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SFC - Anexo Circular Externa 15 de 2009

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 15 de 2009
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2009

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 015 DE 2009 ( Junio 03 )

Señores

EMISORES DE VALORES INSCRITOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE

VALORES Y EMISORES –RNVEY ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Referencia: Modificación a los numerales 1 y 4, y derogatoria del numeral 8, todos de la Circular Externa 064 de 2008.

Apreciados señores: Como es de público conocimiento, mediante la Resolución 1832 de 2006 esta Superintendencia autorizó al Depósito Centralizado de Valores de Colombia – DECEVAL S.A. (en adelante Deceval) para desarrollar la función de Agencia Numeradora Nacional, y mediante la Circular Externa 064 de 2008 se definieron, para todos los agentes involucrados, los mecanismos de alistamiento y los plazos para la entrada en operación el 3 de agosto de 2009.

En relación con el cumplimiento por parte del Deceval del cronograma de actividades de implementación, dicha entidad informó que debido a los eventos de riesgo operativo presentados en el mes de mayo del presente año, relacionados con la puesta en producción fallida del sistema de información Java (SIIDj), se causaron efectos colaterales sobre la integración y cambio de aplicación SIIDj que soporta la metodología de ANNA, afectando el cumplimiento de los plazos establecidos para las etapas de pruebas a los sistemas, marcha blanca e inicio de operaciones. En el mismo sentido, según los reportes del estado de alistamiento remitidos por

los diferentes agentes del mercado a esta Superintendencia, se ha evidenciado un importante atraso por parte de algunos agentes, que impide el inicio real de las etapas antes mencionadas. En consecuencia, este Despacho en razón de los hechos indicados y en ejercicio de las facultades normativas conferidas, en especial las consagradas en el numeral 9 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005 y en el parágrafo del artículo 1.1.5.3. de la Resolución 400 de 1995 de la Sala General de la Superintendencia de Valores, considera necesario modificar los numerales 1 y 4, y derogar el numeral 8, todos de la Circular Externa 064 de 2008, relacionados con el cronograma de actividades para las etapas de alistamiento y entrada en operación de la Agencia Numeradora Nacional, los cuales quedarán así: “1. Inicio de operaciones. La Agencia Numeradora Nacional iniciará sus operaciones a partir del 23 de marzo de 2010.” “4. Cronograma de actividades. Las actividades a desarrollar por parte de los agentes del mercado deberán realizarse en las fechas establecidas a continuación: SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 015 de 2009 Página 2 Fecha de Fecha de Actividad Responsable inicio finalización

I. Consultas Atención de consultas 30/12/2008 19/03/2010 Deceval

II. Generación, asignación y divulgación de códigos para las emisiones de valores que se encuentran inscritas y para aquellas que pretendan inscribirse en el RNVE Envío de información sobre las Emisores o administradores de 30/12/2008 19/03/2010 emisiones que actualmente se emisiones

encuentran en circulación Envío de información sobre las nuevas emisiones 30/12/2008 19/03/2010 Emisores o administradores de emisiones Envío mensual de las tablas de equivalencia a Emisores, 15/01/2009 19/03/2010 Deceval Administradores y Depositantes Directos

III. Adecuación de los sistemas de información Agentes del mercado de valores, emisores, administradores de emisión, Adecuación de los sistemas de DCV del Banco de la República,

información 30/12/2008 Deceval, Superintendencia Financiera 31/12/2009 de Colombia y demás entidades vigiladas por esta última que utilicen en sus plataformas códigos ISIN y CFI. Agentes del mercado de valores, emisores, administradores de emisión, DCV del Banco de la República, Pruebas a los sistemas 04/01/2010 05/03/2010 Deceval, Superintendencia Financiera de Colombia y demás entidades vigiladas por esta última que utilicen en sus plataformas códigos ISIN y CFI. Agentes del mercado de valores, emisores, administradores de emisión, DCV del Banco de la República, Marcha Blanca 08/03/2010 12/03/2010 Deceval, Superintendencia Financiera de Colombia y demás entidades vigiladas por esta última que utilicen en sus plataformas códigos ISIN y CFI. Alistamiento final para el inicio de operaciones de la Agencia Numeradora 15/03/2010 19/03/2010 Deceval Nacional Entrega de información para la migración sobre los nuevos ISIN, tabla de

equivalencia con la codificación actualmente utilizada por Deceval, nuevo 20/03/2010 22/03/2010 Deceval CFI, Nemónico de Bolsa, códigos de emisión Banco de la República y Superintendencia Agentes del mercado de valores, emisores, administradores de emisión, DCV del Banco de la República, Migración tablas de equivalencia y 20/03/2010 22/03/2010 Deceval, Superintendencia Financiera montaje de sistemas para el lanzamiento de Colombia y demás entidades vigiladas por esta última que utilicen en sus plataformas códigos ISIN y CFI Agentes del mercado de valores, emisores, administradores de emisión, DCV del Banco de la República, Validación y pruebas finales de 20/03/2010 22/03/2010 Deceval, Superintendencia Financiera lanzamiento de Colombia y demás entidades vigiladas por esta última que utilicen en sus plataformas códigos ISIN y CFI Finalmente se ordena la derogatoria del numeral 8 de la Circular Externa 064 de 2008 denominado “Instrucciones especiales respecto de las operaciones sobre títulos de deuda pública que deban compensarse y liquidarse en el SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Circular Externa 015 de 2009 Página 3 sistema de Depósito administrado por el Banco de la República (DCV)” toda vez que la redefinición de las etapas de alistamiento y de entrada en operación de la Agencia Numeradora Nacional se amplía hasta el 23 de marzo de 2010, plazo razonablemente suficiente para que el alistamiento total del Depósito Central de

Valores – DCV administrado por el Banco de la República coincida con el de los demás agentes del mercado. La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los numerales 1 y 4, y deroga el numeral 8, todos de la Circular Externa 064 de 2008. Cordialmente,

ROBERTO BORRÁS POLANÍA

Superintendente Financiero de Colombia 150000 141000 030000 050300

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