SFC - Anexo Circular Externa 30 de 2017 (1)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 30 de 2017 (1)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2017
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA 6.1.4.2.13.2.7. En el evento que el negocio posea un interventor, se debe incluir un resumen de las conclusiones realizadas por Øl en sus informes. En el caso de los negocios fiduciarios de tesorer(cid:237)a s(cid:243)lo debe suministrarse la informaci(cid:243)n seæalada en el subnumeral 6.1.4.2.13.2.1 y para los negocios de preventa no aplica la informaci(cid:243)n seæalada en los subnumerales 6.1.4.2.13.2.5, 6.1.4.2.13.2.6 y 6.1.4.2.13.2.7. En aquellos eventos en que el negocio de administraci(cid:243)n y pagos no contemple la etapa de preventa del proyecto, no se debe incluir lo establecido en el subnumeral 6.1.4.2.13.2.2. Para el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente subnumeral, la sociedad fiduciaria debe basarse en los soportes y documentos que sean suministrados por el fideicomitente, constructor, promotor, interventor o aquella persona a cargo del proyecto. 6.1.4.2.13.4. En aquellos negocios fiduciarios en los que se tengan registrados crØditos a cargo o por cuenta del negocio, as(cid:237) como garant(cid:237)as otorgadas por el mismo, debe informase ademÆs lo siguiente: 6.1.4.2.13.4.1. Tipo de crØdito contratado. 6.1.4.2.13.4.2. Tipo de garant(cid:237)as otorgadas.
6.1.4.2.13.4.3. La relaci(cid:243)n de beneficiarios en la que conste el valor de los crØditos de cada uno y las condiciones de los mismos (plazo, interØs pactado, modalidad de pago, etc.) 6.1.4.2.13.4.4. Informe sobre el estado de cada una de las obligaciones registradas incluyendo el monto de provisiones resultantes del proceso de evaluaci(cid:243)n del riesgo de crØdito. 6.1.4.2.13.5. En los negocios fiduciarios en que se realicen pagos, giros o abonos en cuenta por cuenta o cargo del mismo, debe realizarse un informe adicional que contengan los siguientes aspectos: 6.1.4.2.13.5.1. Fuentes y usos de los recursos. 6.1.4.2.13.5.2. Nœmero de pagos, giros o abonos en cuenta realizados durante el per(cid:237)odo. 6.1.4.2.13.5.3. Mecanismos utilizados para efectuar los pagos. 6.1.4.2.13.6 En los negocios fiduciarios a travØs de los cuales se comercializan participaciones la rendici(cid:243)n de cuentas contendrÆ adicionalmente lo siguiente: 6.1.4.2.13.6.1. El responsable de cada una de las etapas o fases del proyecto y de la operaci(cid:243)n del mismo. 6.1.4.2.13.6.2. El alcance de las funciones y actividades que realiza la sociedad fiduciaria. 6.1.4.2.13.6.3. El estado actual de las condiciones necesarias para iniciar las diferentes etapas del proyecto, de acuerdo al
informe del promotor, constructor, operador o interventor. 6.1.4.2.13.6 .4. La indicaci(cid:243)n del grado de avance del proyecto. 6.1.4.2.13.6 .5. Un reporte sobre hechos relevantes que afecten el proyecto y las actividades llevadas a cabo frente a los mismos. 6.1.4.2.13.6.6. Informaci(cid:243)n relevante de la etapa en la que se encuentre el proyecto. 6.1.4.2.13.6.7. Informe sobre el estado del activo subyacente. 6.1.4.2.13.6.8. Informe de resultados de la operaci(cid:243)n y la gesti(cid:243)n en la distribuci(cid:243)n de excedentes. Para el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente subnumeral, la sociedad fiduciaria debe basarse en los soportes y documentos que sean suministrados por el fideicomitente, constructor, promotor, interventor, operador o responsable del negocio. 6.1.4.3. La rendici(cid:243)n de cuentas debe ir acompaæada de la informaci(cid:243)n financiera del CatÆlogo (cid:218)nico con Fines de Supervisi(cid:243)n del negocio, con la informaci(cid:243)n m(cid:237)nima que permita identificar el estado de los activos, de los ingresos, de los gastos y acreencias del fideicomiso, ademÆs de un estado de cuenta que refleje el comportamiento financiero de las inversiones efectuadas con base en las instrucciones impartidas por el fideicomitente. Considerando que la fecha de
rendici(cid:243)n de cuentas no necesariamente coincide con el final del per(cid:237)odo de preparaci(cid:243)n de los estados financieros, Østos deberÆn hacer parte de la rendici(cid:243)n de cuentas mÆs pr(cid:243)xima, tales estados financieros deberÆn prepararse y presentarse de conformidad con el marco contable que les resulte aplicable. 6.1.4.4. En caso de que los negocios fiduciarios posean (cid:243)rganos de administraci(cid:243)n y/o control, en la redici(cid:243)n de cuentas debe presentarse una breve reseæa de los aspectos tratados en las reuniones de dichos (cid:243)rganos. 6.1.4.5. Teniendo en cuenta que en algunos negocios fiduciarios existe la posibilidad de vincular a terceros en el desarrollo y resultado de los mismos, se debe realizar una breve descripci(cid:243)n que contenga por lo menos, tipo de vinculaci(cid:243)n,
PARTE II – T˝TULO II – CAP˝TULO I P`GINA 13
Circular Externa 030 de 2017 Octubre de 2017