SFC - Anexo Circular Externa 22 de 2007 (10)
Superintendencia Financiera
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 22 de 2007 (10)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA TEMA: Operaciones Sospechosas NOMBRE DE PROFORMA Reporte de Operaciones Sospechosas -ROSOBJETIVO: Reportar a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero UIAF las operaciones sospechosas.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la
SFC PERIODICIDAD: Permanente FECHA DE REPORTE: El mismo día en que se catalogue como operación sospechosa.
FECHA DE CORTE DE LA N.A.
INFORMACION:
MEDIO DE ENVÍO: Correo electrónico
ENTIDAD USUARIA: Unidad Administrativa Especial de Información y
Análisis Financiero – UIAF.
INSTRUCTIVO: En cumplimiento de lo dispuesto en el literal d) del numeral 2º. del artículo 102 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (modificado por el artículo 1º de la Ley 1121 de 2006) y el capítulo decimoprimero, título primero de la Circular Externa 007 de 1996 de esta Superintendencia, las entidades vigiladas deben reportar a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero, en adelante UIAF, aquellas operaciones determinadas como sospechosas, así como las intentadas o rechazadas que contengan características que les otorgue el carácter de sospechosas.
Para tal efecto deberán utilizar el software “ROS STAND ALONE“ desarrollado por la citada Unidad, disponible en forma gratuita con sus respectivas actualizaciones técnicas en la página www.uiaf.gov.co,
y teniendo en cuenta los siguientes aspectos: El archivo de reporte producido por el software, deberá ser remitido a la UIAF, vía correo electrónico al e-mail: ros@uiaf.gov.co, o a la Carrera 7 No. 31 – 10 Piso 6 (Edificio Davivienda) de la ciudad de Bogotá D.C., teléfono: 2 88 52 22, fax: 3 20 29 22. El reporte debe ser institucional y por lo tanto no se requiere que esté suscrito por funcionario alguno de la entidad. El reporte de operaciones sospechosas debe ser elaborado por todas las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la SFC, cuando se presente cualquier operación que por sus características particulares tenga la condición de sospechosa o aquellas intentadas o rechazadas que contengan características que les otorgue el carácter de sospechosas, según lo indicado en el mencionado artículo 102 del Estatuto modificado por el artículo 1 de la Ley 1121 de 2006 y el capítulo décimo primero del título primero de la Circular Externa 007 de 1996 de la SFC. Para el reporte de la información las entidades deben ajustarse a lo señalado en el presente instructivo, así como en el correspondiente formato.
Instrucciones Generales:
1. Diligencie el formato de reporte de operaciones sospechosas en su totalidad.
2. Los documentos de soporte que se hayan utilizado para detectar la operación sospechosa deben ser enviados mediante la opción de adjuntar archivos del software ROS STAND ALONE.
TITULO I – CAPITULO DECIMO PRIMERO – Anexo I Página 1
Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado
de activos y de la financiación del terrorismo Circular Externa 022 de 2007 Abril 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
3. Guarde una copia del reporte de la operación sospechosa.
Instrucciones Específicas: - Respecto a la Información del Reporte Numeral 1: Indique el número del reporte según la asignación que lleve internamente la entidad a este respecto.
Numeral 2: Indique la fecha del reporte en el orden: año, mes, día. Numeral 3: Seleccione la opción correspondiente según sea el tipo de reporte. Numeral 4: En caso de que sea una corrección o una adición, indique el número del reporte con respecto al cual se hace. - Información de la entidad reportante Numeral 5 al 9: Indique la información correspondiente para cada celda con respecto a la entidad que está reportando la operación sospechosa. Para el punto número 6, el tipo de institución debe indicarse en palabras (por ejemplo, Banco, Casa de Cambio, Sociedad Comisionista de Bolsa, Sociedad Comisionista de Productos Agropecuarios etc.). - Información de la(s) Persona(s) Implicada(s) en la Operación Sospechosa Numeral 10: Indique el nombre completo o la razón social de las personas implicadas en la operación sospechosa, según sea persona natural o jurídica respectivamente. Si hay más de una persona relacionada con la operación, se deberá repetir la sección II de este formulario por cada una de ellas. Numeral 11: Marque con una X la casilla correspondiente al tipo de documento de identificación de las personas implicadas en la operación, e indique el número de dicho documento (CC= Cédula de
Ciudadanía, TI= Tarjeta de Identidad, CE= Cédula de Extranjería, Pas = Pasaporte, NIT= Número de Identificación Tributario). Numerales 12 a 15: Indique la información correspondiente para cada celda con respecto a las personas implicadas en la operación sospechosa. Numeral 16: En caso de persona jurídica, indique la Cámara de Comercio en la cual está registrada. Numerales 17 a 21: Indique la información correspondiente para cada celda con respecto a las personas implicadas en la operación sospechosa. Numeral 22: El CIIU corresponde al Código Industrial Internacional Unificado. Si el CIIU no aplica en la actividad económica, coloque una línea. Numeral 23: Indique la fecha de vinculación a la institución de las personas implicadas. En caso de no existir algún tipo de vinculación permanente, coloque una línea. Numeral 24: Indique la relación de las personas con la entidad. Numeral 25: Indique si la relación de la entidad con las personas implicadas en la operación sospechosa aún se mantiene o si finalizó. En este último caso, especifique si fue por retiro voluntario, decisión de la institución o por suspensión, y la fecha en que ocurrió esto. Suspensión se refiere a cualquier retiro temporal exigido por la entidad, por ejemplo, en una sanción de este tipo realizada a algún empleado interno. Numeral 26: Indique el promedio de ingresos mensuales de las personas implicadas según la información más reciente que tenga la entidad a este respecto. - Respecto de la Operación Sospechosa Numeral 27: Indique el monto total de la operación sospechosa en conjunto.
Numeral 28: Indique el tipo de transacción según sea nacional o internacional. Numeral 29: Indique el lapso de tiempo en el cual se presentó la operación sospechosa. En caso de que la operación conste de una sola transacción, la fecha de inicio debe ser igual a la fecha de finalización.
TITULO I – CAPITULO DECIMO PRIMERO – Anexo I Página 2
Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo Circular Externa 022 de 2007 Abril 2007 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Numeral 30: Indique con una X el tipo de productos o servicios en la operación. Además, en el segundo cuadro relacione los números de identificación de cada producto o servicio específico (donde aplique), utilizando la numeración del primer cuadro para indicar el tipo, por ejemplo: - Número del tipo de Producto o Servicio según el cuadro 1. - Número de identificación de cada producto o servicio específico. Numeral 31: Mencione características de los productos implicados, por ejemplo: En el caso anterior de las tres cuentas corrientes, dos de ahorros y un CDT, el tercer cuadro se diligenciaría así: Se agrupan los productos y se diligencian los datos correspondientes a cada uno según sus características propias. Para efectos del reporte, las características sugeridas en cada producto o servicio financiero son: TITULO I – CAPITULO DECIMO PRIMERO – Anexo I Página 3 Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo Circular Externa 022 de 2007 Abril 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Numerales 32 y 33: Diligencie según las indicaciones suministradas.
TITULO I – CAPITULO DECIMO PRIMERO – Anexo I Página 4
Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo Circular Externa 022 de 2007 Abril 2007