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SFC - Anexo Circular Externa 3 de 2024 Proformas (1)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 3 de 2024 Proformas (1)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISIÓN DE INFORMACIÓN

PARTE I - PROFORMAS F.0000

Página 646

TEMA: Grandes Exposiciones y Cupos Individuales de Crédito

NOMBRE DE PROFORMA: Conformación de Grupos Conectados de Contrapartes

NÚMERO DE PROFORMA: F.0000-175

NÚMERO DE FORMATO: 433

OBJETIVO: Verificar el cumplimento por parte de las entidades destinatarias de las normas aplicables a las grandes exposiciones y los límites a los cupos individuales de crédito, de conformidad con lo previsto en el Decreto 1533 de 2022 y el Capítulo XIII-18 de la Circular Básica Contable y

Financiera (“CBCF”).

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades vigiladas por la Superintendencia a las que sea aplicable el

Capítulo XIII-18 de la CBCF.

PERIODICIDAD: Conformación de Grupo Conectado de Contrapartes – Mensual Conformación de Grupo Conectado de Contrapartes – Trimestral FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: Corte de los estados financieros individuales y consolidados.

FECHA DE REPORTE: Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al término establecido para el reporte de los estados financieros individuales y consolidados.

DOCUMENTO TÉCNICO: A-DT-GTI-011

TIPO Y NUMERO DEL INFORME: Reporte mensual: 18 – Área 4 – Grandes exposiciones Individual Reporte trimestral: 19 – Área 4 – Grandes exposiciones Consolidado Reporte mensual: 20 – Área 4 – Cupos individuales de crédito Individual Reporte trimestral: 21 – Área 4 – Cupos individuales de crédito

Consolidado Individuales de Crédito

MEDIO DE ENVÍO: WEB

DEPENDENCIA RESPONSABLE: Delegatura para Riesgo de Crédito y Contraparte

DEPENDENCIAS USUARIAS: Delegatura para Conglomerados Financieros

Delegatura para Intermediarios Financieros Delegatura para Intermediarios de Valores Delegatura para Emisores Delegatura para Fiduciarias Delegatura para Seguros Delegatura para Pensiones Delegatura para Riesgo de Mercado y Liquidez Dirección de Investigación, Innovación y Desarrollo

INSTRUCTIVO GENERALIDADES: La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del representante legal de la entidad o de quien cumpla esas funciones.

La presente proforma debe ser remitida en el tipo y código de reporte respectivo según el tipo de industria y su régimen aplicable (grandes exposiciones o cupos individuales de crédito). La información se debe reportar atendiendo las instrucciones establecidas en el Capítulo XIII-18 de la CBCF, así como en la presente proforma. Se deben diligenciar tantas subcuentas como grupos conectados de contrapartes e integrantes de cada grupo conectado con los cuales se tengan exposiciones en los términos del Capítulo XIII-18 de la CBCF.

ENCABEZADO: Entidad: corresponde a la identificación de la entidad vigilada que reporta esta proforma. Se debe indicar el tipo de entidad al que pertenece, el código asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o razón social de la entidad.

Fecha de corte: se debe registrar la fecha de corte de la información reportada, bajo el formato DD (día), MM (mes) y

AAAA (año).

CUERPO DEL FORMATO: UNIDAD DE CAPTURA Unidad de captura 01: se debe reportar la información relacionada con los integrantes de los grupos conectados de contrapartes con quienes se tienen grandes exposiciones y cupos individuales de crédito y exposiciones reportadas en Circular Externa 003 de 2024 Febrero de 2024

Proforma F.0000-175 (Formato 433)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISIÓN DE INFORMACIÓN PARTE I - PROFORMAS F.0000 las proformas F.1000-152 - Control de Ley - Grandes exposiciones y concentración de riesgos o F.0000-173 - Control de Ley – Cupos individuales de crédito, según el caso. Página 647 COLUMNAS Columna 01 – Código interno del Grupo Conectado de Contrapartes: corresponde al código interno asignado por cada entidad a cada uno de los grupos conectados de contrapartes cuyas exposiciones fueron reportadas en las proformas F.1000-152 - Control de Ley - Grandes exposiciones y concentración de riesgos o F.0000-173 - Control de Ley – Cupos individuales de crédito, según el caso. Este código debe coincidir con el código reportado en la columna 08 (Código Interno de Grupo Conectado de Contrapartes) de las proformas F.1000-152 - Control de Ley - Grandes exposiciones y concentración de riesgos, o F.0000-173 - Control de Ley – Cupos individuales de crédito, según el caso y debe ser el único identificador que permita distinguir los distintos Grupos Conectados de Contrapartes, razón por la cual no puede ser cambiado ni reutilizado una vez haya sido asignado. Cada entidad debe generar un código

interno de la siguiente forma: TTECCCNNNNNN donde: TTE: Corresponde al Tipo de entidad reportante CCC: Corresponde al Código de la entidad reportante NNNNNN: Corresponde al Código consecutivo asignado por la entidad reportante. Columna 02 – Nombre interno del Grupo Conectado de Contrapartes: Se debe registrar el nombre del Grupo Conectado de Contrapartes asignado por la entidad reportante a cada grupo. Esta columna es de carácter alfanumérico. Columna 03 – Indicador de participación: Se debe indicar el tipo de participación que tiene el integrante dentro de su Grupo Conectado de Contrapartes, de acuerdo con la codificación prevista en la Tabla Grandes Exposiciones y Cupos Individuales de crédito – hoja Indicador de participación, publicada en la sección Industrias Supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Tablas anexas para el reporte de información / Tabla Grandes Exposiciones y Cupos Individuales de crédito – hoja Indicador de participación, de la página web de esta Superintendencia. Columna 04 – Tipo de identificación del integrante del Grupo Conectado de Contrapartes: Se debe indicar el tipo de identificación del integrante del Grupo Conectado de Contrapartes, de acuerdo con la codificación de tipo de identificación publicada en la sección Industrias Supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Tablas anexas para el reporte de información / Tabla tipo de identificación, de la página web de esta Superintendencia. Columna 05 – Número de identificación del integrante del Grupo Conectado de Contrapartes: para el caso de

los integrantes residentes o con domicilio principal en Colombia, se debe registrar el número de identificación asignado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o la entidad que corresponda. Cuando el tipo de identificación corresponda a un NIT, se debe reportar el número sin dígito de verificación. Si el integrante es del exterior y no posee identificación en Colombia, registre el número, código o clave de identificación fiscal tributaria asignada en el país de residencia o domicilio. Si no se tiene el código o clave de identificación tributaria mencionado anteriormente, se deberá registrar el código interno que utilice o asigne la entidad para su identificación y en la columna 4 (Tipo de identificación) registre el código correspondiente a Sociedad extranjera sin NIT en Colombia. Si el integrante es un fideicomiso, fondo de inversión colectiva, fondo de capital privado o patrimonio autónomo local, el número de identificación se debe diligenciar de la siguiente forma: TTCCCTCCCCCC donde: TT: Corresponde al Tipo de entidad administradora del vehículo respectivo, según lo señalado por la SFC.

CCC: Corresponde al Código de la entidad administradora del vehículo, según lo señalado por la SFC.

T: Corresponde al Tipo de vehículo inscrito en el módulo de registro de negocios de la SFC, por la entidad administradora del vehículo, según el numeral 3 de la Parte I del Título IV del Capítulo VI de la Circular Básica Jurídica de la SFC.

CCCCCC: Corresponde al Código del vehículo respectivo inscrito en el módulo de registro de negocios de la SFC, por la entidad administradora del vehículo.

Columna 06 – Razón social del integrante del Grupo Conectado de Contrapartes: Se debe registrar el nombre

completo o la razón social del integrante del Grupo Conectado de Contrapartes reportado para la respectiva subcuenta. Circular Externa 003 de 2024 Febrero de 2024 Proforma F.0000-175 (Formato 433)

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