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SFC - Anexo Circular Externa 2 de 2021

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 2 de 2021
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 002 DE 2021 ( Marzo 10 )

Señores REPRESENTANTES LEGALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS POR LAS SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Referencia: Instrucciones relacionadas con el régimen de oficinas y la prestación de servicios financieros a través de corresponsales.

Respetados señores: En consideración a la necesidad de continuar ampliando la cobertura de la prestación de servicios financieros a través de la figura de corresponsales móviles y digitales en línea con lo establecido por el Decreto 222 de 2020; este Despacho, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 2.31.2.2.2, 2.36.9.1.2, 2.36.9.1.15, el numeral 11 del artículo 2.36.9.1.18 y el numeral 4 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010 imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Modificar los subnumerales 1.1, 1.2 y 1.4.1.1.8.2. del Capítulo I del Título II de la Parte I “Canales, medios, seguridad y calidad en el manejo de información en la prestación de servicios financieros” de la Circular Básica Jurídica, con el fin de definir los requisitos y condiciones para la prestación de servicios a través de corresponsales móviles y digitales y adicionar los ramos de seguro que pueden ser comercializados a través de uso de red.

SEGUNDA: Modificar el numeral 3.2.4 del Capítulo I del Título III de la Parte I “Acceso e

información al consumidor financiero” de la Circular Básica Jurídica con el fin de establecer los requisitos de información relacionada con la prestación de servicios a través de corresponsales.

TERCERA: Modificar el numeral 7 del Capítulo IV del Título V de la Parte II “Disposiciones especiales aplicables a las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos – SEDPE” de la Circular Básica Jurídica para ajustar la referencia en materia de condiciones para la prestación de servicios a través de corresponsales.

CUARTA: Modificar el Formato 534 “Uso de productos y servicios financieros” junto con su proforma, con el fin de ajustarlo a las disposiciones contenidas en el Decreto 222 de 2020 “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los corresponsales, las cuentas de ahorro electrónicas, los depósitos electrónicos, el crédito de bajo monto y se dictan otras disposiciones” .

QUINTA: Para asegurar la correcta transmisión de la información, las entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias entre el 26 y el 30 de abril de 2021, con la información con corte al 31 de diciembre de 2020.Las pruebas deben efectuarse hasta lograr una transmisión exitosa de la información.

SEXTA: La primera transmisión oficial de la información se realizará con corte al 30 de junio de 2021, de acuerdo con el instructivo correspondiente.

La información con corte a 31 de marzo de 2021 debe ser retransmitida con la nueva estructura del formato entre el 1 y 31 de julio de 2021. La presente circular rige a partir de su publicación. Se anexan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,

JORGE CASTAÑO GUTIÉRREZ

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Superintendente Financiero de Colombia 50000

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