SFC - Anexo Circular Externa 30 de 2019 (2)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 30 de 2019 (2)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 16 M`RGEN DE SOLVENCIA Y OTROS REQUERIMIENTOS DE PATRIMONIO
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ANEXO 3
METODOLOG˝A PARA LA IDENTIFICACI(cid:211)N DE LAS ENTIDADES CON IMPORTANCIA SIST(cid:201)MICA (EIS) De acuerdo con las disposiciones establecidas por el art(cid:237)culo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010 los establecimientos de crØdito con importancia sistØmica estÆn obligados a constituir el colch(cid:243)n de capital que corresponde al 1% del valor de los activos ponderados por nivel de riesgo de crØdito, mercado y operacional que deberÆ mantenerse en el Patrimonio BÆsico Ordinario neto de deducciones (PBO) de conformidad con la metodolog(cid:237)a que defina esta Superintendencia. El presente anexo describe la metodolog(cid:237)a que utiliza la SFC para la definici(cid:243)n de los establecimientos de crØdito con importancia sistØmica, la cual estÆ alineada a la propuesta del ComitØ de Basilea (BIS, 2018) y evalœa cuatro criterios: tamaæo, interconexi(cid:243)n, sustituibilidad y complejidad, de acuerdo con lo establecido en el parÆgrafo del art(cid:237)culo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010. Las entidades que se definan como sistØmicas bajo la metodolog(cid:237)a aqu(cid:237)
seæalada, se entenderÆn como sistØmicas tanto a nivel individual como consolidado.
1. CÆlculo del nivel de sistemicidad La SFC evalœa cuatro categor(cid:237)as: el tamaæo de la entidad, su interconexi(cid:243)n, la ausencia de sustitutos o de infraestructura financiera fÆcilmente disponible para los servicios que prestan y su complejidad. La combinaci(cid:243)n de Østas permite dimensionar las externalidades negativas, derivadas de eventuales complicaciones en la entidad, respecto de la estabilidad financiera.
Cada una de estas categor(cid:237)as pondera al 25% y al interior de las mismas los pesos de cada indicador se distribuyen conforme se reporta en el cuadro 1. Cuadro 1: MØtodo de medici(cid:243)n basado en indicadores Categor(cid:237)a (ponderaci(cid:243)n) Indicador Ponderaci(cid:243)n del indicador Exposici(cid:243)n total calculada como el valor de apalancamiento al que se Tamaæo (25%) refiere el art(cid:237)culo 2.1.1.3.6 del Decreto 25% 2555 de 2010 Activos dentro del sistema financiero 8.3% Pasivos dentro del sistema financiero 8.3% Interconexi(cid:243)n (25%) T(cid:237)tulos en circulaci(cid:243)n 8.3% Pagos liquidados y compensados a Sustituibilidad (25%) travØs del sistema de pagos 12.5% Volumen transado 12.5% Derivados (OTC) 8.3% Activos de nivel 3 8.3% Complejidad (25%) Inversiones negociables y disponibles 8.3%
para la venta Activos que no tienen informaci(cid:243)n de mercado observable para su valoraci(cid:243)n, conforme a la jerarqu(cid:237)a de valor razonable del
IFRS 7
Fuente: Basilea (2018), SFC.
El tamaæo es la medida tradicional de importancia sistØmica dado que cuanto mayor sea la dimensi(cid:243)n de una entidad, mÆs dif(cid:237)cil serÆ que otras asuman rÆpidamente sus actividades, y por lo tanto mayor serÆ la probabilidad de que su quiebra altere el funcionamiento del mercado. Este indicador se mide utilizando el valor de apalancamiento al que se refiere el art(cid:237)culo 2.1.1.3.6 del Decreto 2555 de 2010. El grado de interconexi(cid:243)n refleja la probabilidad de que las dificultades financieras de una instituci(cid:243)n puedan generar que otra(s) entidad(es) tambiØn lo experimente(n), como consecuencia de la red de las obligaciones contractuales en las que operan estas instituciones. Este indicador tiene tres dimensiones las cuales ponderan 8.3% cada una: (i) activos dentro del sistema financiero, (ii) pasivos dentro del sistema financiero y (iii) valores en circulaci(cid:243)n. La sustituibilidad captura el hecho que, a mayor importancia sistØmica de una entidad, bien sea en una determinada l(cid:237)nea de negocio o como proveedor de servicios de infraestructura (por ejemplo, sistemas de pagos) mayor alteraci(cid:243)n o disrupciones en el mercado provocarÆ su quiebra. Ante la ausencia de activos en custodia, el indicador captura dos
dimensiones las cuales ponderan 12.5% cada una: (i) la actividad de pagos, y (ii) el volumen de operaciones suscritas en los mercados de deuda y de capital. Finalmente, el criterio de complejidad hace referencia a la dificultad en tØrminos de costo y tiempos para la resoluci(cid:243)n de una entidad en problemas. Su medici(cid:243)n se realiza a partir de tres indicadores, los cuales ponderan 8.3% cada uno: (i) el importe nocional de derivados OTC, (ii) los activos de Nivel 3 y (iii) los valores mantenidos con fines de negociaci(cid:243)n y disponibles para su venta. Las fuentes de informaci(cid:243)n que utiliza la SFC en la medici(cid:243)n de estas cuatro categor(cid:237)as son detalladas en el cuadro 2 y corresponde a la reportada por cada entidad. Circular Externa 030 de 2019 Diciembre de 2019
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO XIII – 16 M`RGEN DE SOLVENCIA Y OTROS REQUERIMIENTOS DE PATRIMONIO
PÆgina 2 Cuadro 2: Detalle de indicadores y fuentes de cÆlculo Categor(cid:237)a (ponderaci(cid:243)n) Indicador Ponderaci(cid:243)n Fuente Balance y Formatos 1.1 Exposici(cid:243)n total calculada como el valor de 110 (hasta
1. Tamaæo (25%) apalancamiento al que se refiere el art(cid:237)culo 2.1.1.3.6 25% dic-20) o del Decreto 2555 de 2010 239 (a partir de
ene-21) 2.1 Activos dentro del sistema financiero 2.1.1 Posiciones activas en el mercado monetario con Formato entidades financieras 396 y 397 Formato 2.1.2 Cartera otorgada a entidades financieras 341 2.1.2.3 T(cid:237)tulos emitidos por otras entidades financieras 8.30% Formato 351 2.1.2.4 Derivados activos OTC mark to market con Formato 468, 469, contrapartes financieras 471 y 472 2.2 Pasivos dentro del sistema financiero 2.2.1 Posiciones pasivas en el mercado monetario con Formato
2. Interconexi(cid:243)n (25%) entidades financieras 396 y 397
Formato 2.2.2 Dep(cid:243)sitos y cartera de entidades financieras 459 y 341 8.30% Formato 2.2.3 Bonos emitidos por el banco que tenga otra entidad 459 y 351 2.2.4 Derivados pasivos OTC mark to market con Formato 468, 469, contrapartes financieras 471 y 472 2.3 T(cid:237)tulos en circulaci(cid:243)n Balance, 2.3.1 Bonos, CDTs y acciones 8.30% Formato 351 3.1 Pagos liquidados y compensados a travØs del 12.50% CUD sistema de pagos
3. Sustituibilidad (25%) SEN y 3.2 Volumen transado 12.50%
MEC Formato 4.1 Derivados brutos OTC 8.30% 468, 469, 471 y 472
4. Complejidad (25%) Formato
4.2 Activos de nivel 3 8.30% 351 4.3 Inversiones negociables y disponibles para la Formato 8.30% venta 351 CUD: Sistema de Cuentas de dep(cid:243)sito, es el sistema de pagos de alto valor administrado y operado por el Banco de la Repœblica. MEC: Mercado Electr(cid:243)nico Colombiano, administrado por la Bolsa de Valores de Colombia. SEN: Sistema Electr(cid:243)nico de Negociaci(cid:243)n, es un sistema para la negociaci(cid:243)n y de registro de operaciones sobre Valores, administrado por el Banco de la Repœblica.
2. CÆlculo de la puntuaci(cid:243)n El grado de sistemicidad se obtiene a partir del puntaje obtenido por la entidad, el cual se calcula de la siguiente manera: a) Para cada indicador, se dividirÆ su valor entre la suma de los valores del indicador para todas las entidades susceptibles de ser identificadas como entidades sistØmicas. b) El valor resultante se multiplicarÆ por la ponderaci(cid:243)n correspondiente del indicador. c) La suma de los puntajes de los indicadores de una categor(cid:237)a determina la puntuaci(cid:243)n de Østa para cada entidad. d) La suma de las puntuaciones de las 4 categor(cid:237)as determina la puntuaci(cid:243)n total (grado de sistemicidad) de cada entidad.
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3. Determinaci(cid:243)n de las entidades con importancia sistØmica Una vez establecido el puntaje de sistemicidad de la entidad, la SFC utiliza dos criterios: a) La metodolog(cid:237)a Diana de Cluster, mediante el cual se identifican dos grupos: i) entidades que clasifican para ser sistØmicas y ii) entidades que no clasifican para ser sistØmicas. La actualizaci(cid:243)n de los grupos serÆ anual. Esta metodolog(cid:237)a fue seleccionada como resultado de validar las medidas de connectivity, dunn y silhouette, entre las metodolog(cid:237)as de hierarchical, kmeans, pam, diana, clara y agnes, para diferentes tamaæos de clœster. Como resultado de dicha evaluaci(cid:243)n, la SFC constat(cid:243) que la metodolog(cid:237)a escogida preve(cid:237)a las mejores condiciones de consistencia, homogeneidad y estabilidad. b) Puntuaci(cid:243)n total por entidad igual o superior a 6.45% Teniendo en cuenta lo anterior, serÆn entidades sistØmicas todas aquellas que cumplan con los dos criterios seæalados anteriormente, es decir, que hagan parte del primer grupo en el Cluster y obtenga una puntuaci(cid:243)n igual o superior a 645 pb.
4. Publicaci(cid:243)n de informaci(cid:243)n y notificaci(cid:243)n La SFC publicarÆ las puntuaciones de los establecimientos de crØdito identificados como entidades con importancia sistØmica a mÆs tardar en noviembre de cada aæo con informaci(cid:243)n cifras a junio del mismo aæo.
Los establecimientos de crØdito que sean considerados como EIS serÆn notificados de forma individual por la SFC, especificando el plazo para dar por cumplimiento al colch(cid:243)n de que trata el art(cid:237)culo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010. Las entidades que dejen de ser consideradas como EIS no tienen la obligaci(cid:243)n de mantener el colch(cid:243)n sistØmico seæalado en el art(cid:237)culo 2.1.1.4.3 del Decreto 2555 de 2010, a partir de la fecha de la publicaci(cid:243)n del listado por parte de la SFC. Por lo tanto, las entidades que siendo EIS dejen de serlo podrÆn desacumular su capital conforme a las normas vigentes. En tales eventos podrÆn enviar una comunicaci(cid:243)n a la SFC informando su decisi(cid:243)n de desacumular el colch(cid:243)n, con la indicaci(cid:243)n de los mecanismos establecidos, el plazo en el cual se completarÆ dicho proceso y una justificaci(cid:243)n de la suficiencia de su capital despuØs del mismo. Lo anterior sin perjuicio de las medidas de supervisi(cid:243)n que considere apropiadas adoptar la SFC. Circular Externa 030 de 2019 Diciembre de 2019