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SFC - Anexo Circular Externa 25 de 2019 (4)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 25 de 2019 (4)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2019

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA INSTRUCTIVO ANEXO 59: OTROS INSTRUMENTOS COMPUTABLES PARA INVERSIONES DE LAS RESERVAS TEMA: Control de límites de inversión NOMBRE DE PROFORMA: Otros instrumentos computables para inversiones de las reservas.

NUMERO DE PROFORMA: F.3000-78

NUMERO DE FORMATO: 482

OBJETIVO: Disponer de información permanente y actualizada sobre los valores computables como inversión de las reservas técnicas de seguros y de capitalización que no corresponden al portafolio de inversiones.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Compañías de seguros generales, de vida, cooperativas de seguros y sociedades de capitalización.

PERIODICIDAD: Diaria FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Diaria FECHA DE REPORTE: Hasta el segundo día hábil siguiente a la fecha de corte. Se recibirá hasta las doce de la noche (12:00 P.M.)

DOCUMENTO TECNICO: SFC-DTP-001

TIPO Y NUMERO DEL INFORME: 4 Área 4 Inversiones de las reservas

MEDIO DE ENVÍO: WEB

DEPENDENCIA RESPONSABLE: Delegatura para Seguros

INSTRUCTIVO Generalidades La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del representante legal de la entidad o por parte de quien cumpla dichas funciones, de acuerdo con la ley, el reglamento o el contrato. Todos los valores consignados deben reportarse alineados a la derecha del campo del valor del registro tipo -5. Los datos reportados en las columnas 1 a 6 y 8 a 13 se deben expresar sin decimales y en la columna 7 se debe

expresar el monto con seis (6) decimales. El término “moneda legal” empleado en el presente instructivo, debe entenderse como “pesos colombianos”. Por cada unidad de captura (Ramo), se debe reportar la información ordenada por código de instrumento. Para el diligenciamiento de las columnas 2, 3, 4 y 5 se debe tener en cuenta el código de instrumento, así:  Códigos de instrumento 3, 4, 7 y 8: No se reportan las columnas 2, 3, 4 y 5.  Códigos de instrumento 2: No se reportan las columnas 4 y 5.  Código de instrumento 5 y 6: No se reportan las columnas 2 y 3. El registro tipo 3 se debe diligenciar en cero si el reporte corresponde al portafolio de la entidad; si corresponde al portafolio de un patrimonio o fideicomiso se debe diligenciar de acuerdo con lo establecido en el documento técnico. Las subcuentas o renglones y columnas que no tengan valor o no apliquen, no se deben reportar en el archivo, a menos que el instructivo indique que se reporten en cero o con otro valor. La subcuenta 9999 corresponde a la sumatoria de la subcuenta 001 hasta la 9998 para cada una de las unidades de captura.

Encabezado Entidad: Registre el tipo y código de la entidad, asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o razón social de la entidad vigilada que reporta.

Fecha de corte: Registre la fecha de corte de la información bajo el formato DD (día), MM (mes), AAAA (año).

Cuerpo del formato En este formato se deben reportar, por ramo, las inversiones que respaldan las reservas técnicas en activos

contemplados en el Decreto 2555 de 2010, detallados en el siguiente cuadro: Código Código Clase de instrumento cuenta NO CATALOGO Catálogo asociado 1 Eliminado Depósitos en cuentas corrientes y cuentas de ahorro en entidades nacionales (se 1115 2 deben tener en cuenta los descubiertos en cuenta corriente). 243510 Prestamos con garantía en las pólizas de seguros de vida (excepto préstamos con 3 1420 garantía en las pólizas de seguros de pensiones).

PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 59 PÁGINA 1

Circular Externa 025 de 2019 Octubre de 2019 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Préstamos con garantía en los títulos de capitalización hasta por su valor de 4 1405 rescate (aplica sólo a sociedades de capitalización). Depósitos a la vista realizados en filiales del exterior de establecimientos de crédito 5 colombianos, localizados en países cuya deuda soberana presente grado de 1115 inversión. Depósitos a la vista en entidades bancarias del exterior, localizados en países 6 1115 cuya deuda soberana presente grado de inversión. 7 Bienes raíces productivos localizados en el territorio Colombiano 1827 8 Primas por recaudar 1684 Corresponde a los activos permitidos por la SFC. Para efectos de establecer los límites de inversiones se sumarán los activos reportados en este formato con las inversiones reportadas en el Formato 351 - Composición del portafolio de inversiones.

Unidades de Captura: 01 Ramo 005 Riesgos Laborales 02 Ramo 010 Pensiones ley 03 Ramo 015 Previsionales de invalidez y sobrevivencia 04 Ramo 020 Pensiones con conmutación pensional 05 Ramo 025 Pensiones Voluntarias 06 Ramo 030 Educativo 07 Ramo 035 Enfermedades de alto costo 08 Ramo 040 Accidentes personales 09 Ramo 045 Vida grupo 10 Ramo 050 Vida individual 11 Ramo 055 Salud 12 ELIMINADA 13 Ramo 065 SOAT 14 Ramo 070 Automóviles 15 Ramo 075 Terremoto 16 Ramo 080 Incendio 17 Ramo 085 Cumplimiento

18 Ramo 090 Responsabilidad Civil 19 Ramo 095 Todo Riesgo Contratista 20 Ramo 100 Seguro de Crédito a la Exportación 21 ELIMINADA 22 Ramo 110 Sociedades de Capitalización 23 Total Ramos 24 Ramo 115 BEPS 25 Ramo 120 Rentas voluntarias 26 Ramo 125 Colectivo vida 27 Ramo 130 Exequias 28 Ramo 135 Transporte 29 Ramo 140 Sustracción 30 Ramo 145 Corriente débil 31 Ramo 150 Manejo 32 Ramo 155 Lucro cesante 33 Ramo 160 Montaje y rotura de maquinaria 34 Ramo 165 Aviación 35 Ramo 170 Navegación y casco 36 Ramo 175 Minas y petróleos 37 Ramo 180 Vidrios 38 Ramo 185 Crédito comercial 39 Ramo 190 Agropecuario 40 Ramo 195 Desempleo 41 Ramo 200 Hogar 42 Ramo 205 Decenal

Columnas: Columna Nombre Concepto 1 Instrumento Registre el código del instrumento que computa, de

acuerdo con lo establecido en las generalidades del presente instructivo (Alfanumérico). 2 Tipo de entidad Registre el código del tipo de entidad asignado por la SFC en donde se encuentran los depósitos de ahorro o las cuentas corrientes.

(Numérico) PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 59 PÁGINA 2

Circular Externa 025 de 2019 Octubre de 2019

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Columna Nombre Concepto 3 Código de entidad Registre el código del establecimiento de crédito asignado por la SFC en donde se encuentran realizados los depósitos de ahorro o las cuentas corrientes. (Numérico) 4 NIT Registre el NIT o número de identificación de la entidad del exterior, incluya el dígito de verificación si aplica, en caso contrario reporte el NIT y la letra “N”. (Alfanumérico). 5 Razón social de la entidad Registre el nombre de la entidad del exterior en donde se encuentran realizados los depósitos de ahorro o la cuenta corriente (Alfanumérico). 6 Moneda Registre el código de la moneda en la cual se encuentra efectuado el depósito, préstamo en garantía o los saldos disponibles en caja. La codificación puede ser consultada en nuestra página web http://www.superfinanciera.gov.co (Alfanumérico) 7 Monto en moneda legal Registre el monto en moneda legal de los saldos disponibles en caja, de los depósitos en cuentas corrientes y cuentas de ahorro, tanto nacionales como en

filiales del exterior o en establecimientos bancarios del exterior, de los prestamos con garantía en las pólizas de seguros de vida o en títulos de capitalización, así como las inversiones en bienes raíces productivos; que la entidad ha establecido como computables del portafolio que respalda las inversiones de las reservas técnicas. (Numérico) 8 Calificación de la deuda soberana Registre el código de calificación para emisiones de largo plazo, que corresponde a la calificación que se le haya otorgado al país en el cual se encuentran realizados los depósitos en cuenta corriente o de ahorro. La codificación puede ser consultada en nuestra página web www.superfinanciera.gov.co (Alfanumérico) 9 Calificadora de deuda soberana Registre el código de la calificadora. La codificación puede ser consultada en nuestra página web http://www.superfinanciera.gov.co (Alfanumérico) 10 Vinculación con entidad (aseguradora o Registre: 0 = no aplica, 1 = si en la entidad en la cual se la sociedad de capitalización) encuentran realizados los depósitos en cuenta corriente o de ahorros, tanto nacionales como extranjeras y filiales en el extranjero de establecimientos de crédito nacional, o la persona natural o jurídica a la cual se le haya realizado un préstamo con garantía en pólizas de seguros de vida o títulos de capitalización, tiene relación de vinculación con la aseguradora o capitalizadora, en los términos del artículo 6o del Decreto 2779 de 2001, 2= si no existe vinculación. (Numérico) 11 Calificación del establecimiento de Registre la calificación otorgada por una sociedad

crédito calificadora debidamente autorizada al establecimiento de crédito en el cual se tienen los depósitos en cuenta corriente o de ahorros, tanto nacionales como extranjeros. La codificación puede ser consultada en nuestra página web www.superfinanciera.gov.co (Alfanumérico) 12 Calificadora del establecimiento de Registre el código de la calificadora del establecimiento crédito de crédito. La codificación puede ser consultada en nuestra página web www.superfinanciera.gov.co

(Alfanumérico) PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 59 PÁGINA 3

Circular Externa 025 de 2019 Octubre de 2019

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Columna Nombre Concepto 13 Vinculación entre los establecimientos de Si el emisor del título que se reporta tiene relación de crédito vinculación con otros emisores de títulos que conforman el portafolio, que respaldan las reservas técnicas de la entidad, para cada relación de vinculación asígnele un mismo número mayor a 2 (de tres dígitos), el cual debe ser igual al registrado en la columna 63 del formato 351. Si no existe relación de vinculación entre emisores registre 2.

(Numérico) PARTE II - TÍTULO IV – INSTRUCTIVO ANEXO 59 PÁGINA 4

Circular Externa 025 de 2019 Octubre de 2019

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