral 4.2. al Capítulo I del Título V de la Parte III de la Circular Básica Jurídica «Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE», para definir las reglas para el envío de la información de los emisores del segundo mercado a esta Superintendencia.

CUARTA. Régimen de transición: En virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 151 de 2021, los emisores deberán transmitir el informe periódico de fin de ejercicio y el informe periódico trimestral al RNVE a partir del 10 de febrero de 2023, de conformidad con los plazos e instrucciones establecidos en el numeral 6. del Anexo 1 «Información periódica de los emisores» del Capítulo I del Título V de la Parte III de la Circular Básica Jurídica «Registro Nacional de Valores y

Emisores – RNVE» y lo previsto en la presente Circular. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 012 de 2022 Página 2

QUINTA. Plan de implementación: Los emisores deberán remitir a esta Superintendencia, a más tardar el 03 de octubre de 2022, un plan de implementación que contenga, por lo menos, las actividades específicas para dar cumplimiento efectivo a las instrucciones previstas en la presente Circular, sus responsables y un cronograma de ejecución.

SEXTA: Derogar a partir del 10 de febrero de 2023 el Anexo I «Manual Actualización de Información Básica de Emisores» del Capítulo I del Título V de la Parte III de la Circular Básica Jurídica «Registro Nacional de Valores y Emisores –

RNVE». La presente Circular rige a partir de su publicación. Se anexan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

Superintendente Financiero de Colombia 50000

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