SFC - Anexo Circular Externa 13 de 2011
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 13 de 2011
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2011
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 013 DE 2011 ( Marzo 29 )
Señores REPRESENTANTES LEGALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Y PÚBLICO EN GENERAL Referencia: Mediante la cual se señalan las condiciones que deben acreditarse para ser considerado como una sociedad extranjera reconocida, por desarrollar, de manera profesional, la proveeduría de precios para valoración.
Apreciados señores: Como es de su conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.16.1.2.7 del Decreto 2555 de 2010, las sociedades extranjeras cuyo objeto sea desarrollar, de manera profesional, la proveeduría de precios para la valoración y sean reconocidas internacionalmente por ello, podrán tener la calidad de beneficiario real de un número de acciones equivalente al cien por ciento (100%) del capital social de un proveedor de precios para valoración.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo mencionado, se consideran sociedades extranjeras reconocidas por desarrollar, de manera profesional, la proveeduría de precios para valoración, aquellas que cuenten con experiencia igual o superior a cinco (5) años desarrollando en el exterior las actividades a que se refiere el artículo 2.16.1.2.4 del Decreto 2555 de 2010. La anterior experiencia se podrá demostrar directamente o por conducto de sus entidades vinculadas o por su beneficiario real, siempre y cuando la entidad que acredite la experiencia respectiva se encuentre bajo la supervisión de una autoridad con funciones públicas o de un ente con funciones de autorregulación, según corresponda en su jurisdicción. La presente circular externa rige a partir de la fecha de su publicación. Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero