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SFC - Anexo Circular Externa 18 de 2012 (7)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 18 de 2012 (7)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2012

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 396

TEMA: RIESGOS DE MERCADO

NOMBRE DE PROFORMA Evaluación del Riesgo de Precio de acciones

NUMERO DE PROFORMA: F.0000-127

NUMERO DE FORMATO: 384

OBJETIVO: Facilitar el proceso de evaluación de la exposición al riesgo de precio asumido por las posiciones mantenidas en acciones. Permitir la visualización de las posiciones netas en cada acción mantenida por la entidad.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos bancarios, organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial, entidades de seguros generales, instituciones oficiales especiales, entidades cooperativas.

TRAMITE: 22 Gestión de Activos y Pasivos PERIODICIDAD: Mensual FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: El último día de cada mes FECHA DE REPORTE: Con la transmisión de los estados financieros.

DOCUMENTO TÉCNICO: SB DS 003.

TIPO Y NUMERO DEL INFORME 34 Riesgos de Mercado

MEDIO DE ENVÍO: RAS

DEPENDENCIA USUARIA: Delegatura de Riesgos de Mercado e Integridad

INSTRUCTIVO: Generalidades: La información contenida en este formato corresponde a la evaluación y medición del riesgo de precio de acciones que realicen las entidades de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1.4 del Anexo 1 o 1.1.4 del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda.

Para las entidades de seguros generales, el presente formato aplica para el riesgo de mercado de los activos que respaldan las reservas técnicas. Sin excepción, los conceptos que no apliquen o no presenten movimientos o saldos no deben reportarse. El presente formato deberá ir firmado digitalmente por el Representante legal de la respectiva entidad.

ENCABEZADO Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia este formato. Indique el tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la SBC y el nombre o sigla de la entidad.

Fecha de corte: Se debe diligenciar la fecha del corte del reporte, bajo el formato DD (día) MM (mes) AAAA (año).

CUERPO DEL FORMATO Las unidades de captura 1 a 7 deberán ser utilizadas para reportar el nivel de exposición de riesgo de mercado por cambio en el precio de acciones inscritas en el mercado local. Las cifras de las columnas 1,2 y 4 deberán reportarse en pesos con tres decimales. Las cifras de la columna 3 deberán reportarse en términos porcentuales. Por ejemplo, si la cifra a reportar es del 45,28%, debe reportarse 45,28 y no 0,4528.

Unidad de captura 01 – POSICIONES ACTIVAS RIESGO DE PRECIO EN ACCIONES.

En las subcuentas 005 a 055 deben reportarse los rubros correspondientes a las posiciones activas en acciones correspondientes a Inversiones Negociables, Inversiones disponibles para la Venta, derechos de transferencia y posiciones largas en forwards, futuros y operaciones a plazo sobre acciones, y finalmente las posiciones delta ponderadas largas de opciones sobre acciones. Cada uno de estos rubros se deberá discriminar por acciones bursátiles, no bursátiles y no

inscritas en bolsa tal como se detalla en el formato. Para el caso de las operaciones de contado, en las subcuentas 045 y 050 se debe registrar los derechos de compra, es decir, aquellas posiciones en las que el comprador asume el riesgo de mercado. Circular Externa 018 de 2012 Abril de 2012 Proforma F.0000-127 (formato 384)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 397 En la subcuenta 060 se deben reportar los rubros correspondientes a las posiciones activas en acciones emitidas en el exterior y negociados en Colombia.

Unidad de captura 02 – POSICIONES PASIVAS RIESGO DE PRECIO EN ACCIONES.

En las subcuentas 005 a 025 deben reportarse los rubros correspondientes a las posiciones pasivas en acciones correspondientes a las posiciones cortas en forwards, futuros y operaciones a plazo sobre acciones, la venta de acciones recibidas en repos, simultáneas y TTV, y finalmente las posiciones delta ponderadas cortas de opciones sobre acciones. Cada uno de estos rubros se deberá discriminar por acciones bursátiles, no bursátiles y no inscritas en bolsa tal como se detalla en el formato. Para el caso de las operaciones de contado, en las subcuentas 005 y 010 se debe registrar las posiciones originadas en las ventas en corto.

Unidad de captura 4 – INVERSIONES EXCLUIDAS DEL CALCULO DE LA EXPOSICION AL RIESGO DE PRECIO DE

ACCIONES.

En las subcuentas 005 a 040 se deberán reportar las inversiones excluidas del cálculo de la exposición al riesgo de precio

de acciones, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1.4 del Anexo 1 o 1.1.4 del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda. En las columnas 1 y 2 de las unidades de captura 1 a 4 del respectivo formato, se deberá reportar el saldo contable de cada una de los rubros antes mencionados, y el valor que se debe computar en el modelo para efectos del cálculo de la exposición al riesgo de precio de acciones, respectivamente. Cada uno de estos rubros se deberá discriminar por acciones bursátiles, no bursátiles y no inscritas en bolsa tal como se detalla en el formato. Unidad de captura 5 – POSICIONES NETAS EN ACCIONES. En las subcuentas 005 a 020 se deberán reportar la suma de las posiciones netas largas y la suma de las posiciones netas cortas en acciones. En la columna 2 de esta unidad de captura se deberá reportar el valor a computar en el modelo para efectos del cálculo de la exposición al riesgo de precio de acciones, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el numeral 2.1.4 del Anexo 1 o 1.1.4 del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda. En la columna 3 se deberá incluir el respectivo factor de sensibilidad de acuerdo a la Tabla 2 del Anexo 1 o del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda. En la columna 4 se deberá reportar los valores en riesgo por exposición al riesgo de precio de acciones. Estas cifras

deberán corresponder a la multiplicación de los respectivos valores incluidos en la columna 2 y los factores de sensibilidad incluidos en la columna 3. Cada uno de estos rubros se deberá discriminar por acciones bursátiles, no bursátiles y no inscritas en bolsa tal como se detalla en el formato.

Unidad de captura 6 – RIESGO DE PRECIO DE ACCIONES – OPCIONES.

En las subcuentas 005 a 015 se deberán reportar los valores en riesgo por exposición al riesgo de precio de opciones en acciones. Corresponden estas subcuentas a los cargos por la aproximación simplificada en opciones, y a los cargos gamma y vega de acuerdo con la aproximación intermedia, de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.1.6. del Anexo 1 o 1.1.6. del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda. Unidad de captura 7 - RIESGO DE PRECIO EN ACCIONES En esta unidad de captura se deberá reportar el valor total del riesgo por exposición a las posiciones mantenidas en acciones. Esta cifra deberá corresponder a la suma de los valores absolutos de las cifras de la columna 4 de las unidades de captura 5 y 6. Las unidades de captura 8 a 14 deberán ser utilizadas para reportar el nivel de exposición de riesgo de mercado por cambio en el precio de acciones en mercados externos. En caso de que la entidad tenga posiciones en más de un mercado externo, las cifras a incluir en las siguientes unidades de captura deberán corresponder a la sumatoria de las posiciones en cada mercado.

Unidad de captura 8 – POSICIONES ACTIVAS RIESGO DE PRECIO EN ACCIONES.

En las subcuentas 005 a 020 deben reportarse los rubros correspondientes a las posiciones activas en acciones de mercados externos. Circular Externa 018 de 2012 Abril de 2012 Proforma F.0000-127 (formato 384)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 398 Se incluyen los rubros correspondientes a Inversiones en acciones, derechos de transferencia, posiciones largas en forwards, futuros y operaciones a plazo sobre acciones, y finalmente las posiciones delta ponderadas largas de opciones sobre acciones.

Unidad de captura 9 – POSICIONES PASIVAS RIESGO DE PRECIO EN ACCIONES.

En las subcuentas 005 a 015 deben reportarse los rubros correspondientes a las posiciones pasivas en acciones de mercados externos. Se incluyen las posiciones cortas en forwards, futuros y operaciones a plazo sobre acciones, las ventas de acciones en mercados externos recibidas en repos, simultáneas o TTV, y finalmente las posiciones delta ponderadas cortas de opciones sobre acciones.

Unidad de captura 10 – POSICIONES COMPENSADAS EN ACCIONES IDENTICAS.

En la subcuenta 005 se deberá reportar las posiciones compensadas en acciones idénticas inscritas en mercados externos, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 2.1.4 del Anexo 1 o 1.1.4 del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda.

Unidad de captura 11 – INVERSIONES EXCLUIDAS DEL CALCULO DE LA EXPOSICION AL RIESGO DE PRECIO DE

ACCIONES.

En las subcuentas 005 a 015 se deberán reportar las inversiones excluidas del cálculo de la exposición al riesgo de precio de acciones, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1.4 del Anexo 1 o 1.1.4 del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda. En las columnas 1 y 2 de las unidades de captura 8 a 11 del respectivo formato, se deberá reportar el saldo contable de cada una de los rubros antes mencionados, y el valor que se debe computar en el modelo para efectos del cálculo de la exposición al riesgo de precio de acciones. Unidad de captura 12 – POSICIONES NETAS EN ACCIONES. En las subcuentas 005 a 020 se deberán reportar la suma de las posiciones netas largas y la suma de las posiciones netas cortas en acciones inscritas en mercados externos. En la columna 2 de esta unidad de captura se deberá reportar para efectos del cálculo de la exposición al riesgo de precio de acciones. En la columna 3 se deberá incluir el respectivo factor de riesgo promedio ponderado del respectivo mercado externo, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el numeral 2.1.4.1 del Anexo 1 o 1.1.4.1 del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda. En el caso en que la entidad mantenga posiciones en más de un mercado externo de acciones, las cifras incluidas en la columna 3 deberán corresponder al factor de riesgo promedio

ponderado de todos los mercados en los que se mantengan posiciones. En la columna 4 se deberá reportar los valores en riesgo por exposición al riesgo de precio de acciones. Estas cifras deberán corresponder a la multiplicación de los respectivos valores incluidos en la columna 2 y los factores de riesgo incluidos en la columna 3.

Unidad de captura 13 – RIESGO DE PRECIO DE ACCIONES – OPCIONES.

En las subcuentas 005 a 015 se deberán reportar los valores en riesgo por exposición al riesgo de precio de opciones en acciones inscritas en mercados externos. Corresponden estas subcuentas a los cargos por la aproximación simplificada en opciones, y a los cargos gamma y vega de acuerdo con la aproximación intermedia, de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.1.6 del Anexo 1 o 1.1.6 del Anexo 3 del Capítulo XXI de la Circular Externa 100 de 1995, según corresponda. Unidad de captura 14 - RIESGO DE PRECIO EN ACCIONES En esta unidad de captura se deberá reportar el valor total del riesgo por exposición a las posiciones mantenidas en acciones. Esta cifra deberá corresponder a la suma de los valores absolutos de las cifras de la columna 4 de las unidades de captura 12 y 13. Unidad de captura 15 - CARGO TOTAL POR RIESGO DE ACCIONES En esta unidad de captura se deberá reportar el cargo total del valor en riesgo por exposición a las posiciones mantenidas en acciones. Esta cifra deberá corresponder a la suma de las cifras de la columna 4 de las unidades de captura 7 y 14. Circular Externa 018 de 2012 Abril de 2012 Proforma F.0000-127 (formato 384)

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