🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SFC - Anexo Circular Externa 2 de 2015 (1)

Superintendencia Financiera

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 2 de 2015 (1)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2015

SUPERINENTENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Documento de Validaciones al Formato 458 “Flujos de caja contractuales y medición estándar del riesgo de liquidez”

ENTIDADES SUJETAS A ESTAS VALIDACIONES:

ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS, CORPORACIONES FINANCIERAS, COMPAÑIAS DE

FINANCIAMIENTO, ORGANISMOS COOPERATIVOS DE GRADO SUPERIOR,

COOPERATIVAS FINANCIERAS Y LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES OFICIALES

ESPECIALES: BANCOLDEX, FINDETER Y FINAGRO

Introducción. Las validaciones detalladas en el presente documento corresponden a la implementación del modelo de riesgo de liquidez descrito en el Anexo I del Capítulo VI de la Circular Básica Contable y Financiera, vigente a partir del próximo 31 de Mayo de 2013. La estructura del presente documento es la siguiente: En el numeral I se establecen las validaciones generales que hacen referencia a la consistencia del formato de acuerdo con su respectivo instructivo. En el numeral II se especifican las validaciones que aplican a las sumatorias y a las verificaciones por unidades de captura de los valores reportados. Finalmente, en el numeral III, se hace referencia al signo de reporte de la información para cada subcuenta y unidad de captura.

I. Validaciones generales

1. Se deben reportar saldos en moneda total, en miles de pesos y con un (1) decimal.

2. Los porcentajes deberán estar multiplicados por 100 y expresarse con un (1) decimal. Los únicos porcentajes dentro del formato son:  UC 04: columnas 1 a 6 (subcuenta 005) y columnas 8 a 19 (subcuenta

  1.  UC 07: columna 7 (subcuenta 005),  UC 08: columna 7 (subcuenta 010),  UC 10: columna 7 (subcuentas 025, 030 y 035) y  UC 11: columnas 15,16,18 y 19 (subcuenta 010)

3. Las celdas que no apliquen no se deben reportar en el archivo, a menos que el instructivo indique que se reporten en cero.

4. La proforma debe ser remitida con la firma digital del representante legal de la entidad o por parte de quien cumpla dichas funciones, de acuerdo con la ley, el reglamento o el contrato.

II. Sumatorias y consistencia por unidades de captura UNIDADES DE CAPTURA 01, 02, 03 y 04

1. Para estas Unidades de Captura no aplica la columna 7

DID – DRMI - Riesgo de Liquidez SUPERINENTENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Documento de Validaciones al Formato 458 “Flujos de caja contractuales y medición estándar del riesgo de liquidez”

2. El valor de la subcuenta 999 de la unidad de captura 01, para todas las columnas que apliquen, debe ser igual a la suma de los valores reportados en las subcuentas 005 hasta 060.

3. Los valores en la columna 6 de la unidad de captura 01 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 1 hasta 5 de la misma unidad de captura, en cada una de las subcuentas.

4. Los valores en la columna 15 de la unidad de captura 01 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 8 hasta 14 de la misma unidad

de captura, en cada una de las subcuentas

5. Los valores en la columna 18 de la unidad de captura 01 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 15 hasta 17 de la misma unidad de captura, en cada una de las subcuentas

6. El valor de la subcuenta 999 de la unidad de captura 02, para todas las columnas que aplique, debe ser igual a la suma de los valores reportados en las subcuentas 005 hasta 045.

7. Los valores en la columna 6 de la unidad de captura 02 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 1 hasta 5 de la misma unidad de captura, en cada una de las subcuentas.

8. Los valores en la columna 15 de la unidad de captura 02 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 8 hasta 14 de la misma unidad de captura, en cada una de las subcuentas

9. Los valores en la columna 18 de la unidad de captura 02 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 15 hasta 17 de la misma unidad de captura, en cada una de las subcuentas 10.El valor de la subcuenta 005 de la unidad de captura 03, para todas las columnas, que aplique, deber ser igual a: UC 01 (subcuenta 999) – UC 02 (subcuenta 999). 11.Los valores de la subcuenta 005 de la unidad de captura 04, para todas las columnas que aplique, deben ser iguales a: UC 01(subcuenta 035) / UC 02 (subcuenta 015) 100.

UNIDADES DE CAPTURA 05 y 06 12.Para estas Unidades de Captura no aplican las columnas de la 1 a la 6.

13.El valor de la subcuenta 999 de la unidad de captura 05, para todas las columnas, debe ser igual a la suma de los valores reportados en las subcuentas 005 hasta 100. DID – DRMI - Riesgo de Liquidez SUPERINENTENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Documento de Validaciones al Formato 458 “Flujos de caja contractuales y medición estándar del riesgo de liquidez” 14.El valor de la subcuenta 999 de la unidad de captura 06, para todas las columnas, debe ser igual a la suma de los valores reportados en las subcuentas 005 hasta 070. 15.Los valores de la columna 15 de las unidades de captura 05 y 06 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 8 hasta la 14 de las mismas unidades de captura, en cada una de las subcuentas que aplique, así: UC 05 y 06: columna 15 = columna 8 + columna 9 + columna 10 + columna 11 + columna 12 + columna 13 + columna 14 16.Los valores de la columna 18 de la unidad de captura 05 y 06 deben ser iguales a la suma de los valores reportados en las columnas 15 a 17 de las mismas unidades de captura, en cada una de las subcuentas que aplique, así: UC 05 y 06: columna 18 = columna 15 + columna 16 + columna 17 UNIDAD DE CAPTURA 07 17.Para esta Unidad de Captura no aplican las columnas de la 1 a la 6. 18.En la subcuenta 015, columnas 8 a 19 se debe reportar el resultado de la sumatoria de los flujos contractuales del activo, ajustado en su componente de

cartera de créditos y operaciones de leasing por un factor igual a 0.5 veces el índice de cartera vencida total, menos los flujos de cupones, amortizaciones, etc. y menos la sumatoria de los flujos contractuales del pasivo, así: Columna i, donde i = 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 UC 07: Columna i (subcuenta 015) = UC 05: columna i (subcuenta 999) – [UC 05: columna i (suma subcuentas 065 a 080) (0.5 UC 07: columna 7 (subcuenta 005)/100)] - UC 07: columna i (subcuenta 010) – UC 06: columna i (subcuenta 999) Esto es: Flujo Neto de rubros con vencimientos contractuales ajustado = Total Posiciones Activas y Contingencias Deudoras - Cuentas de Cartera (0.5 Índice de Cartera Vencida Total) - Suma de Cupones, amortizaciones, etc. de Activos Líquidos

  • Total Pasivo, Patrimonio y Contingencias Acreedoras UNIDAD DE CAPTURA 08 19.Para esta Unidad de Captura no aplican las columnas de la 1 a la 6. 20.En la subcuenta 005 se debe reportar el saldo de los depósitos y exigibilidades que no tienen vencimientos contractuales, correspondiente a: DID – DRMI - Riesgo de Liquidez SUPERINENTENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Documento de Validaciones al Formato 458 “Flujos de caja contractuales y medición

estándar del riesgo de liquidez” UC 08: columna 7 (subcuenta 005) = UC 06 (subcuentas 005, 020, 025 y 030) = UC 06 (subcuenta 999 menos subcuenta 065) 21.En la subcuenta 015, columnas 8 a 14, los datos deberán ser iguales entre sí y además ser iguales a la multiplicación de las subcuentas 005 y 010 columna 7, divididos por 3000 (el número de días del mes (30) multiplicados por 100), así: UC 08: columnas 8 a 14 = UC 08 (subcuenta 005, columna 7) UC 08 (subcuenta 010, columna 7) / 3000. 22.En la subcuenta 015, columnas 15 a 18, los datos deberán ser iguales a la multiplicación de las subcuentas 005 y 010 columna 7, divididos por 3000 (el número de días del mes (30) multiplicados por 100) y multiplicados por el número de días de la banda correspondiente, así: UC 08:  Columna 15 = UC 08 (subcuenta 005, columna 7) UC 08 (subcuenta 010, columna 7) / 3000 7  Columna 16 = UC 08 (subcuenta 005, columna 7) UC 08 (subcuenta 010, columna 7) / 3000 8  Columna 17 = UC 08 (subcuenta 005, columna 7) UC 08 (subcuenta 010, columna 7) / 3000 15  Columna 18 = UC 08 (subcuenta 005, columna 7) UC 08 (subcuenta 010,

columna 7) / 300030

23. En la subcuenta 015, columna 19 los datos deberán ser iguales al mínimo entre la multiplicación de las subcuentas 005 y 010 columna 7, divididos por 3000 (el número de días del mes (30) multiplicados por 100) y multiplicados por el número de días de la banda, y la diferencia entre la subcuenta 005 columna

7 y la subcuenta 015 columna 18, así: UC 08:  Columna 19 = min[UC 08 (subcuenta 005, columna 7) UC 08 (subcuenta 010, columna 7) / 3000 60 ; UC 08 (subcuenta 005, columna 7) – UC 08 (subcuenta 015, columna 18)] 24.Para las subcuentas 020, 025 y 030 solo podan reportar información las entidades tipo 8 y 32 y únicamente de las entidades tipo 1 la entidad 1-58 Correspondiente a Coopcentral. 25.En la subcuenta 020 columna 7 la información reportada debe der igual al saldo de los aportes sociales, correspondiente a la cuenta 3135 del PUC, para la fecha de corte hasta el 31 de Diciembre de 2014, a partir del primero de enero de 2015 la cuenta correspondiente será la 3115 APORTES SOCIALES. Esta validación solo podrá ser realizada sobre el informe mensual 26.En la subcuenta 030, columnas 8 a 14, los datos deberán ser iguales entre sí y además ser iguales a la multiplicación de las subcuentas 020 y 025 columna 7, divididos por 3000 (el número de días del mes (30) multiplicados por 100), así: DID – DRMI - Riesgo de Liquidez

SUPERINENTENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Documento de Validaciones al Formato 458 “Flujos de caja contractuales y medición estándar del riesgo de liquidez” UC 08: subcuenta 030, columnas 8 a 14 = UC 08 (subcuenta 020, columna 7) UC 08 (subcuenta 025, columna 7) / 3000. 27.En la subcuenta 030, columnas 15 a 18, los datos deberán ser iguales a la multiplicación de las subcuentas 020 y 025 columna 7, divididos por 3000 (el número de días del mes (30) multiplicados por 100) y multiplicados por el número de días de la banda correspondiente, así: UC 08:  Columna 15 = UC 08 (subcuenta 020, columna 7) UC 08 (subcuenta 025, columna 7) / 3000 7  Columna 16 = UC 08 (subcuenta 020, columna 7) UC 08 (subcuenta 025, columna 7) / 3000 8  Columna 17 = UC 08 (subcuenta 020, columna 7) UC 08 (subcuenta 025, columna 7) / 3000 15  Columna 18 = UC 08 (subcuenta 020, columna 7) UC 08 (subcuenta 025, columna 7) / 300030 28.En la subcuenta 030, columna 19 los datos deberán ser iguales al mínimo entre la multiplicación de las subcuentas 020 y 025 columna 7, divididos por 3000 (el número de días del mes (30) multiplicados por 100) y multiplicados por el

número de días de la banda, y la diferencia entre la subcuenta 020 columna 7 y la subcuenta 030 columna 18, así: UC 08:  Columna 19 = min[UC 08 (subcuenta 020, columna 7) UC 08 (subcuenta 025, columna 7) / 3000 60 ; UC 08 (subcuenta 020, columna 7) – UC 08 (subcuenta 030, columna 18)] UNIDAD DE CAPTURA 09 29.Para esta Unidad de Captura no aplican las columnas de la 1 a la 7. 30.En la subcuenta 005, columnas 8 a 19 se debe reportar el requerimiento de liquidez neto estimado correspondiente a los flujos de la unidad de captura 07, subcuenta 015, menos los flujos de la unidad de captura 08, subcuenta 015. 31.En la Subcuenta 010, en las columnas 8 a 19 se debe reportar el requerimiento de liquidez neto estimado modificado, correspondiente a los flujos de la unidad de captura 06, subcuenta 999, más los flujos de la unidad de captura 08, subcuenta 015, más los flujos de la unidad de captura 08, subcuenta 030 (FEVC + FNVNC), menos el mínimo entre el 75% de la suma de (los flujos de la unidad de captura 06, subcuenta 999 y los flujos de la unidad de captura 08, subcuenta 015, más los flujos de la unidad de captura 08, subcuenta 030 (FEVC + FNVNC)) y la Unidad de captura 05, subcuenta 999 (FIVC), ajustados por la subcuenta 005 de la unidad de captura 07 (índice de cartera

vencida) y netos de los flujos de la subcuenta 010 de la unidad de captura 07, columnas 8 a 19 (cupones, amortizaciones, redenciones contractuales y pagos de dividendos de inversiones incluidas en activos líquidos). Dichos valores siempre deben ser positivos. De las Columnas 8 a 19: UC9 (subcuenta 010) = UC 6 (subcuenta 999) + UC 8 (subcuenta 015) + UC 8 (subcuenta 030) – (min[ 0.75 (UC 6 (subcuenta 999) + UC 8 (subcuenta 015) + UC 8 (subcuenta 030) ; (UC 05 (subcuenta 999) – [UC 05 (suma subcuentas 065 a 080) (0.5 UC 07: columna 7 (subcuenta 005)/100)] - UC 07 (subcuenta 010))] DID – DRMI - Riesgo de Liquidez SUPERINENTENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Documento de Validaciones al Formato 458 “Flujos de caja contractuales y medición estándar del riesgo de liquidez” UNIDAD DE CAPTURA 10 32.Para esta Unidad de Captura solo aplica la columna 7. En la subcuenta 010 se debe reportar el efectivo UC 10 (subcuenta 010) = UC 05 (subcuenta 005) 33.En la subcuenta 015 se debe reportar el total de las inversiones que conforman los activos líquidos, correspondiente a: UC 10 (subcuenta 015) = UC 05: sumatoria (subcuentas 020, 025, 030 y 040) + UC 06 (subcuenta 065) 34.Adicionalmente, la subcuenta 015 debe corresponder a la sumatoria de las

inversiones en activos líquidos de alta calidad y las inversiones en otros activos líquidos, es decir: UC 10 (subcuenta 015) = UC 10 (subcuenta 016) + UC 10 (subcuenta 017) 35.En la subcuenta 020, columna 7, se debe reportar el valor del fondo de activos líquidos respetando la proporción mínima de activos líquidos de alta calidad, es decir: UC 10 (subcuenta 020) = UC 10 (subcuenta 010) + UC 10 (subcuenta 016) + min[UC 10 (subcuenta 017); (UC 10 (subcuenta 010) + UC 10 (subcuenta 016))3/7] UNIDAD DE CAPTURA 11 36.Para esta Unidad de Captura no aplican las columnas de la 1 a la 14. 37.En la subcuenta 005, columna 15 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez monto (IRLm) para la banda 1 (días 1 a 7), que corresponde a: UC 10: columna 7 (subcuenta 020) - UC 09: columna 15 (subcuenta 010). 38.En la subcuenta 005, columna 16 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez monto (IRLm) para el rango de 1 a 15días), que corresponde a: UC 10: columna 7 (subcuenta 020) - UC 09: columna 15 (subcuenta 010) – UC 09: columna 16 (subcuenta 010) 39.En la subcuenta 005, columna 18 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez monto (IRLm) para el rango de 1 a 30 días, que corresponde a:

UC 10: columna 7 (subcuenta 020) - UC 09: columna 18 (subcuenta 010) 40.En la subcuenta 005, columna 19 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez monto (IRLm) para el rango de 1 a 90 días, que corresponde a: UC 10: columna 7 (subcuenta 020) - UC 09: columna 18 (subcuenta 010) – DID – DRMI - Riesgo de Liquidez SUPERINENTENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Documento de Validaciones al Formato 458 “Flujos de caja contractuales y medición estándar del riesgo de liquidez” UC 09: columna 19 (subcuenta 010) 41.En la subcuenta 010, columna 15 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez razóno (IRLr) para la banda 1 (días 1 a 7), que corresponde a: UC 10: columna 7 (subcuenta 020) / UC 09: columna 15 (subcuenta 010). 42.En la subcuenta 010, columna 16 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez razón (IRLr) para el rango de 1 a 15 días , que corresponde a: UC 10: columna 7 (subcuenta 020) / (UC 09: columna 15 (subcuenta 010) + UC 09: columna 16 (subcuenta 010)) 43.En la subcuenta 010, columna 18 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez razón (IRLr) para el rango de 1 a 30 días, que corresponde a: UC 10: columna 7 (subcuenta 020) / UC 09: columna 18 (subcuenta 010)

44.En la subcuenta 010, columna 19 se debe reportar el Indicador de Riesgo de Liquidez razón (IRLr) para el rango de 1 a 90 días, que corresponde a: UC 10: columna 7 (subcuenta 020) / (UC 09: columna 18 (subcuenta 010) ) + UC 09: columna 19 (subcuenta 010))

III. Signo de Reporte de la Información Como regla general, se asume que los valores reportados deben ser positivos en todas las subcuentas de las diferentes unidades de captura, a excepción de los siguientes rubros que pueden presentar los dos signos (ser positivos o negativos) para

todas las columnas, así:

1. UC 01 (subcuentas 025 y 030)

2. UC 03 (subcuenta 005)

3. UC 07 (subcuenta 015)

4. UC 09 (subcuenta 005)

5. UC 11 (subcuenta 005) DID – DRMI - Riesgo de Liquidez

Consultar sobre este documento ...