SFC - Anexo Circular Externa 24 de 2009
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 24 de 2009
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2009
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA TEMA: Reserva Matemática para los productos de seguros que generan el pago de una pensión.
NOMBRE DE PROFORMA: Cálculo de la reserva matemática para los ramos de seguros que generan el pago de una pensión o renta.
NÚMERO DE LA PROFORMA: F.3000-74
NÚMERO DEL FORMATO: 394
OBJETIVO: Recibir información de la valoración de la reserva matemática de ramos de seguros cuyos productos generan el pago de una pensión o renta, tales como Riesgos profesionales, Pensiones Ley 100, Pensiones Voluntarias y Pensiones con Conmutación, para su seguimiento, revisión, análisis y aprobación del cálculo actuarial en las diferentes modalidades.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Compañías de seguros de vida y Sociedades cooperativas de seguros.
PERIODICIDAD: Trimestral.
TRÁMITE: 30 Estados Financieros Intermedios FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: Último día del trimestre.
FECHA DE REPORTE: Dentro del término establecido para el reporte de estados financieros.
DOCUMENTO TÉCNICO: SB DS 007.
TIPO Y NUMERO DEL INFORME: 7 Ärea 9 - Cálculo Reserva Matemática
MEDIO DE ENVÍO: RAS.
DEPENDENCIA USUARIA: Dirección de Riesgos Técnicos de Seguros
INSTRUCTIVO Generalidades El formato debe ser diligenciado por cada afiliado o asegurado, pensionado o rentista, que este recibiendo una mesada pensional o que haya generado para sus beneficiarios una pensión o renta; cuando un afiliado o asegurado,
pensionado o rentista este recibiendo más de una mesada pensional o haya generado para sus beneficiarios más de una pensión o renta deberá registrarse en una subcuenta diferente cada una de las rentas. Cuando se trate de campos cuyo valor es porcentaje, se deben expresar con dos decimales, ejemplo: si el IPC del año 2004 es 5.50, se debe registrar 5.50. Los montos de las reservas deben expresarse siempre en pesos colombianos. La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del Representante Legal y del Actuario o persona responsable de la información. Mientras las entidades dentro de un plazo prudente puedan informar el detalle de los valores de reservas, en la columna 38 identificada como “Total” se puede registrar el único valor de reserva que se tenga. Encabezado Tipo y código de entidad: registre el tipo y código de la entidad que reporta asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Nombre de entidad: diligencie el nombre o razón social de la entidad, seguido de sus siglas si las hay.
Fecha de corte: registre la fecha de corte de la información, bajo el formato día (DD), mes (MM) y año (AAAA).
Cuerpo del formato. Unidad de captura 1: Se debe reportar la información relacionada con el afiliado o asegurado, pensionado o rentista. En ella también se registra la información de los beneficiarios perteneciente a hijos inválidos, hijo menor, cónyuge/compañera o padres y compañera < de 30 años sin hijos con derecho a renta temporal; se diligencia si aplica, identificando cada beneficiario con su respectivo parentesco. En el caso de varios hijos, solo se requiere diligenciar el de menor edad y los hijos mayores de 18 años hasta los 25,
que mantienen derechos por ser estudiantes. En el caso de varios hijos inválidos, solo se requiere igualmente diligenciar el de menor edad. Unidad de captura 2: Se debe reportar la suma de las reservas, correspondientes a las columnas 33 a la 41. Columna Nombre Descripción Información de póliza y siniestro 1 Ramo Registre el código del ramo al cual pertenece la reserva de conformidad con el capítulo segundo del título VI de la Circular Externa 007 de 1996 : 39 = Riesgos Profesionales, 40 = Pensiones Título VI – Anexo 55 Página 1 Cálculo de la reserva matemática para los ramos de seguros que generan el pago de una pensión o renta Circular Externa 024 de 2009 Julio de 2009 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Ley 100, 41 = Pensiones voluntarias, 42 = Pensiones con conmutación. Celda obligatoria. Título VI – Anexo 55 Página 2 Cálculo de la reserva matemática para los ramos de seguros que generan el pago de una pensión o renta Circular Externa 024 de 2009 Julio de 2009