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SFC - Anexo Circular Externa 25 de 2020 (8)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 25 de 2020 (8)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2020

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

CAPITULO XXIII REGLAS RELATIVAS A LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO OPERACIONAL

Página 1

ANEXO II DETERMINACIÓN DEL FACTOR DE PONDERACIÓN PARA EL CÁLCULO DEL VALOR DE LA

EXPOSICIÓN POR RIESGO OPERACIONAL DE LAS SOCIEDADES FIDUCIARIAS, SOCIEDADES

ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS, SOCIEDADES COMISIONISTAS DE

BOLSA DE VALORES, SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE INVERSIÓN Y ENTIDADES

ASEGURADORAS

1. Consideraciones generales En el presente Anexo se determina el factor de ponderación para el cálculo del valor de la exposición por riesgo operacional de las sociedades fiduciarias, las sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las sociedades administradoras de inversión y las entidades aseguradoras, en virtud de lo establecido en el Decreto 415 de 2018, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el patrimonio adecuado de dichas entidades.

Los artículos 2.5.3.1.8., 2.6.1.1.7., 2.9.1.1.13. y 2.31.1.2.5. del referido Decreto 2555 de 2010 establecen el 16% como factor de ponderación para el cálculo del valor de la exposición por riesgo operacional, y señalan la posibilidad de disminuir este factor de manera diferencial hasta un 12%, conforme a los criterios que de

manera específica determine la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). Con el propósito de establecer los mencionados criterios, esta Superintendencia diseñó la “Autoevaluación para Determinar el Factor de Ponderación para el Cálculo del Valor de la Exposición por Riesgo Operacional”, que debe ser aprobada por el Comité de Auditoría Interna de las entidades y que forma parte del presente Anexo. El factor de ponderación obtenido en la Autoevaluación debe ser utilizado para la determinación del valor de la exposición por riesgo operacional a la que se refiere el Decreto 2555 de 2010 y, en consecuencia, para la determinación de la relación de solvencia. El cálculo de la relación de solvencia y la “Autoevaluación para Determinar el Factor de Ponderación para el Cálculo del Valor de la Exposición por Riesgo Operacional” deben estar a disposición de la SFC cuando esta lo requiera. Para el correcto diligenciamiento de la mencionada Autoevaluación, las entidades deben atender lo dispuesto en el correspondiente instructivo que forma parte del contenido del archivo “Autoevaluación” adjunto al presente Anexo.

Anexo II: Determinación del factor de ponderación para el cálculo del valor de la exposición por riesgo operacional de las sociedades fiduciarias, sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, sociedades comisionistas de bolsa de valores, sociedades administradoras de inversión y entidades aseguradoras Circular Externa 025 de 2020 Julio de 2020

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