SFC - Anexo Circular Externa 17 de 2015 (5)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 17 de 2015 (5)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2015
INSTRUCTIVO DEL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DE APERTURA
PARA LAS ENTIDADES SUPERVISADAS POR LA SFC QUE HACEN PARTE
DEL GRUPO 2, PARA APLICACIÓN DE LAS NIIF PARA PYMES.
Introducción La Superintendencia Financiera de Colombia, con el fin de velar para que sus entidades supervisadas que hacen parte del Grupo 2, realicen en forma ordenada y planificada el proceso de implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pymes – NIIF para PYMES de acuerdo con el Decreto 3022 de 2013. La SFC de acuerdo con las facultades establecidas en los numerales 9 y 14 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, presenta el siguiente instructivo el cual permitirá facilitar el proceso de preparación del ESFA para PYMES, el cual deberá remitirse en las nuevas fechas establecidas en la Circular Externa que incluye este instructivo.
Consideraciones Generales: Para la elaboración del ESFA los preparadores de información financiera que hacen parte del Grupo 2 y demás referidos en esta circular deben efectuar las siguientes actividades: Realizar un análisis profundo de la información financiera del modelo de negocio. Identificar las diferencias que existen entre los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia (COL – GAAP) y los principios y conceptos de las NIIF para PYMES, que les sean aplicables a sus operaciones y a cada uno de los elementos de sus estados financieros. Definir y documentar las políticas contables que se aplicarán bajo las
Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas EmpresasNIIF para PYMES.
Identificar las excepciones que son obligatorias y definir las exenciones a las cuales se acoge, de acuerdo con los requisitos de la Sección 35, correspondiente a la Transición a la NIIF para las PYMES. Los preparadores de información financiera deberán establecer un control adicional del detalle de los ajustes del proceso de aplicación por primera vez que generen efectos retroactivos. Realizar la depuración de la contabilidad para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura (ESFA) para PYMES. Preparar cada ajuste en partida doble y reconocer dicho efecto en el detalle asignado como “Ganancias en la aplicación por primera vez y/o Pérdidas en 1 la aplicación por primera vez”, para el efecto deberá diferenciar, de conformidad con la estructura del archivo dispuesto (hoja de trabajo según la naturaleza jurídica de cada preparador de información), el control diferenciado para cada uno de los ajustes del proceso de convergencia allí definidos. Así mismo, se considera necesario que los preparadores de información financiera cuenten con un control adicional que discrimine el impuesto diferido que se genere a partir de los ajustes del proceso de aplicación por primera vez. Realizar las mediciones y valoraciones de todas las partidas de sus estados financieros de acuerdo con lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera y en especial en la Sección 35 correspondiente a la Transición a la NIIF para las PYMES. El ESFA debe ser remitido en el archivo que corresponda según la industria y Plan Único de Cuentas vigente que resulte aplicable al corte del 31 de diciembre de 2014 para las entidades del Grupo 2. En ese sentido, los
preparadores de información financiera deberán diligenciar y remitir el formato Excel que les corresponda, reportando en miles de pesos y sin decimales. DILIGENCIAMIENTO DEL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DE APERTURA (ESFA) EN FORMATO EXCEL El archivo en Excel del ESFA está compuesto de seis (6) hojas, las cuales se nombran a continuación:
1. CARÁTULA
2. HOJA DE TRABAJO
3. ESTADO SITUACIÓN FINANCIERA DE APERTURA ESFA
4. CONCILIACIÓN PATRIMONIAL
5. NOTAS DE REVELACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA
6. PATRIMONIO TÉCNICO (SOLVENCIA), cuando sea aplicable.
Se deberá tener en cuenta en el diligenciamiento de las diferentes columnas y filas que contiene la matriz, que las celdas que se encuentran formuladas, no deben ser modificadas por ninguna razón, para no alterar la información contenida en las diferentes hojas. En virtud de la naturaleza jurídica y la capacidad legal de cada una de las entidades o negocios que deben diligenciar el formato habrá hojas que no estarán disponibles. En ese sentido, sólo deben diligenciar las hojas que se encuentren en cada uno de los formatos dispuestos por cada una de las industrias o clase del negocio. A continuación se presenta por cada hoja la forma como deberá ser diligenciada: 1
1. CARÁTULA: En esta hoja se presenta la información básica de la entidad.
Es necesario que se diligencien en su totalidad todas las celdas requeridas; si algún concepto no aplica, se debe digitar en la fila o celda correspondiente las palabras “No Aplica”. Los siguientes son los datos que deberán incluirse en esta hoja:
TIPO DE ENTIDAD: Selecciónelo en la lista desplegable. CÓDIGO Y NOMBRE DE LA ENTIDAD: Una vez usted marque el tipo de entidad, encontrará el código y nombre de la misma. TIPO DE NEGOCIO: Seleccione en la lista desplegable. Cuando se trate de Administración de Portafolios de Terceros o un negocio fiduciario deberá indicarlo, marcando el campo con una “X”. CÓDIGO Y NOMBRE DEL APT, SUBTIPO DE NEGOCIO FIDUCIARIO: Seleccione en la lista desplegable. Si se trata de un Administrador de Portafolios de Terceros o un negocio fiduciario deberá indicarlo, marcando el campo con una “X”. CÓDIGO DEL FONDO, PATRIMONIO AUTÒNOMO: Seleccione el código correspondiente de la lista desplegable. TIPO DE REPORTE: Despliegue la ventana y encontrará el tipo de reporte que usted puede seleccionar: 1.1 Individual, 2.2 Separado y 3.3 Consolidado. MATRIZ, SUBORDINADA, INDEPENDIENTE: Despliegue la ventana y encontrará el tipo al que usted pertenece 1.1 Matriz, 2.2 Subordinada y 3.3 Independiente. NOMBRE DE LA MATRIZ (SI ES SUBORDINADA): Diligencie el nombre de su matriz en caso de que aplique. NOMBRE DEL LIDER DEL PROYECTO DE CONVERGENCIA: Diligencie el nombre del responsable o líder del proyecto de convergencia en su entidad. CARGO DEL LIDER DEL PROYECTO DE CONVERGENCIA: Diligencie el cargo que tiene en la actualidad el responsable o líder del
proyecto de convergencia en su entidad. TELEFONO DE CONTACTO: Diligencie el número telefónico de contacto del líder del proyecto de convergencia en su entidad. CORREO CORPORATIVO DEL LIDER DEL PROYECTO: Diligencie el correo electrónico del líder del proyecto en cada entidad.
2. HOJA DE TRABAJO: Consideraciones Especiales: Las entidades supervisadas y negocios objeto del presente instructivo deberán diligenciar en la hoja de Excel, nombrada como “HOJA DE TRABAJO”, las columnas y las filas del balance general que corresponda al sector al que pertenece.
La primera parte, de esta hoja de trabajo consta de 10 columnas, a continuación se explica su diligenciamiento: 1 Código de la Cuenta: Este código corresponde al definido actualmente en el Plan Único de Cuentas por sector o industria supervisada por esta Superintendencia. Nombre de la Cuenta: Corresponde al definido en el correspondiente Plan Único de Cuentas. Saldo inicial PCGA al 1 de enero de 2015: La entidad debe diligenciar aquí el saldo correspondiente al registrado con corte al 31 de diciembre de 2014. Ajustes por errores en PCGA débito: Una vez realizado el análisis de la información financiera, la entidad debe reportar aquí los ajustes que se generen atendiendo lo establecido en la Sección 35 correspondiente a la Transición a la NIIF para las PYMES, los cuales deben ser registrados en la casilla correspondiente con naturaleza débito. Ajustes por errores en PCGA crédito: Una vez realizado el análisis de la información financiera la entidad debe registrar en esta columna los ajustes
respectivos de naturaleza crédito que se originen por este concepto de acuerdo con lo establecido en la Sección 35 correspondiente a la Transición a la NIIF para las PYMES. Ajustes por convergencia a NIIF débito: La entidad debe determinar y registrar los ajustes débito que resulten del proceso de convergencia a partir de la aplicación de la Sección 35 -Transición a las NIIF para las PYMES. Ajustes por convergencia a NIIF crédito: La entidad debe determinar y registrar los ajustes crédito que resulten del proceso de convergencia a partir de la aplicación de la Sección 35-Transición a las NIIF para las PYMES. Reclasificaciones por convergencia a NIIF débito: Si como resultado del proceso de aplicación por primera vez se identifican nuevas partidas o elementos de los estados financieros que deban reclasificarse, los efectos de naturaleza débito se deben reflejar en esta columna. Reclasificaciones por convergencia a NIIF crédito: Si como resultado del proceso de aplicación por primera vez se identifican nuevas partidas o elementos de los estados financieros que deban reclasificarse, los efectos de naturaleza crédito se deben reflejar en esta columna. Columna de Control al 1 de enero de 2015: Esta columna deberá diligenciarse con los valores o saldos de los activos, pasivos y patrimonio que queden definidos al final del ejercicio de aplicación por primera vez de las NIIF para las PYMES. Las demás partidas que no conlleven su reconocimiento bajo NIIF para las PYMES, deberán presentar al final del diligenciamiento, en todos los casos, un saldo igual cero (0). 1 Las hojas de trabajo contienen las agrupaciones a cuatro (4) dígitos por
cada una de las cuentas mayores de balance de acuerdo al catálogo de cuentas respectivo, como por ejemplo: Subtotal Disponible. Subtotal Operaciones del Mercado Monetario. Subtotal Inversiones. (etc….) Se mantuvo el detalle de las cuentas de orden, debido a que muchas de ellas son susceptibles de ser reclasificadas al Estado de Situación Financiera de Apertura. Seguidamente esta hoja incluye tres (3) hojas adicionales en el que se muestra el detalle del Estado de Situación Financiera (Activo, Pasivo y Patrimonio).
Activo: Presenta el desglose del Activo bajo NIIF, una vez reclasificado las cuentas, esta información se debe realizar manualmente.
Pasivo: Presenta el desglose del Pasivo bajo NIIF, una vez habiendo reclasificado las cuentas, esta información se debe realizar manualmente.
Patrimonio: Presenta el desglose del Patrimonio bajo NIIF, una vez habiendo reclasificado las cuentas, esta información se debe realizar manualmente.
3. ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA DE APERTURA ESFA: Esta hoja de trabajo es el ESFA de la entidad, objetivo final de la Sección 35
Transición a las NIIF para las PYMES, su proceso de presentación es el siguiente: Automáticamente se traen los datos básicos de la hoja de carátula, contenidos en la primera hoja, la cual se encuentra debidamente formulada. Dentro de esta hoja de trabajo, también se encuentra el desglose del activo, pasivo y patrimonio bajo NIIF, las cuentas están ordenadas por liquidez de acuerdo con la operatividad de cada sector e incluye los nombres de las cuentas que utiliza la taxonomía XBRL, recomendada por el IASB. (Esta
información será remitida de la hoja de trabajo anteriormente diligenciada, la cual se encuentra formulada). Esta hoja es el producto principal del ejercicio, pues incluye el Estado de Situación Financiera (ESFA) bajo NIIF para las PYMES.
4. CONCILIACIÓN PATRIMONIAL: En esta hoja las entidades deberán presentar los ajustes que se originan del cambio en la situación financiera al dejar de aplicar los principios colombianos y la aplicación por primera vez de las NIIF para las PYMES; estos ajustes que de conformidad con los principios de la Sección 35 Transición a las NIIF para las PYMES, deben reflejarse en el renglón “Ganancias en la aplicación por primera vez y Pérdidas en la aplicación por primera vez del Patrimonio.
1 La Conciliación Patrimonial muestra los siguientes campos, los cuales se encuentran formulados: Saldo del Patrimonio bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados locales. Modificación en los Activos Modificación en los Pasivos Modificación en el Patrimonio Total de la Modificación por Convergencia Modificación por Errores Saldo del Patrimonio bajo NIIF para PYMES. La hoja presenta la variación absoluta ($) y relativa (%), con los ajustes que afectan el patrimonio. Es importante mencionar que los saldos de esta conciliación no se deben reportar por su naturaleza, sino como resultado de las disminuciones y aumentos en el patrimonio. Seguidamente, se presenta un desglose de la modificación en los activos, pasivos y patrimonio, renglones en los que se deben presentar los ajustes y eliminaciones realizados y finalmente remitir en una línea el valor total de los
incrementos y disminuciones de los activos, pasivos y patrimonio. Se agregaron filas adicionales que estarán disponibles en caso de que la entidad requiera hacer uso de un mayor detalle, como complemento a la información de los ajustes reconocidos. Finalmente se solicita el detalle del efecto del reconocimiento de errores bajo principios contables locales y el impacto en el capital mínimo, cumplimiento con aplicación de las NIIF para PYMES y el mínimo requerido año 2015, para que posteriormente se calcule y se presente el exceso o defecto en el cual la entidad incurre al aplicar los estándares internacionales.
5. NOTAS DE REVELACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA: Las notas tienen como objetivo evidenciar el desglose de cada una de las operaciones y rubros de la entidad y como su nombre lo indica son las revelaciones de las decisiones que las entidades tomaron para la convergencia. Dentro de las respectivas celdas, la entidad supervisada debe exponer de una manera breve y clara cada una de los ajustes y reclasificaciones.
En el anexo de las políticas se deben exponer la política contable que acogió la sociedad en la convergencia a NIIF, así como las excepciones y exenciones, sus diversos impactos en el balance de apertura y las mediciones iniciales y posteriores, así como las repercusiones que esta situación tendría en la entidad al aplicar dicho estándar internacional. A continuación se desglosa la siguiente información: Notas: En este campo debe diligenciar el número de la Nota, la cual debe cruzar con las cuentas a nivel general presentadas en el correspondiente estado de situación financiera (ESFA). 1 Activos, Pasivos y Patrimonio: En este campo se hace referencia a cada
una de las partidas que conforman el balance, por cada una de las clasificaciones. Saldo NIIF a 01/01/2015: Este saldo es traído de la hoja de situación financiera de apertura. Políticas: La entidad debe diligenciar cada una de las políticas correspondientes de acuerdo con lo establecido en la Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF para PYMES, en especial lo dispuesto en la Sección 35 correspondiente a Transición a las NIIF para PYMES y Sección 10 correspondiente a las políticas, estimaciones y errores de las NIIF para PYMES, incluidas las excepciones y las exenciones. Detalle de la Nota: En este espacio, la entidad encontrará el formato adjunto en el cual debe detallar de una manera clara, sencilla y exacta las diferentes Notas de las partidas bajo IFRS, con el fin de que exista una debida trazabilidad sobre el proceso realizado para la presentación del ESFA, la entidad deberá remitir en la casilla correspondiente la conciliación y explicación de todos los ajustes, errores y reclasificaciones realizados por grupos homogéneos de cada uno de los saldos bajo NIIF para PYMES, incluyendo los impactos de la convergencia hacia los estándares internacionales.
6. PATRIMONIO TÉCNICO (RELACIÓN DE SOLVENCIA), según aplicabilidad.
En esta hoja las entidades vigiladas por la SFC que deban cumplir con relaciones de solvencia, deberán remitir el resultado de los impactos que conlleva la aplicación por primera vez de las NIIF para PYMES. En ese orden, les corresponde diligenciar de manera explicativa el formato de acuerdo con los nuevos estados financieros. La entidad que deba diligenciar esta hoja, le corresponde señalar el valor
reportado una vez aplicadas las NIIF para PYMES, así como el valor ponderado de cada uno de los activos. Fin del Instructivo 1