SFC - Anexo Circular Externa 20 de 2013
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 20 de 2013
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2013
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 13 PATRIMONIO TÉCNICO Y RELACIONES MÍNIMAS DE SOLVENCIA
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ANEXO 1
MECANISMOS PARA SOLICITAR LA APROBACIÓN DE LOS COMPROMISOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 2.1.1.1.13 DEL DECRETO 2555 DE 2010
De acuerdo con el artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010, las entidades de las que trata el presente Capítulo deben solicitar a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) la aprobación de los compromisos sobre las utilidades del ejercicio en curso y sobre las reservas ocasionales, es decir, los señalados en los literales a) y b) del citado artículo. Para el efecto, las entidades deben diligenciar y remitir a la SFC, de manera individual, los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud de aprobación de compromisos: Este documento debe ser diligenciado por las entidades cuando la respectiva Asamblea General de Accionistas u Órgano que haga sus veces, decida establecer, modificar o prorrogar los compromisos a los que se refieren los literales a) y b) del artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010.
2. Documento de compromiso: Este documento debe adjuntarse a la “Carta de solicitud de aprobación de compromisos”, indicando de manera puntual el (los) compromiso(s) que decida asumir.
Es necesario recordar que de conformidad con lo dispuesto en el referido Decreto 2555 de 2010, las entidades están
en libertad de decidir si establecen o no estos compromisos y, en tal sentido, señalar cuáles de ellos y en qué términos se van adoptar. En el evento en que la entidad decida no asumir los compromisos a los que se refieren los literales a) y b) del artículo 2.1.1.1.13 del citado Decreto, dicha situación debe ser igualmente informada a la SFC. En virtud de lo anterior, a continuación se presentan los modelos de comunicación que, en caso de realizarse el compromiso, las entidades deben emplear para solicitar la aprobación de los mismos. Toda solicitud debe ser enviada a la SFC con copia del extracto del acta de la Asamblea General de Accionistas u Órgano que haga sus veces, en la cual conste la manifestación de la aprobación de tales compromisos, a través del trámite 126 “Solvencia para establecimientos de crédito”. Anexo 1 – Mecanismos para solicitar la aprobación de los compromisos señalados en el artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010 Circular Externa 020 de 2013 Junio 2013
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 13 PATRIMONIO TÉCNICO Y RELACIONES MÍNIMAS DE SOLVENCIA
Página 2 Bogotá, DD de MM de AAAA. Doctor(a)
(NOMBRE DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO)
Superintendente Delegado para Intermediarios Financieros Superintendencia Financiera de Colombia Ciudad Estimado(a) doctor(a): En mi calidad de Representante Legal Principal de ( Nombre de la Entidad) me permito someter a aprobación de la
Superintendencia Financiera de Colombia, el documento con los compromisos señalados en los literales a) y b) del artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010. Para el efecto le informamos que, tal y como se establece en el documento que se adjunta, la Asamblea General de Accionistas u Órgano que haga sus veces, en reunión realizada el (DD/MM/AAA), decidió efectuar compromisos en relación con: La capitalización o incremento de la reserva legal en un porcentaje de las utilidades que se generen en el ejercicio en curso, al término del mismo. La definición de un periodo de permanencia mínima sobre las reservas ocasionales diferentes a la reserva fiscal a la que hace referencia el Decreto 2336 de 1995. La entidad debe indicar a qué tipo de compromiso se refiere señalándolo con una “X”. Cordial saludo, Nombre C.C
REPRESENTANTE LEGAL PRINCIPAL
(NOMBRE DE LA ENTIDAD)
(Nit Entidad) Anexo 1 – Mecanismos para solicitar la aprobación de los compromisos señalados en el artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010 Circular Externa 020 de 2013 Junio 2013
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 13 PATRIMONIO TÉCNICO Y RELACIONES MÍNIMAS DE SOLVENCIA
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DOCUMENTO DE COMPROMISOS ARTÍCULO 2.1.1.1.13 DEL DECRETO 2555 DE 2010
Bogotá, DD de MM de AAAA. Yo,___________________________________________________________ identificado con C.C ____________________ , en mi calidad de Representante Legal Principal de (Nombre de la entidad) y habiendo
sido designado por la Asamblea General de Accionistas u Órgano que haga sus veces para reportar los compromisos a que se refiere el artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010, me permito informar que en la reunión realizada por la mencionada Asamblea el (DD/MM/AAA), la cual consta en el acta número (Número del Acta), se establecieron los siguientes compromisos:
1. Capitalizar o incrementar la reserva legal en un valor equivalente al (X%) de las utilidades que se generen en el ejercicio en curso, al término del mismo.
2. Establecer la permanencia mínima de cinco (5) años1 contados a partir de la fecha, sobre las reservas ocasionales diferentes a la reserva fiscal a la que hace referencia el Decreto 2336 de 1995, para que éstas sean reconocidas como capital regulatorio una vez la Superintendencia lo apruebe.
Valor2 Destinación de la Reserva Ocasional Permanencia (años) (millones de pesos) Añadir más líneas en caso de ser necesario Manifiesto que el compromiso señalado en el numeral 1 del presente documento es irrevocable y estará vigente hasta la próxima reunión de la Asamblea General de Accionistas u Órgano que haga sus veces. De la misma forma, manifiesto que la Asamblea General de Accionistas u Órgano que haga sus veces es consciente de la seriedad de este compromiso y de sus efectos. En tal sentido este documento se firma en la ciudad de (Nombre Ciudad) a los (AA) días del mes de (MMMMMMM) de (AAAA). Nombre C.C
REPRESENTANTE LEGAL PRINCIPAL
(NOMBRE DE LA ENTIDAD)
(Nit Entidad)
1 En virtud de lo previsto en el artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010. En caso de que la entidad decida prorrogar o crear nuevos compromisos debe presentar la solicitud correspondiente a la SFC para su aprobación. 2 Se recuerda que la reservas ocasionales diferente a la reserva fiscal a la que hace referencia el Decreto 2336 de 1995, se reconocen en el Patrimonio Adicional hasta por un valor máximo equivalente al 10% del Patrimonio Técnico. Anexo 1 – Mecanismos para solicitar la aprobación de los compromisos señalados en el artículo 2.1.1.1.13 del Decreto 2555 de 2010 Circular Externa 020 de 2013 Junio 2013