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SFC - Anexo Circular Externa 26 de 2017

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 26 de 2017
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2017

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 6.2.45. No informar al consumidor financiero las razones objetivas por las cuales se le niega la aprobación de un crédito. 6.2.46. Bloquear la adquisición de nuevos productos por el incumplimiento en las obligaciones derivadas de productos previamente adquiridos sin haberle informado previamente al consumidor financiero. 6.2.47. Realizar el abono en cuenta de las operaciones realizadas en horario adicional el día hábil siguiente, cuando estas se han realizado en efectivo en la misma entidad, por internet y/o a través del débito automático del dinero depositado por el consumidor financiero en cuentas de la misma entidad financiera. 6.2.48. Disminuir o aumentar el monto del crédito vigente, sin que exista un análisis previo de riesgos, ni se informe de manera previa y expresa al consumidor financiero. 6.2.49. Obligar al consumidor financiero a certificar que se encuentra en un computador seguro. 6.2.50. Vincular a los consumidores financieros a productos respecto de los cuales no son destinatarios. 6.2.51. Todas aquellas conductas que contravengan los supuestos establecidos como cláusulas abusivas en la ley o en las circulares de esta superintendencia que impartan instrucciones sobre la materia. 6.2.52. Trasladar costos al deudor que resulten de la gestión para la modificación de créditos conforme a las disposiciones contenidas en los subnumerales 1.3.2.3.2.1. del Capítulo II de la CBCF.

PARTE I - TÍTULO III – CAPÍTULO I

PÁGINA 35

Circular Externa 026 de 2017 Septiembre de 2017

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