SFC - Anexo Circular Externa 18 de 2019 (4)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 18 de 2019 (4)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
ANEXO 4
DOCUMENTO TÉCNICO E INSTRUCTIVO PARA EL REPORTE DE LAS OPERACIONES DE TRANSFERENCIA, REMESA, COMPRA Y Página 1 de 27
VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
DOCUMENTO TECNICO E INSTRUCTIVO DEL ANEXO 4
REPORTE DE LAS OPERACIONES DE TRANSFERENCIA, REMESA, COMPRA Y VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Última actualización: julio de 2019
CONTENIDO
1. OBJETIVO..................................................................................................................4
2. DESCRIPCIÓN..........................................................................................................4
3. ESPECIFICACIONES DEL ARCHIVO.......................................................................7 3.1. Encabezado...............................................................................................................8 3.2. Cuerpo del formato.....................................................................................................9 3.3. Cola..........................................................................................................................22
4. CONSIDERACIONES A LA HORA DE REALIZAR LOS REPORTES....................23
5. ESPECIFICACIONES PARA EL ENVÍO DE LOS REPORTES...............................24 5.1. Envío de los reportes...............................................................................................24 5.2. Proceso de envío de los reportes............................................................................24 5.3. Estado de los reportes respecto a los tiempos de envío.........................................25 5.4. Solicitud de anulación para corrección de reporte...................................................26 5.5. Certificado de cargue de los reportes......................................................................26
6. SOPORTE................................................................................................................27
FIGURAS Figura 1. Ejemplos de operaciones cambiarias: envío de divisas hacia el exterior..............5 Figura 2. Ejemplos de operaciones cambiarias: divisas recibidas desde el exterior............6
Figura 3. Caracteres de la Codificación ANSI CP1252 para el Formato Alfanumérico........8 CUADROS Cuadro 1. Encabezado del Archivo del Reporte de Operaciones de Transferencias, Remesas, Compras y Venta de Divisas...............................................................................9
ANEXO 4
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Cuadro 2. Cuerpo del Archivo del Reporte de Operaciones de Transferencia, Remesa, Compra y Venta de Divisas.................................................................................................17 Cuadro 3. Cola del Archivo del Reporte de Operaciones de Transferencia, Remesa, Compra y Venta de Divisas.................................................................................................23 Los cuadros que no se encuentran en el presente documento técnico e instructivo pueden ser consultados por las entidades reportantes en el archivo “Cuadros Complementarios del Anexo 4”, el cual está a disposición de las entidades reportantes en la sección Reportantes > Superintendencia Financiera de Colombia > Anexos técnicos – Utilidades, de la página web de la UIAF (www.uiaf.gov.co).
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ADVERTENCIA LEGAL “Los sujetos obligados por el presente anexo técnico deberán dar cumplimiento a los
principios en el tratamiento de datos personales señalados en la Ley 1581 de 2012, específicamente los principios de veracidad, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad. En ese orden, se entiende que la transmisión de información a la que se refiere el reporte de que trata este anexo técnico se hace cumpliendo con las obligaciones normativas contempladas en los artículos 102 a 107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; 3°, 4° y 9° de la Ley 526 de 1999, y con el Capítulo IV del Título IV de la Parte Primera de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia, y las demás normas que aclaren, sustituyan, condicionen, modifiquen o adicionen las anteriores normas”.
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
1. OBJETIVO Este documento presenta los lineamientos técnicos e instrucciones a seguir por las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) para realizar y enviar el Reporte de Operaciones de Transferencia, Remesa, Compra y Venta de Divisas a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero (UIAF).
2. DESCRIPCIÓN Los intermediarios del mercado cambiario vigilados por la SFC deben remitir mensualmente a la UIAF la información correspondiente a las siguientes operaciones: a) Operaciones individuales de transferencia de divisas desde o hacia el exterior. Es decir
aquellas operaciones en virtud de las cuales salen o ingresan divisas al país mediante movimientos electrónicos o contables. Los intermediarios del mercado cambiario deben reportar bajo este concepto las operaciones de monetización de divisas desde o hacia el exterior. b) Remesas de divisas desde o hacia el exterior, las cuales corresponden a las operaciones de traslado físico de divisas desde o hacia el exterior. c) Operaciones de compra y venta de divisas por ventanilla. Corresponden a las operaciones de compra y venta de divisas efectuadas por ventanilla, realizadas por los intermediarios del mercado cambiario en las modalidades de efectivo o cheque, las cuales no implican movimiento electrónico de divisas. Para tales efectos, las entidades deben incluir en el reporte: • Las divisas que deben canalizarse en forma obligatoria a través de los intermediarios autorizados; así como aquellas que, no obstante encontrarse exentas de dicha obligación, se canalicen voluntariamente a través de los mismos. • Las divisas no monetizadas, es decir aquellas que no son convertidas a moneda legal colombiana. No se deben reportar operaciones de derivados sobre divisas, ni aquellas celebradas con el Banco de la República o con otras entidades vigiladas por la SFC. Para realizar un adecuado reporte de las operaciones, las entidades reportantes deben tener en consideración todas las entidades y jurisdicciones que participan en la operación. Por ejemplo, en una operación de transferencia internacional de divisas pueden participar entidades en diferentes países que actúan como corresponsales, intermediarios, originador de la operación y destinatario final. Este tipo de operaciones pueden verse gráficamente en las Figura 1 y Figura 2.
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Figura 1. Ejemplos de operaciones cambiarias: envío de divisas hacia el exterior
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Figura 2. Ejemplos de operaciones cambiarias: divisas recibidas desde el exterior Bajo la anterior descripción, en este reporte deben incluirse información sobre: • El cliente de la entidad: es el individuo que realiza la operación que está siendo reportada. Esta operación pueden ser: i) enviar o recibir divisas a través de una operación de transferencia o remesa, y ii) comprar o vender de divisas. • La entidad que envía/recibe las divisas: esta entidad es la que se relaciona directamente con la entidad reportante pues envía las divisas desde el exterior o recibe las divisas en el exterior. Puede ocurrir que la entidad que envía/recibe las divisas sea
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la misma entidad de origen/destino y en dicho caso la operación no contaría con una entidad intermediaria. • La entidad intermediaria que envía/recibe: es la entidad que se interpone entre la entidad que envía/recibe las divisas y la entidad de origen/destino cuando no existe un canal directo entre dichas entidades. No todas las operaciones cuentan con entidad intermediaria. • La entidad de origen/destino: es aquella entidad que se relaciona con el remitente que envía las divisas o con el beneficiario que recibe las divisas. • Remitente o beneficiario: es el individuo que remite las divisas desde el exterior hacia el cliente en Colombia o el individuo que recibe las divisas en el exterior que fueron enviadas por el cliente desde Colombia.
3. ESPECIFICACIONES DEL ARCHIVO El Archivo tipo texto que la entidad reportante debe enviar a la UIAF contiene información sobre cada una de las operaciones de transferencia, remesa, compra y venta de divisas.
Dentro del archivo en mención se deben incluir 3 tipos de registros: encabezado (registro tipo 1), cuerpo del formato (registros tipo 2) y cola (registro tipo 3).
El formato del archivo es: archivo plano.
El formato para el nombre del archivo es: OPCASSTTTCCCMMAA, donde OPCA es la sigla usada para identificar que el reporte corresponde a Operaciones Cambiarias, SS identifica el sector, la TTT el tipo de entidad y CCC el código de la entidad, asignados por la SFC, MM para mes y AA para año del reporte. El archivo debe tener extensión .txt y debe venir grabado en codificación de texto ANSI CP1252. La información registrada puede tener los siguientes formatos: Numérico : aquel que contiene UNICAMENTE caracteres de la codificación ANSI
entre ANSI 48 (0) y ANSI 57 (9), o ANSI 45 (-) y ANSI 46(.). Esto es: los numerales arábicos 0-9, el punto como indicador de la posición decimal, y el guion para indicar una valor negativo. Alfanumérico : incluye los caracteres ANSI 32 (espacio en blanco), aquellos en el rango ANSI 65 a ANSI 90 (alfabeto inglés), ANSI 140 y ANSI 142 (caracteres especiales de algunas lenguas romances), caracteres entre ANSI 192 y ANSI 214 caracteres especiales de algunas lenguas romances), entre ANSI 216 y ANSI 221
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(caracteres especiales de algunas lenguas romances), y aquellos descritos en los datos de tipo numérico. Estos caracteres se resaltan en la Figura 3. Figura 3. Caracteres de la Codificación ANSI CP1252 para el Formato Alfanumérico Fecha : este formato contiene UNICAMENTE caracteres de la codificación ANSI entre ANSI 48 (0) y ANSI 57 (9), y ANSI 45 (-). Esto es: los numerales arábicos 0-9 para los valores de año, mes y día, y el guion como separador de estas posiciones. La longitud de registro es de 1760 posiciones. Todos los campos son obligatorios. A continuación se presentan el diseño y la descripción detallada de los registros que contiene el Archivo.
3.1.Encabezado Recoge la identificación de la entidad reportante. Solo existe un registro de este tipo por archivo. Este registro se genera a partir la siguiente información:
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Cuadro 1. Encabezado del Archivo del Reporte de Operaciones de Transferencias, Remesas, Compras y Venta de Divisas Posición Posició Campo No. Campo Longitud Formato Contenido Inicial n Final obligatorio Número -Siempre el valor 0. 1 consecutivo 1 10 10 Numérico Sí -Alineado a la derecha. de registro -Formato SSTTTCCC, donde SS identifica el sector (Ej. 01), TTT el Código de tipo de entidad (Ej. 021) y la CCC el 2 11 18 8 Alfanumérico Sí entidad código de la entidad (Ej. 001) asignados por la SFC. -Alineado a la izquierda. -Corresponde al último día del período reportado. -Formato AAAA-MM-DD donde AAAA es el año (Ej. 2021), MM es el Fecha de 3 19 28 10 Fecha mes (Ej. 10) y DD es el día (Ej. 31). Sí corte -Si el día o el mes tiene un solo dígito, se debe llenar el otro dígito con “0”. Ej. Enero 1 del 2025 será 2025-01-31. Número -Es el número total de registros tipo 2
total de (cuerpo del formato) reportados en el 4 operacione 29 38 10 Numérico Sí archivo. s -Alineado a la derecha. reportadas Fin de -Llenado con X hasta completar las 5 39 1760 1722 Alfanumérico Sí registro 1760 posiciones. 3.2. Cuerpo del formato Este tipo de registros contienen la información referente a cada una de las operaciones de transferencia, remesa, compra y venta de divisas. El archivo debe contener tantos registros de este tipo, como operaciones a reportar. Para cada uno de los registros debe reportar la información de los siguientes campos: • Columna 1 - Número consecutivo de registro: es el número único de cada uno de los registros reportados en el archivo, inicia en 1. • Columna 2 - Código de la sucursal donde se realiza la operación: se registra el código asignado por la entidad a la oficina o sucursal donde se realiza la operación. • Columna 3 - Fecha de la operación: es la fecha en se realizó la operación que está siendo reportada. • Columna 4 - Tipo de operación: en este campo debe registrarse el numeral cambiario al que corresponde la operación de acuerdo con la respectiva Circular Reglamentaria Externa del Banco de la República. En caso de que a una operación correspondan varios numerales, se debe reportar un registro por cada numeral. En el caso en que la
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operación cambiaria sea una devolución, se deberá registrar el mismo numeral cambiario de la transacción inicial e indicar en el siguiente campo que la transacción reportada es una devolución. Para las siguientes operaciones, que son diferentes a las incluidas en los numerales cambiarios, ingrese los siguientes códigos: 9001: la entidad reportante compra divisas por ventanilla al cliente. 9002: la entidad reportante vende divisas por ventanilla al cliente. 9003: operaciones no monetizadas (ingreso de divisas). 9004: operaciones no monetizadas (egreso de divisas). • Columna 5 - Devolución: este campo indica si la operación que está siendo reportada corresponde a una devolución. Si la transacción reportada es una devolución, ingrese "1". Si la transacción reportada no es una devolución, ingrese "0". • Columna 6 - Valor de la operación: es el monto de la transacción convertido a pesos corrientes colombianos según la tasa negociada en dicha operación. Para aquellas operaciones en que se reciben o entregan divisas (no monetización) se debe usar la certificación de la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) que fue expedida por la SFC el día que se produjo la operación que va a ser reportada. Las operaciones en divisas distintas al dólar de los Estados Unidos de América se deben convertir a dicha moneda empleando la tasa de conversión del día en que se realice la operación. • Columna 7 - Tipo de divisa: se registra el código alfabético de la divisa que interviene en la operación de acuerdo a la codificación de divisas ISO 4217. Si una operación reportada fue realizada con moneda legal y moneda extranjera, en este campo debe
ingresar el código alfabético correspondiente a la moneda extranjera. Los códigos ISO 4217 se pueden consultan en la página web de la UIAF. • Columna 8 - Forma de pago: es el código del medio de pago que fue utilizado para realizar la operación. Este código debe ser seleccionado del Cuadro 1 del archivo “Cuadros Complementarios del Anexo 4”, el cual se encuentra a disposición de las entidades reportantes en la sección Reportantes > Superintendencia Financiera de Colombia > Anexos técnicos – Utilidades, de la página web de la UIAF (www.uiaf.gov.co). • Columna 9 - Tipo de producto: es el código del producto financiero donde se depositan o de donde se extraen los recursos de la operación. Este código debe ser seleccionado del Cuadro 2 del archivo “Cuadros Complementarios del Anexo 4”, el cual se encuentra a disposición de las entidades reportantes en la sección Reportantes > Superintendencia Financiera de Colombia > Anexos técnicos – Utilidades, de la página web de la UIAF (www.uiaf.gov.co).
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Cuando se reporta una operación de compra o venta de divisas por ventanilla que no tuvo involucrado un producto financiero del cliente reportado en las columnas 12 a la 17, debe ingresar en este campo el valor de “-1”. Cuando se reporta una operación en la cual el cliente reportado en las columnas 12 a la 17 no cuenta con productos financieros en la entidad que realiza el reporte, debe
ingresar en este campo el valor de “-1”. • Columna 10 - Número del producto: es el número de identificación único que asigna la entidad reportante a cada producto financiero donde se depositan o de donde se extraen los recursos de la operación. Este número debe ser igual al número único del producto que es reportado en el Reporte de Productos (Anexo 6). Cuando se reporta una operación de compra o venta de divisas por ventanilla que no tuvo involucrado un producto financiero del cliente reportado en las columnas 12 a la 17, debe ingresar en este campo el valor de “-1”. Cuando se reporta una operación en la cual el cliente reportado en las columnas 12 a la 17 no cuenta con productos financieros en la entidad que realiza el reporte, debe ingresar en este campo el valor de “-1”. • Columna 11 - Tipo de identificación del cliente: es el código que indica el tipo de documento de identificación del cliente de la entidad que realiza la operación que está siendo reportada. Esta operación pueden ser: i) enviar o recibir divisas a través de una operación de transferencia o remesa, y ii) comprar o vender de divisas. Este código debe asignarse de acuerdo al Cuadro 3 del archivo “Cuadros Complementarios del Anexo 4”, el cual se encuentra a disposición de las entidades reportantes en la sección Reportantes > Superintendencia Financiera de Colombia > Anexos técnicos – Utilidades, de la página web de la UIAF (www.uiaf.gov.co). • Columna 12 - Número de identificación del cliente: es el número de identificación del cliente que realiza la operación que está siendo reportada. En el caso de los NIT, no debe incluir el dígito de verificación.
- Columna 13 - Dígito de verificación del cliente: este campo solo aplica para las identificaciones tipo NIT de la columna 12 que cuentan con el dígito de verificación.
Debe ingresar el valor de "-1" cuando se desconozca el dígito de verificación del NIT de la columna 12 o cuando el tipo de identificación de la columna 12 es diferente a NIT. • Columna 14 - Nombre del cliente: es el nombre con que se encuentra registrado el cliente que realiza la operación reportada. Para una persona natural, se incluyen los nombres y apellidos (respetando este orden). Para una persona jurídica, es la razón social.
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA • Columna 15 - Dirección del cliente: es la dirección de contacto del cliente que realiza la operación que está siendo reportada. Para la escritura de direcciones, las entidades deben consultar el documento dispuesto en la página web de la UIAF. Si no se conoce esta información, el valor a ingresar en este campo es "-1", no debe dejar vacío este campo. • Columna 16 - Municipio donde se realiza la operación: es el código que representa el municipio en donde se realiza la operación que está siendo reportada. Este código debe asignarse de acuerdo con la codificación DANE de municipios. Es de destacar que Bogotá, por ser Distrito Capital, tiene código especial de departamento y municipio = 11001. Los códigos de municipios del DANE se pueden consultan en la página web
de la UIAF. • Columna 17 - Teléfono del cliente: se registra el número completo del teléfono del cliente que realiza la operación que está siendo reportada. No incluya indicativos, extensiones ni códigos de operadores, separadores, espacios en blanco. Si no conoce esta información, el valor a ingresar en este campo es “-1". No debe dejar vacío este campo. • Columna 18 - Tipo de identificación del remitente/beneficiario: es el código que indica el tipo de identificación del individuo (persona natural, persona jurídica, fondo, etc.) que remite las divisas desde el exterior hacia el cliente en Colombia o el individuo que recibe las divisas en el exterior que fueron enviadas por el cliente desde Colombia. Este código debe asignarse de acuerdo al Cuadro 3 del archivo “Cuadros Complementarios del Anexo 4”, el cual se encuentra a disposición de las entidades reportantes en la sección Reportantes > Superintendencia Financiera de Colombia > Anexos técnicos – Utilidades, de la página web de la UIAF (www.uiaf.gov.co). Cuando se reporte una operación de compra o venta de divisas por ventanilla (donde el remitente/beneficiario es la entidad reportante que compra las divisas que el cliente está vendiendo o que vende las divisas que el cliente está comprando) o cuando no se conozca la información solicitada en este campo, debe ingresar el valor de “-1”. Columna 19 - Número de identificación del remitente/beneficiario: es el número de identificación del individuo (persona natural, persona jurídica, fondo, etc.) que remite las divisas desde el exterior hacia el cliente en Colombia o el individuo que recibe las divisas en el exterior que fueron enviadas por el cliente desde Colombia. En el caso de los NIT, no debe incluir el dígito de verificación.
Esta información puede extraerse del mensaje Swift de la operación o desde otros medios. En el caso de los mensajes Swift, la identificación del remitente de las divisas desde el exterior se encuentra en el campo 50K: Ordering Customer del texto del
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA mensaje y la identificación del beneficiario que recibe las divisas en el exterior corresponde al campo 59: Beneficiary Customer del texto del mensaje. Cuando se reporte una operación de compra o venta de divisas por ventanilla (donde el remitente/beneficiario es la entidad reportante que compra las divisas que el cliente está vendiendo o que vende las divisas que el cliente está comprando) o cuando no se conozca la información solicitada en este campo, debe ingresar el valor de “-1”. • Columna 20 - Dígito de verificación del remitente/beneficiario: este campo solo aplica para las identificaciones tipo NIT de la columna 19 que cuentan con el dígito de verificación. Debe ingresar el valor de "-1" cuando se desconozca el dígito de verificación del NIT de la columna 19 o cuando el tipo de identificación de la columna 19 es diferente a NIT. • Columna 21 - Nombre del remitente/beneficiario: es el nombre del individuo (persona natural, persona jurídica, fondo, etc.) que remite las divisas desde el exterior hacia el cliente en Colombia o el individuo que recibe las divisas en el exterior que fueron enviadas por el cliente desde Colombia. Para una persona natural, se incluyen
los nombres y apellidos (respetando este orden). Para una persona jurídica, es la razón social. Esta información puede extraerse del mensaje Swift de la operación o desde otros medios. En el caso de los mensajes Swift, el nombre del remitente de las divisas desde el exterior se encuentra en el campo 50K: Ordering Customer del texto del mensaje y el nombre del beneficiario que recibe las divisas en el exterior corresponde al campo 59: Beneficiary Customer del texto del mensaje. Cuando se reporte una operación de compra o venta de divisas por ventanilla (donde el remitente/beneficiario es la entidad reportante que compra las divisas que el cliente está vendiendo o que vende las divisas que el cliente está comprando) o cuando no se conozca la información solicitada en este campo, debe ingresar el valor de “-1”. • Columna 22 - Entidad que envía/recibe: en este campo se registra el nombre completo de la entidad que envía las divisas desde el exterior o que recibe las divisas en el exterior. Esta información puede extraerse del mensaje Swift de la operación o de otros medios. En el caso de los mensajes Swift, el nombre de la entidad que envía se encuentra en el campo Sender de la cabecera del mensaje y el nombre de la entidad que recibe se encuentra en el campo Receiver de la cabecera del mensaje. Cuando se reporte una operación de compra o venta de divisas entre el cliente y la entidad reportada, debe ingresar el valor de “-1” en este campo.
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- Columna 23País donde se ubica la entidad que envía/recibe: es el código del país donde se encuentra ubicada la entidad que envía las divisas desde el exterior o que recibe las divisas en el exterior. Es decir, es el país desde donde la entidad reportada en la columna 21 envía las divisas desde el exterior hacia Colombia o el país donde la entidad de la columna 21 recibe las divisas que fueron enviadas desde Colombia.
Esta información puede extraerse del mensaje Swift de la operación o de otros medios. En el caso de los mensajes Swift, el país donde se ubica la entidad que envía se encuentra en el campo Sender de la cabecera del mensaje y el país donde se ubica la entidad que recibe se encuentra en el campo Receiver de la cabecera del mensaje. Este código se asigna de acuerdo a la codificación de divisas estándar ISO 3166 y debe corresponder al código alfabético de 2 dígitos. Cuando se reporte una operación de compra o venta de divisas locales entre el cliente y la entidad reportada, debe ingresar el código alfabético “CO” en este campo. • Columna 24 - Ciudad donde se ubica la entidad que envía/recibe: es el nombre de la ciudad donde se encuentra ubicada la entidad que envía las divisas desde el exterior o que recibe las divisas en el exterior. Es decir, es la ciudad desde donde la entidad reportada en la columna 21 que envía las divisas desde el exterior hacia Colombia o la ciudad en el exterior donde la entidad de la columna 21 recibe las divisas que fueron enviadas desde Colombia. Esta información puede extraerse del mensaje Swift de la operación o de otros medios. En el caso de los mensajes Swift, la ciudad donde se ubica la entidad que envía se encuentra en el campo Sender de la cabecera del mensaje y la ciudad donde se ubica
la entidad que recibe se encuentra en el campo Receiver de la cabecera del mensaje. Cuando se reporte una operación de compra o venta de divisas entre el cliente y la entidad reportada o cuando no se conozca la información solicitada en este campo, debe ingresar el valor de “-1”. • Columna 25 - Intermediario que envía/recibe: en este campo se registra el nombre completo de la entidad intermediaria que envía las divisas a la entidad reportada en la columna 21 o la entidad intermediaria que recibe las divisas que fueron enviadas por la entidad reportada en la columna 21. Para las operaciones reportadas en donde se envían divisas desde el exterior hacia Colombia (divisas recibidas a nivel local) y se tuvo más de una entidad intermediaria involucrada, en las columnas 25 a 27 debe reportarse la información del intermediario que mandó las divisas a la entidad que envía. Por su parte, para las operaciones reportadas en donde se envían divisas desde Colombia hacia el exterior y se tuvo más de una entidad intermediaria involucrada, en las columnas 25 a 27 debe reportarse la
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VENTA DE DIVISAS DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA información del intermediario que mandó las divisas a la entidad de destino cuyo cliente es el beneficiario de la operación. Esta información puede extraerse del mensaje Swift de la operación o de otros medios. En el caso de los mensajes Swift, esta información se encuentra en el campo 56: Intermediary Institution del texto del mensaje. Cuando se reporte una operación de compra o venta de divisas entre el cliente y la
entidad reportada o cuando no se conozca la información solicitada en este campo, debe ingresar el valor de “-1”. Si la operación reportada no contó con un intermediario, el valor a ingresar es “-2”. • Columna 26 - País donde se ubica el intermediario que envía/recibe: es el código del país donde se encuentra ubicada la entidad intermediaria que envía las divisas a la entidad reportada en la columna 21 o la entida
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