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SFC - Anexo Circular Externa 20 de 2009 (2)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 20 de 2009 (2)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2009

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACION

PARTE VIII - PROFORMAS F.8000

Página 30

TEMA: Excesos a los Límites de Concentración de Riesgo de Crédito NOMBRE DE PROFORMA: Reporte de excesos a los límites de concentración de riesgo de crédito.

NUMERO DE PROFORMA: F.8000-010

NUMERO DE FORMATO: 375

OBJETIVO: Facilitar la identificación y cuantificación de la exposición por límites de concentración, para hacer más preciso el cálculo de los excesos registrados.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Sociedades comisionistas de bolsa de valores que realicen operaciones por cuenta propia.

TRAMITE: Estados Financieros Entidades Vigiladas (35).

PERIODICIDAD: Desde el primer día de exceso en los límites de concentración y mientras dure.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: En la fecha del exceso.

FECHA DE REPORTE: Día siguiente en que se presente el exceso registrado.

DOCUMENTO TÉCNICO: SFC-DTP-001 Sistema Valoración de Portafolios TIPO Y NUMERO DEL INFORME: 6 área 4 – Exceso a limites de Concentración de Riesgo

MEDIO DE ENVÍO: RAS

DEPENDENCIA USUARIA: Delegatura para Intermediarios de Valores y Otros Agentes

INSTRUCTIVO ENCABEZADO Sociedad Comisionista Reportante: Identificación de la entidad vigilada que diligencia esta proforma. Con este fin indique el código del tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad, asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o sigla de la entidad.

Fecha Corte: Indique la fecha a la que corresponde la información que se está reportando, bajo el formato DD (día), MM (mes) y AAAA (año).

Nombre del Emisor o Grupo: Se debe registrar el nombre del emisor o del grupo de emisores relacionados entre sí, respecto del cual se realiza el reporte por presentar excesos a los límites establecidos.

Se debe diligenciar un formato por cada emisor o grupo con el cual se presenten excesos. GENERALIDADES La información contenida en este formato corresponde a los excesos a límites de concentración de riesgo de crédito que mantenga una sociedad comisionista miembro de una bolsa de valores respecto de un emisor individual o de un grupo de emisores relacionados entre sí. Considerando como situación de excesos a los límites cuando el valor acumulado de estos riesgos exceda los porcentajes definidos en relación con el valor de su patrimonio técnico. En este formato se relacionan los valores en pesos de las inversiones a precios de mercado. Los valores aquí consignados deberán reportarse en pesos con dos decimales. Sin excepción, los conceptos que no apliquen o no presenten movimientos o saldos, deberán reportarse en ceros. La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del Representante Legal y del revisor fiscal.

CUERPO DEL FORMATO: UNIDAD DE CAPTURA 01 – SALDO DEPÓSITOS: Subcuentas 005 y 010: Se reporta el saldo de las cuentas de ahorro y cuentas corrientes que posea y mantenga con el emisor o grupo de emisores. No se deben reportar las cuentas en bancos líderes. (literal D, parágrafo 1, artículo 2.2.1.17 de las Res. 400 de 1995)

Subcuenta 999: Total: Corresponde a la sumatoria de las subcuentas 005 y 010. Circular Externa 020 de 2009 Junio de 2009

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACION

PARTE VIII - PROFORMAS F.8000

Página 31 UNIDAD DE CAPTURA 02 – SALDO DEUDORES: Subcuenta 005 - Saldo Deudores: Se registra el saldo correspondiente a la cuenta de deudores que se posea y mantenga con el emisor o grupo de emisores. Subcuenta 010 – Saldo Exposición Neta Repos, Simultáneas y TTV: Se registra las exposiciones netas resultantes de operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores efectuadas con el emisor o grupo de emisores. Se entiende como exposición neta el monto que resulte de restar la posición deudora de la posición acreedora que ostenta la entidad en cada operación, siempre que este monto sea positivo. Para el cálculo de dichas posiciones deberán tenerse en cuenta, el valor de mercado de los títulos o valores cuya propiedad se transfirió y/o la suma de dinero entregada como parte de la operación así como los intereses o rendimientos causados asociados a la misma. Subcuenta 020 – Saldo Exposición Crediticia de Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados: Se registra el valor en pesos correspondiente a la suma de las exposiciones crediticias de las operaciones con instrumentos financieros derivados que hayan generado un exceso a los límites de concentración de riesgo de crédito. Esta exposición se calcula según lo establecido en el Anexo 4 del Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).

Subcuenta 999: Total: Corresponde a la sumatoria de las subcuentas 005, 010 y 020. UNIDAD DE CAPTURA 03 – OPERACIONES DE UNDERWRITING GARANTIZADO: Subcuenta 005 – Valor Total del Compromiso: Se registra el valor del compromiso adquirido por la sociedad comisionista de bolsa con el emisor individual o grupo objeto del reporte, correspondiente a la cuenta de deudores que se posea y mantenga con el emisor o grupo de emisores. Subcuenta 010 - Valor Colocado: Se registra el monto colocado por la sociedad comisionista de bolsa en desarrollo del contrato de underwriting. Subcuenta 015 - Valor Compromiso de Adquisición por Terceros: Se registra el valor total de los compromisos vigentes de adquisición por parte de terceros sobre la emisión objeto del contrato de underwriting. Subcuenta 020 - Riesgo neto: Se registra el valor resultante de restarle a la subcuenta 005 “Valor total del compromiso” asumido, el importe de los títulos o valores efectivamente colocados, registrados en la subcuenta 010 “Valor colocado” y el importe de los títulos o valores respecto de los cuales se haya suscrito o garantizado un compromiso de adquisición por terceros, mediante acuerdo debidamente formalizado, registrados en la subcuenta 015 “Valor compromiso de adquisición por terceros”. Subcuenta 025 – Porcentaje de Ponderación: Se relaciona, el porcentaje de ponderación respectivo de acuerdo con lo señalado en el literal d) del numeral 1 del artículo 2.2.1.17 de la Resolución 400 de 1995, así: Día hábil 0 0% Día hábil 1 0% Día hábil 2 10%

Día hábil 3 25% Día hábil 4 50% Día hábil 5 75% A partir del día hábil 6 el 100%. Subcuenta 030 - Valor a computar: Se registra el valor resultante de multiplicar la subcuenta 020 “Riesgo Neto” por la subcuenta 025 “Porcentaje de ponderación”. UNIDAD DE CAPTURA 04 – SALDO TITULOS O VALORES ADQUIRIDOS EN SUBASTA EN EL MERCADO PRIMARIO: Subcuenta 005 – Valor Total Adquirido: Se registra el valor adquirido por la participación en subastas en el mercado primario, de la sociedad comisionista de bolsa con el emisor individual o grupo objeto del reporte. Subcuenta 010 - Valor Colocado: Se registra el monto colocado por la sociedad comisionista de bolsa de los títulos adquiridos en subasta en el mercado primario Subcuenta 015 - Valor Compromiso de Adquisición por Terceros: Se registra el valor total de los compromisos de adquisición vigentes por parte de terceros sobre la emisión adquirida mediante subasta en el mercado primario. Subcuenta 020 - Riesgo neto: Se registra el valor resultante de restarle a la subcuenta 005 “Valor total Adquirido” el importe de los títulos o valores efectivamente colocados, registrados en la subcuenta 010 “Valor colocado” y el importe de los títulos o valores respecto de los cuales se haya suscrito un compromiso de adquisición por terceros, Circular Externa 020 de 2009 Junio de 2009

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ANEXO I - REMISION DE INFORMACION

PARTE VIII - PROFORMAS F.8000 mediante acuerdo debidamente formalizado, registrados en la subcuenta 015 “Valor compromiso de adquisición por terceros”. Página 32 Subcuenta 025 – Porcentaje de Ponderación: Se relaciona, el porcentaje de ponderación respectivo de acuerdo con lo señalado en el literal d) del numeral 1 del artículo 2.2.1.17 de la resolución 400 de 1995, así: Día hábil 0 0% Día hábil 1 0% Día hábil 2 10% Día hábil 3 25% Día hábil 4 50% Día hábil 5 75% A partir del día hábil 6 el 100%. Subcuenta 030 - Valor a computar: Se registra el valor resultante de multiplicar la subcuenta 020 “Riesgo Neto” por la subcuenta 025 “Porcentaje de ponderación”. UNIDAD DE CAPTURA 05 – POSICION NETA EN TITULOS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS: Subcuenta 005 - Posiciones largas - Tenencia actual de títulos de renta fija o renta variable: Se registra el valor correspondiente a la subcuenta 999 “Total”, columna 3, unidad de captura 01, del formato 376. Subcuenta 010 – Posiciones largas - Compromisos de compra a futuro: Se registra el valor correspondiente a la subcuenta 999 “Total”, columna 3, unidad de captura 02, del formato 376. Subcuenta 015 – Posiciones cortas - Compromisos de venta a futuro: Se registra el valor correspondiente a la subcuenta 999 “Total” columna 3, unidad de captura 03, del formato 376.

Subcuenta 020 – Posición Neta en Títulos: Se registra el valor correspondiente a las subcuentas 005 más 010 menos 015. UNIDAD DE CAPTURA 06 – CONCENTRACION POR OPERACIONES ACTIVAS EN REPOS, SIMULTÁNEAS Y DE TRANSFERENCIA TEMPORAL DE VALORES - TTV: Subcuenta 005 - Valor a precios de mercado de títulos recibido de la Nación o Banco de la República: Se registra el valor total a precios de mercado de los títulos recibidos como colateral por operaciones activas en repos, simultáneas y transferencia temporal de valores cuya contraparte sea la Nación o Banco de la República. Subcuenta 010 - Valor a computar Títulos Contraparte la Nación o Banco de la República: Se registra el valor resultante de multiplicar el valor a precios de mercado de la subcuenta 005 por el porcentaje de ponderación establecido según la contraparte, con la Nación o Banco de la República que es el 0%. Subcuenta 015 - Valor a precios de mercado de títulos recibidos de entidades diferentes a la Nación o Banco República: Se registra el valor total a precios de mercado de los títulos recibidos como colateral por operaciones activas en repos, simultáneas y transferencia temporal de valores cuya contraparte sean entidades diferentes a la Nación o el Banco de la República. Subcuenta 020 - Valor a computar Títulos contrapartes entidades diferentes a la Nación o el Banco de la República : Se registra el valor resultante de multiplicar el valor a precios de mercado de la subcuenta 015 por el porcentaje de ponderación establecido según la contraparte, con entidades diferentes a la Nación o el Banco de la República, que es

del 50%. Subcuenta 999 – Total: Se registra el valor correspondiente a la sumatoria de las subcuentas 005, 010, 015 y 020. UNIDAD DE CAPTURA 07 – NIVEL DE CONCENTRACION POR EMISOR O GRUPO DE EMISORES RELACIONADOS ENTRE SI: Subcuenta 005 - Total posiciones mantenidas con el emisor individual o grupo emisores: Se registra el valor resultante de sumar las subcuentas 999 de la unidad de captura 01, 999 de la unidad de captura 02, 030 de la unidad de captura 03, 030 de la unidad de captura 04, 999 de la unidad de captura 05 y 999 de la unidad de captura 06. Subcuenta 010 - Patrimonio técnico: Se registra el valor del patrimonio técnico calculado para el penúltimo mes calendario anterior al respectivo mes en que se haga el reporte del exceso. (Parágrafo 2, Artículo 2.2.1.17 de la resolución 400 de 1995). Subcuenta 015 - Porcentaje limite establecido vigente: Se registra el valor resultante de aplicar el porcentaje del limite vigente (Artículo 2.2.1.26 de la resolución 400 de 1995) al patrimonio técnico calculado para el penúltimo mes calendario anterior, al respectivo mes en que se haga el reporte del exceso. Circular Externa 020 de 2009 Junio de 2009

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ANEXO I - REMISION DE INFORMACION

PARTE VIII - PROFORMAS F.8000

Subcuenta 020 - Porcentaje de concentración: Se registra con dos decimales el valor (porcentual) resultante de dividir el

valor de la subcuenta 005 “Total posiciones mantenidas con el emisor individual o grupo emisores” entre el valor de la subcuenta 010 “Patrimonio técnico”. Circular Externa 020 de 2009 Junio de 2009

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