SFC - Anexo Circular Externa 16 de 2019
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 16 de 2019
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 016 DE 2019 ( Julio 02 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS
ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO Y OTRAS ENTIDADES VIGILADAS
POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA QUE
DENTRO DE SU OBJETO SOCIAL PRINCIPAL SE ENCUENTREN AUTORIZADAS PARA OTORGAR CRÉDITO Referencia: Modifica el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera, expedida mediante la Circular Externa 100 de 1995, en relación con la gestión del riesgo de crédito.
Apreciados señores: Con el fin de reconocer la naturaleza y dinámica de recuperaciones derivada de los procesos de reestructuración de créditos, este Despacho, en ejercicio de las facultades señaladas en el literal a del numeral 3° del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y los numeral 5° y 6° del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Modificar el subnumeral 1.4. del Anexo 1 “Régimen General de Evaluación, Calificación y Provisionamiento de Cartera de Crédito” y los subnumerales 1.3.2.3.2.1., 1.3.2.3.3.1.2., 1.3.3.1. y 2.2.1.2. del Capítulo II de
la Circular Básica Contable y Financiera.
SEGUNDA: Las entidades no podrán reversar las provisiones de los créditos
reestructurados que al corte del 30 de junio de 2019 registren calificación en categoría de incumplimiento, salvo que la reducción obedezca a la aplicación de las condiciones definidas en el subnumeral 2.2.1.2. del Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera, o a la disminución de la exposición del activo asociada a los pagos efectuados por los deudores TERCERA: La presente circular rige a partir de su publicación. Se anexan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,
JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ
Superintendente Financiero de Colombia 50000