SFC - Anexo Circular Externa 35 de 2010 (4)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 35 de 2010 (4)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2010
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-1
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21. Operaciones con
Instrumentos Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Registra los contratos celebrados por la Entidad de operaciones con derivados de Inversión y de cobertura, tales como Forward, Carrusel, Futuros, Swaps y Opciones, teniendo en cuenta las instrucciones previstas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. CIRCULAR EXTERNA 035 de 2010 Vigencia: OCTUBRE de 2010
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-2
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21. Operaciones con 2115 Contratos Forward de
Inversión Instrumentos Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Registra los contratos Forward celebrados por la entidad con propósitos de Inversión, de acuerdo con los parámetros indicados en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un ‘forward’ es un derivado formalizado mediante un contrato entre dos (2) partes, hecho a la medida de sus necesidades, para comprar/vender una cantidad específica de un determinado subyacente en una fecha futura, fijando en la fecha de celebración las condiciones básicas del instrumento financiero derivado, entre ellas, principalmente el precio, la fecha de entrega del subyacente y la modalidad de entrega. La liquidación del instrumento en la fecha de cumplimiento puede producirse por entrega física del subyacente o por liquidación de
diferencias, dependiendo del subyacente y de la modalidad de entrega pactada, pudiendo esta última ser modificada de común acuerdo por las partes durante el plazo del instrumento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. CIRCULAR EXTERNA 035 de 2010 Vigencia: OCTUBRE de 2010
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PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-3
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el valor determinado del derecho. 1. Por el valor determinado de la obligación.
2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho 2. Por el valor del ajuste en la valoración de la y la obligación de acuerdo a los parámetros obligación y el derecho de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso, con abono a las establecidos, según el caso, con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 4129. subcuentas correspondientes a la cuenta 4129.
3. Por el valor actualizado de la obligación para 3. Por el valor actualizado del derecho para trasladar trasladar al grupo 16, cuando este sea mayor al al grupo 16. valor actualizado del derecho
4. Por la cancelación del contrato.
4. Por la cancelación del contrato.
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-4
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones 2116 Contratos de Futuros - de
Con Instrumentos Inversión Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Registra los contratos de futuros realizados por la entidad con propósitos de Inversión, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un futuro es un contrato estandarizado en cuanto a su fecha de cumplimiento, su tamaño o valor nominal, las características del respectivo subyacente, el lugar y la forma de entrega (en especie o en efectivo). Éste se negocia en una bolsa con cámara de riesgo central de contraparte, en virtud del cual dos (2) partes se obligan a comprar/vender un subyacente en una fecha futura (fecha de vencimiento) a un precio establecido en el momento de la celebración del contrato. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. CIRCULAR EXTERNA 035 de 2010 Vigencia: OCTUBRE de 2010
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PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-5
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el valor del derecho a precios de mercado. 1. Por el valor de la obligación a precios de mercado.
2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado 2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del derecho y la obligación, según el caso, con de la obligación y el derecho, según el caso, con
abono a las subcuentas correspondientes de la cargo a las subcuentas correspondientes a la cuenta cuenta 4129. 4129.
3. Por el valor actualizado de la obligación para 3. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al trasladar al grupo 16, cuando este sea mayor al grupo 16. valor actualizado del derecho.
4. Por la cancelación del contrato.
4. Por la cancelación del contrato.
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-6
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones con 2117 Swaps de Inversión
Instrumentos Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Registra los contratos swaps celebrados por la entidad con propósitos de Inversión, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un ‘swap’ es un contrato entre dos (2) partes, mediante el cual se establece la obligación bilateral de intercambiar una serie de flujos por un período de tiempo determinado, en fechas preestablecidas. Se consideran ‘swaps’ básicos los denominados ‘swaps’ de tasas de interés “Interest Rate Swap (IRS)”, los ‘swaps’ de monedas “Cross Currency Swap” (CCS) o una combinación de estos dos (2) tipos. Respecto de lo anterior, es necesario precisar que no constituyen instrumentos financieros derivados las permutas o intercambios de títulos u otros activos. Por ejemplo, el tipo particular de operaciones swaps a las que se refiere
el numeral 3.15.1. del Capítulo XV de la Circular Única de la Bolsa de Valores de Colombia y demás disposiciones de cualquier orden en el mismo sentido, donde las partes se proponen cambiar riesgos de emisor y/o liquidez mediante el intercambio de flujos futuros de títulos valores o valores. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. CIRCULAR EXTERNA 035 de 2010 Vigencia: OCTUBRE de 2010
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PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-7
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el valor del derecho a precios de mercado. 1. Por el valor de la obligación a precios de mercado.
2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado 2. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del derecho y la obligación, según el caso, con de la obligación y el derecho, según el caso, con abono a las subcuentas correspondientes de la cuenta cargo a las subcuentas correspondientes a la cuenta
4129. 4129.
3. Por el valor actualizado de la obligación para 3. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al trasladar al grupo 16, cuando este sea mayor al valor grupo 16. actualizado del derecho.
4. Por la cancelación del contrato.
4. Por la cancelación del contrato.
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-8
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones con 2118 Opciones de Inversión
Instrumentos Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Solamente para efectos de reconocer los resultados de las primas pagadas de operaciones realizadas con opciones con propósitos de Inversión se afectará el presente código teniendo en cuenta las instrucciones contempladas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Los contratos que respaldan las opciones se registrarán en el código 6 Cuentas Contingentes, por ser esta su naturaleza. Las opciones son contratos mediante los cuales se establece para el adquirente de la opción el derecho, más no la obligación, de comprar o vender el subyacente, según se trate de una opción call o de una opción put, respectivamente, a un precio determinado, denominado precio de ejercicio, en una fecha futura previamente establecida, la cual corresponde al día de vencimiento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado 1. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del valor de la prima de la opción, con abono a las de la prima de la opción, con cargo a las subcuentas subcuentas correspondientes de la cuenta 4129. correspondientes a la cuenta 4129.
2. Por la cancelación del contrato. 2. Por la cancelación del contrato.
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-9
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones 2165 Contratos Forward con Instrumentos de cobertura
Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Registra los contratos Forward celebrados por la entidad con propósitos de cobertura, de acuerdo con los parámetros indicados en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un ‘forward’ es un derivado formalizado mediante un contrato entre dos (2) partes, hecho a la medida de sus necesidades, para comprar/vender una cantidad específica de un determinado subyacente en una fecha futura, fijando en la fecha de celebración las condiciones básicas del instrumento financiero derivado, entre ellas, principalmente el precio, la fecha de entrega del subyacente y la modalidad de entrega. La liquidación del instrumento en la fecha de cumplimiento puede producirse por entrega física del subyacente o por liquidación de diferencias, dependiendo del subyacente y de la modalidad de entrega pactada, pudiendo esta última ser modificada de común acuerdo por las partes durante el plazo del instrumento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. CIRCULAR EXTERNA 035 de 2010 Vigencia: OCTUBRE de 2010
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PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-10
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones 2165 Contratos Forward con Instrumentos de cobertura
Financieros Derivados
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el valor determinado del derecho. 1. Por el valor determinado de la obligación.
2. Por el valor del ajuste en la valoración del 2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso. establecidos, según el caso.
3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, 3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, por el incremento en el valor justo de intercambio de la por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados, cuando dicha cobertura se operación con derivados, cuando dicha cobertura se considera efectiva con abono a las subcuentas considera efectiva con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 3414. correspondientes de la cuenta 3414.
4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos 4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos en moneda extranjera, por el incremento en el valor en moneda extranjera, por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados. justo de intercambio de la operación con derivados.
Con abono a las subcuentas correspondientes de la Con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto acumulado de la posición primaria frente a la del acumulado de la posición primaria frente a la del
derivado y la diferencia restante se contabiliza en el derivado y la diferencia restante se contabiliza en el estado de resultados. estado de resultados.
5. Por el valor actualizado de la obligación para 5. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al grupo 16, cuando este sea mayor al valor trasladar al grupo 16. actualizado del derecho.
6. Por la cancelación del contrato.
6. Por la cancelación del contrato.
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PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-11
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones con 2166 Contratos de Futuros Instrumentos de cobertura
Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Registra los contratos de Futuros celebrados por la entidad con propósitos de cobertura, de acuerdo con los parámetros indicados en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un futuro es un contrato estandarizado en cuanto a su fecha de cumplimiento, su tamaño o valor nominal, las características del respectivo subyacente, el lugar y la forma de entrega (en especie o en efectivo). Éste se negocia en una bolsa con cámara de riesgo central de contraparte, en virtud del cual dos (2) partes se obligan a comprar/vender un subyacente en una fecha futura (fecha de vencimiento) a un precio establecido en el momento de la celebración del contrato. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
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Hoja No. 275-12
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones con 2166 Contratos de Futuros Instrumentos de cobertura
Financieros Derivados
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el valor determinado del derecho. 1. Por el valor determinado de la obligación.
2. Por el valor del ajuste en la valoración del 2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso. establecidos, según el caso.
3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, 3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, por el incremento en el valor justo de intercambio de la por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados, cuando dicha cobertura se operación con derivados, cuando dicha cobertura se considera efectiva con abono a las subcuentas considera efectiva con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 3414. correspondientes de la cuenta 3414.
4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos 4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos en moneda extranjera, por el incremento en el valor en moneda extranjera, por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados. justo de intercambio de la operación con derivados.
Con abono a las subcuentas correspondientes de la Con cargo a las subcuentas correspondientes de la
cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto acumulado de la posición primaria frente a la del acumulado de la posición primaria frente a la del derivado y la diferencia restante se contabiliza en el derivado y la diferencia restante se contabiliza en el estado de resultados. estado de resultados.
5. Por el valor actualizado de la obligación para 5. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al grupo 16, cuando este sea mayor al valor trasladar al grupo 16. actualizado del derecho.
6. Por la cancelación del contrato.
6. Por la cancelación del contrato.
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PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-13
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones con 2167 Contratos SwapsInstrumentos de cobertura
Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Registra los contratos swaps celebrados por la entidad con propósitos de cobertura, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Un ‘swap’ es un contrato entre dos (2) partes, mediante el cual se establece la obligación bilateral de intercambiar una serie de flujos por un período de tiempo determinado, en fechas preestablecidas. Se consideran ‘swaps’ básicos los denominados ‘swaps’ de tasas de interés “Interest Rate Swap (IRS)”, los ‘swaps’ de monedas “Cross Currency Swap” (CCS) o una combinación de estos dos (2) tipos. Respecto de lo anterior, es necesario precisar que no constituyen instrumentos financieros derivados las permutas o
intercambios de títulos u otros activos. Por ejemplo, el tipo particular de operaciones swaps a las que se refiere el numeral 3.15.1. del Capítulo XV de la Circular Única de la Bolsa de Valores de Colombia y demás disposiciones de cualquier orden en el mismo sentido, donde las partes se proponen cambiar riesgos de emisor y/o liquidez mediante el intercambio de flujos futuros de títulos valores o valores. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. CIRCULAR EXTERNA 035 de 2010 Vigencia: OCTUBRE de 2010
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-14
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones con 2167 Contratos SwapsInstrumentos de cobertura
Financieros Derivados
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el valor del derecho a precios de mercado 1. Por el valor de la obligación a precios de mercado.
2. Por el valor del ajuste en la valoración del 2. Por el valor del ajuste en la valoración del derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros derecho y la obligación de acuerdo a los parámetros establecidos, según el caso. establecidos, según el caso.
3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, 3. Para los derivados de cobertura de flujos de efectivo, por el incremento en el valor justo de intercambio de la por el incremento en el valor justo de intercambio de la
operación con derivados, cuando dicha cobertura se operación con derivados, cuando dicha cobertura se considera efectiva con abono a las subcuentas considera efectiva con cargo a las subcuentas correspondientes de la cuenta 3414. correspondientes de la cuenta 3414.
4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos 4. Para los derivados de cobertura de activos o pasivos en moneda extranjera, por el incremento en el valor en moneda extranjera, por el incremento en el valor justo de intercambio de la operación con derivados. justo de intercambio de la operación con derivados.
Con abono a la subcuentas correspondientes de la Con cargo a la subcuentas correspondientes de la cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto cuenta 3414 respecto del exceso o defecto del monto acumulado de la posición primaria frente a la del acumulado de la posición primaria frente a la del derivado y la diferencia restante se contabiliza en el derivado y la diferencia restante se contabiliza en el estado de resultados. estado de resultados..
5. Por el valor actualizado de la obligación para trasladar al grupo 16, cuando este sea mayor al valor 5. Por el valor actualizado del derecho para trasladar al actualizado del derecho. grupo 16.
6. Por la cancelación del contrato. 6. Por la cancelación del contrato.
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SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 2300 DE 1990
Hoja No. 275-15
CLASE GRUPO CUENTA
2. PASIVO 21 Operaciones con 2168 OpcionesInstrumentos de cobertura
Financieros Derivados DESCRIPCIÓN Solamente para efectos de reconocer los resultados de las primas recibidas de las operaciones realizadas con opciones con propósitos de cobertura se afectará el presente código teniendo en cuenta las instrucciones contempladas en el capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Los contratos que respaldan las opciones se registrarán en el código 6 Cuentas Contingentes, por ser esta su naturaleza. Las opciones son contratos mediante los cuales se establece para el adquirente de la opción el derecho, más no la obligación, de comprar o vender el subyacente, según se trate de una opción call o de una opción put, respectivamente, a un precio determinado, denominado precio de ejercicio, en una fecha futura previamente establecida, la cual corresponde al día de vencimiento. Para su valoración y contabilización se deberá tener en cuenta las instrucciones contempladas en los numerales 7.2. y 7.3. del capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera.
DINÁMICA
DÉBITOS CRÉDITOS
1. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado 1. Por el ajuste en la valoración a precios de mercado del valor de la prima de la opción, con abono a las de la prima de la opción, con cargo a las subcuentas subcuentas correspondientes de la cuenta 4139. correspondientes a la cuenta 4139.
2. Por la cancelación del contrato. 2. Por la cancelación del contrato.
CIRCULAR EXTERNA 035 de 2010 Vigencia: OCTUBRE de 2010