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SFC - Anexo Circular Externa 32 de 2021 (12)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 32 de 2021 (12)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO 8: DOCUMENTO T(cid:201)CNICO E INSTRUCTIVO DEL ANEXO TARJETAS DE CREDITO

DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA

Versi(cid:243)n 2.0

CONTENIDO

1. OBJETIVO ................................................................................................................................... 1

2. DESCRIPCI(cid:211)N ............................................................................................................................ 1

3. ESPECIFICACIONES DEL ARCHIVO ............................................................................................ 1 3.1. Encabezado ............................................................................................................................. 2 3.2. Cuerpo del formato ................................................................................................................... 4

1. OBJETIVO Este documento establece los lineamientos tØcnicos e instrucciones que deben seguir las entidades bancarias por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) para realizar y enviar el reporte de tarjetas de crØdito a la Fiscal(cid:237)a General de la Naci(cid:243)n (FGN).

2. DESCRIPCI(cid:211)N Las entidades bancarias vigiladas por la SFC deberÆn reportar a la FGN en el anexo de tarjetas de crØdito de los terceros objeto de solicitud de informaci(cid:243)n, cada vez que sea solicitado bajo una orden de polic(cid:237)a judicial y con acta de audiencia de control previo de bœsqueda selectiva en base de datos autorizada por un juez con funci(cid:243)n de control de garant(cid:237)as, la cual deberÆ ser extra(cid:237)da de los sistemas de informaci(cid:243)n de las entidades bancarias objeto de requerimiento.

Los establecimientos bancarios deberÆn reportar todas las transacciones que se realicen sin importar

el canal de transacci(cid:243)n donde se ejecutaron, durante el per(cid:237)odo objeto de solicitud por parte de la FGN, sin importar el monto de la transacci(cid:243)n realizada en moneda legal o su equivalente en otras monedas. Para todos los casos, la informaci(cid:243)n solicitada en los anexos, debe diligenciarse exactamente como se genera en el sistema de informaci(cid:243)n de la entidad bancaria, incluyendo la cantidad de decimales fijada por la entidad en sus aplicativos, y as(cid:237) guardar la exactitud de la informaci(cid:243)n entregada versus la que se extrae de los sistemas de informaci(cid:243)n. Cuando la entidad reportante no cuente con la informaci(cid:243)n requerida por la FGN en algunos campos de sus formatos, se debe diligenciar el mismo con el valor “-1”. No obstante, si la entidad cuenta con la informaci(cid:243)n solicitada deberÆ sumin(cid:237)strala de acuerdo con los parÆmetros establecidos en los formatos.

3. ESPECIFICACIONES DEL ARCHIVO El archivo generado debe ser un archivo plano CSV1 o TXT2, para lo cual es importante recalcar que para la generaci(cid:243)n del archivo csv, para el archivo TXT, se sugiere como separador de columnas, el uso de alguno de estos caracteres especiales como: coma (,), punto y coma o pipe (|), igualmente dependiendo de su proceso para exportar archivos desde sus bases de datos, se podr(cid:237)an generar tambiØn en formato TXT, que contengan registros de ancho fijo, con especial cuidado de que el fin de registro sea un enter (CRLF3), garantizando la integridad del registro completo al momento de realizar el proceso de importaci(cid:243)n. Para dicho proceso de exportaci(cid:243)n a continuaci(cid:243)n se define las

estructuras de ancho fijo para la creaci(cid:243)n de este. La entidad vigilada reportarte debe enviar a la FGN la informaci(cid:243)n sobre cada una de las transacciones con tarjetas de crØdito. Dentro del archivo en menci(cid:243)n se deben incluir 2 tipos de registros: encabezado (registro tipo 1) y cuerpo del formato (registros tipo 2) El formato para el nombre del archivo es: TATCDDMMAAAAXXXX, donde TATC es la sigla usada para identificar que el reporte corresponde a Transacciones con Tarjetas de crØdito, DD d(cid:237)as, MM 1 Un archivo CSV (valores separados por comas) es un archivo de texto con un formato espec(cid:237)fico que permite que los datos se guarden en un formato con estructura de tabla. 2 La extensi(cid:243)n TXT representa "textfile" (archivo de texto), que sustituy(cid:243) a su antiguo nombre "flatfile" (archivo sin formato). Este archivo informÆtico estructura series de l(cid:237)neas de texto. 3 En informÆtica, CRLF se refiere a la combinaci(cid:243)n de dos c(cid:243)digos de control: CR (retorno de carro) y LF (salto de l(cid:237)nea), uno detrÆs del otro; normalmente con el objetivo de crear una nueva l(cid:237)nea. Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 1 de 8

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO 8: DOCUMENTO T(cid:201)CNICO E INSTRUCTIVO DEL ANEXO TARJETAS DE CREDITO

DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA

Versi(cid:243)n 2.0 para mes, AAAA para aæo y XXXX corresponde al nœmero de identificaci(cid:243)n del tercero del cual se estÆ requiriendo la informaci(cid:243)n. Para el caso DDMMAAAA corresponde a la fecha en la cual se efectu(cid:243) el requerimiento por parte del investigador a la entidad financiera. El archivo debe tener extensi(cid:243)n .txt y debe venir grabado en codificaci(cid:243)n de texto ANSI CP1252. La informaci(cid:243)n registrada puede tener los siguientes formatos: • NumØrico: aquel que contiene (cid:218)NICAMENTE caracteres de la codificaci(cid:243)n ANSI entre ANSI 48 (0) y ANSI 57 (9), o ANSI 45 (-) y ANSI 46(.). Esto es: los numerales arÆbicos 0-9, el punto como indicador de la posici(cid:243)n decimal, y el guion para indicar un valor negativo. • AlfanumØrico: incluye los caracteres ANSI 32 (espacio en blanco), aquellos en el rango ANSI 65 a ANSI 90 (alfabeto inglØs), ANSI 140 y ANSI 142 (caracteres especiales de algunas lenguas romances), caracteres entre ANSI 192 y ANSI 214 caracteres especiales de algunas lenguas romances), entre ANSI 216 y ANSI 221 (caracteres especiales de algunas lenguas romances), y aquellos descritos en los datos de tipo numØrico. Estos caracteres se resaltan en la Figura 1. Figura 1. Caracteres de la Codificaci(cid:243)n ANSI CP1252 para el Formato AlfanumØrico • Fecha: este formato contiene (cid:218)NICAMENTE caracteres de la codificaci(cid:243)n ANSI entre ANSI 48 (0)

y ANSI 57 (9), ANSI 45 (-) y ANSI 58 (:). Esto es: los numerales arÆbicos 0-9 para los valores de aæo, mes y d(cid:237)a, el guion como separador de estas posiciones, y los dos puntos como separador de las horas, minutos y segundos. La longitud de registro es de 176 posiciones. Todos los campos son obligatorios. A continuaci(cid:243)n, se presentan el diseæo y la descripci(cid:243)n detallada de los registros que contiene el Archivo. 3.1. Encabezado S(cid:243)lo existe un registro de este tipo por archivo. Es la cabecera del archivo. En el encabezado del archivo se debe incorporar la identificaci(cid:243)n de la entidad que remite la informaci(cid:243)n, fecha de corte de la informaci(cid:243)n requerida, identificaci(cid:243)n y nombre del titular o titulares del producto financiero del cual se entrega informaci(cid:243)n. Cuando existan dos o mÆs titulares del producto financiero, estos deben ser incluidos con la informaci(cid:243)n solicitada en las columnas 5 – 7, adicionando filas al encabezado, de acuerdo con el nœmero adicional de titulares. Este registro se genera de acuerdo a la siguiente informaci(cid:243)n: Cuadro 1. Encabezado del Archivo de Reporte de Transacciones con Tarjetas de crØdito No. Campo Posici(cid:243)n Posici(cid:243)n Longitud Formato Contenido Campo Inicial Final obligatorio Nœmero -Siempre el valor consecutivo 0. 1 1 10 10 NumØrico S(cid:237)

de registro -Alineado a la izquierda. Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 2 de 8

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO 8: DOCUMENTO T(cid:201)CNICO E INSTRUCTIVO DEL ANEXO TARJETAS DE CREDITO

DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA

Versi(cid:243)n 2.0 Se diligencia el c(cid:243)digo de la entidad financiera mediante C(cid:243)digo de la el cual se efectu(cid:243) la 2 11 18 8 AlfanumØrico S(cid:237) Entidad transacci(cid:243)n segœn el Cuadro 10 del archivo “Cuadros Complementarios”. -Corresponde al œltimo d(cid:237)a del per(cid:237)odo reportado. -Formato AAAAMM-DD donde AAAA es el aæo (Ej. 2021), MM es el mes (Ej. 10) y DD es Fecha de el d(cid:237)a (Ej. 3 19 28 10 Fecha S (cid:237) Corte 31). -Si el d(cid:237)a o el mes tiene un solo d(cid:237)gito, se debe llenar el otro dígito con “0”. Ej. enero 1 del 2025 serÆ 2025-01-31. Alinear a la izquierda -Corresponde al cupo aprobado en la Cupo tarjeta de crØdito aprobado reportada, se deben 4 reportar variaciones Si 29 38 10 NumØrico de estos cupos. Ej

aumentos o disminuciones de estos, por aæo. Nœmero total -Es el nœmero total de de registros tipo 2 operaciones (cuerpo del formato) 5 reportadas 39 44 6 NumØrico reportados en el S(cid:237) archivo. - Alinear a la izquierda Tipo de C(cid:243)digo identificaci(cid:243)n seleccionado del Cuadro 4 del 6 del titular de 45 46 2 NumØrico archivo “Cuadros S(cid:237) la tarjeta de Complementarios”. crØdito Alinear a la izquierda -Diligenciar sin guiones, puntos, comas o espacios en blanco. Nœmero de -Cuando no se identificaci(cid:243)n conozca la 7 47 66 20 AlfanumØrico informaci(cid:243)n del S(cid:237) del titular de titular del producto la tarjeta de financiero, debe crØdito ingresar el valor de “-1” -Alineado a la izquierda. - Cuando no se conozca la Nombre del informaci(cid:243)n del titular de la 8 67 321 255 AlfanumØrico titular del producto S(cid:237) tarjeta de financiero, debe crØdito ingresar el valor de “-1”. Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 3 de 8

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO 8: DOCUMENTO T(cid:201)CNICO E INSTRUCTIVO DEL ANEXO TARJETAS DE CREDITO

DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA Versi(cid:243)n 2.0 - Alineado a la izquierda. 9 Fin de N/A Enter (CRFL) S(cid:237) registro 3.2. Cuerpo del formato Son los registros de todas las transacciones con tarjetas de crØdito. El archivo debe contener tantos registros de este tipo, como transacciones a reportar. Por otra parte, cuando la informaci(cid:243)n requerida a la entidad financiera reportante corresponda a mÆs de un (01) tercero, esta informaci(cid:243)n debe ser entregada en archivos diferentes para cada tercero. Para cada uno de los registros debe reportar la informaci(cid:243)n de los siguientes campos: • Columna 1 – Nœmero consecutivo de registro: es el nœmero œnico de cada uno de los registros reportados en el archivo, inicia en 1. • Columna 2 – Nœmero de la tarjeta de crØdito: se debe registrar el nœmero de la tarjeta. • Columna 3 – Nombre la franquicia de la tarjeta de crØdito: se debe registrar el nombre de la franquicia a la que pertenece la tarjeta. • Columna 4 – Fecha de la transacci(cid:243)n: se registra la fecha en la cual se realiz(cid:243) la transacci(cid:243)n, bajo el formato AAAA-MM-DD, donde AAAA es el aæo, MM es el mes, DD es el d(cid:237)a. • Columna 5 – Valor de la transacci(cid:243)n en pesos: es el monto exacto por el cual se hizo la transacci(cid:243)n en pesos, sin incluir decimales, ni separadores de miles. Se debe convertir la transacci(cid:243)n

a pesos colombianos tomando la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) que fue expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) el d(cid:237)a que se produjo la operaci(cid:243)n que va a ser reportada. Las transacciones en divisas distintas al d(cid:243)lar de los Estados Unidos de AmØrica se deben convertir a dicha moneda empleando la tasa de conversi(cid:243)n del d(cid:237)a en que se realice la operaci(cid:243)n publicada por la SFC. • Columna 6 – Valor de la transacci(cid:243)n de naturaleza dØbito: se registra valor de la transacci(cid:243)n de naturaleza dØbito en pesos, sin decimales. • Columna 7 – Valor de la transacci(cid:243)n de naturaleza crØdito: se registra valor de la transacci(cid:243)n de naturaleza crØdito en pesos, sin decimales. • Columna 8 – Descripci(cid:243)n transacci(cid:243)n: se debe registrar el detalle de la operaci(cid:243)n efectuada con la tarjeta de crØdito. Para el caso de los avances que se abonen directamente en cuentas, detallar en nœmero del producto financiero. • Columna 9 – Nombre del establecimiento: se registra el nombre del establecimiento donde se realiza la transacci(cid:243)n. Esta informaci(cid:243)n solo aplica para transacciones de compra con tarjeta crØdito. Cuando no se estØ reportando una transacci(cid:243)n de compra con tarjeta crØdito, el valor a ingresar en este campo es “-1”. • Columna 10 – ciudad en donde se realiza la transacci(cid:243)n: Se debe registrar el nombre de la

ciudad en donde se realiza la transacci(cid:243)n reportada, de acuerdo con la codificaci(cid:243)n establecida por el Departamento Nacional de Estad(cid:237)stica DANE en su pÆgina web https://www.dane.gov.co/ • Columna 11 – Nœmero de Cuotas: se registra el plazo de la transacci(cid:243)n reportada. • Columna 12 – Cupo disponible: se debe registrar el saldo disponible de la tarjeta de crØdito, posteriormente a cada transacci(cid:243)n reportada; en los casos en los que sea posible realizar este cÆlculo, de lo contrario diligenciar con –1. La longitud y el formato que debe tener cada uno de los anteriores campos descritos es la siguiente: Cuadro 2. Cuerpo del Archivo de Reporte de Transacciones con Tarjetas de crØdito Posici(cid:243)n Posici(cid:243)n Campo No Campo Longitud Formato Contenido Inicial Final Obligatorio Consecutiv Inicia en 1. 1 o de 1 10 10 NumØrico Si Alineado registro Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 4 de 8

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DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA Versi(cid:243)n 2.0 de la izquierda. se debe registrar el numero de Nœmero de la tarjeta de 2 11 30 20 NumØrico Si la tarjeta crØdito. Alineado a

la izquierda. Nombre de la Nombre de franquicia la AlfanumØr 3 31 50 20 de la tarjeta Si franquicia ico de crØdito. de la tarjeta Alineado a la izquierda se registra la fecha en la cual se realiz(cid:243) la transacci(cid:243)n , bajo el formato AAAA-MMDD donde AAAA es el aæo (Ej. 2021), MM es el mes (Ej. 10) y Fecha de la DD es el d(cid:237)a 4 51 60 10 Fecha Si transacci(cid:243)n (Ej. 31). -Si el d(cid:237)a o el mes tiene un solo d(cid:237)gito, se debe llenar el otro d(cid:237)gito con “0”. Ej. enero 1 del 2025 serÆ 2025-0131. Alineado a la izquierda Es el monto exacto por el cual se hizo la transacci(cid:243)n en pesos, sin incluir decimales, ni separadore Valor de la s de miles. 5 transacci(cid:243)n 61 80 20 NumØrico Se debe Si en pesos convertir la transacci(cid:243)n a pesos colombiano s tomando la Tasa de Cambio Representa tiva del Mercado (TRM) que Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 5 de 8

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DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA Versi(cid:243)n 2.0 fue expedida por el Banco de la Republica el d(cid:237)a que se produjo la operaci(cid:243)n que va a ser reportada. Las transaccion es en divisas distintas al d(cid:243)lar de los Estados Unidos de AmØrica se deben convertir a dicha moneda empleando la tasa de conversi(cid:243)n del d(cid:237)a en que se realice la operaci(cid:243)n publicada por el Banco de la Republica. Alineado a la izquierda Se registra Valor de la transacci(cid:243)n Valor de la de transacci(cid:243)n naturaleza 6 de 81 100 20 NumØrico Si dØbito en naturaleza pesos, sin dØbito decimales. Alineado a la izquierda Se registra Valor de la transacci(cid:243)n Valor de la de transacci(cid:243)n naturaleza 7 de 101 120 20 NumØrico Si crØdito en naturaleza pesos, sin crØdito decimales. Alineado a la izquierda Se debe registrar el detalle de la operaci(cid:243)n efectuada Descripci(cid:243)n con la AlfanumØr 8 Transacci(cid:243) 121 375 255 tarjeta de Si ico n crØdito. Para el caso de los avances que se abonen Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 6 de 8

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DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA Versi(cid:243)n 2.0 directament e en cuentas, detallar en nœmero del producto financiero. Alineado a la izquierda Se registra el nombre del establecimi ento donde se realiza la transacci(cid:243)n . Esta informaci(cid:243)n solo aplica para transaccion es de compra con Nombre del AlfanumØr tarjeta 9 establecimi 376 630 255 Si ico crØdito. ento Cuando no se estØ reportando una transacci(cid:243)n de compra con tarjeta crØdito, el valor a ingresar en este campo es “-1”. Alineado a la izquierda Se debe registrar el nombre de la ciudad en donde se realiza la transacci(cid:243)n reportada, Ciudad en de acuerdo donde se AlfanumØr con la 10 631 650 20 Si realiza la ico codificaci(cid:243)n transacci(cid:243)n del Departame nto Nacional de Estad(cid:237)stica DANE. Alineado a la izquierda Se registra el plazo de la Nœmero de 11 651 655 5 NumØrico transacci(cid:243)n Si Cuotas reportada. Alineado a la izquierda

Se debe Cupo registrar el 12 656 675 20 NumØrico Si disponible saldo disponible Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 7 de 8

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO 8: DOCUMENTO T(cid:201)CNICO E INSTRUCTIVO DEL ANEXO TARJETAS DE CREDITO

DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS VIGILADOS POR LA SUPERINTENDENCIA

FINANCIERA DE COLOMBIA Versi(cid:243)n 2.0 de la tarjeta de crØdito, posteriorme nte a cada transacci(cid:243)n reportada. Alineado a la izquierda Circular Externa 032 de 2021 PÆgina 8 de 8

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