SFC - Anexo Circular Externa 3 de 2011
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 3 de 2011
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2011
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 003 DE 2011 ( Febrero 03 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISOR FISCAL DE LA CAJA DE AUXILIOS
Y DE PRESTACIONES DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE AVIADORES
CIVILES ACDAC “CAXDAC”.
Referencia: Creación, modificación y eliminación de cuentas y subcuentas del Plan Único de Cuentas (PUC) contenido en la Resolución 2656 de 1995 para los fondos de pensiones administrados por la Caja de Auxilios y de
Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles Acdac
“CAXDAC”.
Apreciados señores: Teniendo en cuenta que de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º del Decreto 2955 de 2010, el régimen de inversión aplicable para “CAXDAC” es el mismo establecido para el Fondo Moderado en los términos del Decreto 2555 de 2010 y para los efectos de lo dispuesto en el parágrafo transitorio 2º del artículo 1 del Acto Legislativo 01 de 2005, este Despacho en uso de sus facultades considera necesario impartir las siguientes instrucciones: Primera: Ajustar el Plan Único de Cuentas para los fondos de pensiones administrados por la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles Acdac “CAXDAC” contenido en la Resolución 2656 de 1995 y reflejar en el mismo los parámetros de inversión definidos en las disposiciones precitadas y en lo dispuesto en el Acto Legislativo 01 de 2005.
Segunda: Establecer los días 3, 4 y 5 de mayo de 2011 como periodo de pruebas para la transmisión de la información de que trata la presente circular, con corte a marzo 31 de 2011.
Tercera: La primera transmisión oficial de la información a que se refiere esta circular, se realizará con los estados financieros con corte al 31 de mayo de 2011.
Cuarta: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Plan Único de Cuentas para Fondos de Pensiones Administrados por la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles “Caxdac” contenido en la Resolución 2656 de 1995.
No obstante, mientras se realiza la primera transmisión oficial de que trata la instrucción tercera, la entidad deberá enviar la información sin tener en cuenta las modificaciones introducidas en la presente circular. Se adjuntan las páginas respectivas a nivel de catálogo y las dinámicas. Cordialmente,
GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia 050000