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SFC - Anexo Circular Externa 35 de 2018 (5)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 35 de 2018 (5)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2018

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO I – 1 CLASIFICACI(cid:211)N, VALORACI(cid:211)N Y CONTABILIZACI(cid:211)N DE INVERSIONES PARA ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES O SEPARADOS PÆgina 2 diligente, encaminados a la bœsqueda, obtenci(cid:243)n, conocimiento y evaluaci(cid:243)n de toda la informaci(cid:243)n relevante disponible, de manera tal que el precio que se determine refleje los recursos que razonablemente se recibir(cid:237)an por su venta.

3. CLASIFICACI(cid:211)N DE LAS INVERSIONES Las inversiones deberÆn ser clasificadas de acuerdo con el modelo de negocio definido por la entidad. Para estos efectos, el modelo de negocio corresponde a la decisi(cid:243)n estratØgica adoptada por la Junta Directiva, o quien haga sus veces, sobre la forma y actividades a travØs de las cuales desarrollarÆ su objeto social.

Las inversiones podrÆn ser clasificadas en: inversiones negociables, inversiones para mantener hasta el vencimiento e inversiones disponibles para la venta. 3.1. Inversiones negociables Se clasifican como inversiones negociables todo valor o t(cid:237)tulo y, en general, cualquier tipo de inversi(cid:243)n que ha sido adquirida con el prop(cid:243)sito principal de obtener utilidades por las fluctuaciones a corto plazo del precio. Forman parte de las inversiones negociables, en todo caso, las siguientes: a. La totalidad de las inversiones en t(cid:237)tulos o valores efectuadas por los fondos de inversi(cid:243)n

colectiva. b. La totalidad de las inversiones en t(cid:237)tulos o valores efectuadas con los recursos de los fondos de pensiones obligatorias de la etapa de acumulaci(cid:243)n y de cesant(cid:237)as, las reservas pensionales administradas por entidades del rØgimen de prima media y patrimonios aut(cid:243)nomos o encargos fiduciarios cuyo prop(cid:243)sito sea administrar recursos de la seguridad social. Para las inversiones del fondo especial de retiro programado, una parte no inferior al 70% del valor del fondo deberÆ ser clasificada como inversiones negociables. Las inversiones restantes que cumplan con los requisitos establecidos en el art(cid:237)culo 2.6.12.1.26 del Decreto 2555 de 2010 podrÆn clasificarse como inversiones para mantener hasta el vencimiento. No obstante, las inversiones forzosas u obligatorias suscritas en el mercado primario en los portafolios de los literales a) y b) antes mencionados, as(cid:237) como las que establezca el contratante o fideicomitente en los patrimonios aut(cid:243)nomos o encargos fiduciarios cuyo prop(cid:243)sito sea administrar recursos pensionales de la seguridad social, podrÆn clasificarse como inversiones para mantener hasta el vencimiento. 3.2. Inversiones para mantener hasta el vencimiento Se clasifican como inversiones para mantener hasta el vencimiento, los valores o t(cid:237)tulos y, en general, cualquier tipo de inversi(cid:243)n respecto de la cual el inversionista tiene el prop(cid:243)sito y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlas hasta el vencimiento de su

plazo de maduraci(cid:243)n o redenci(cid:243)n. El prop(cid:243)sito de mantener la inversi(cid:243)n corresponde a la intenci(cid:243)n positiva e inequ(cid:237)voca de no enajenar el t(cid:237)tulo o valor. Con las inversiones clasificadas en esta categor(cid:237)a no se pueden realizar operaciones del mercado monetario (operaciones de reporto o repo, simultÆneas o de transferencia temporal de valores), salvo que se trate de las inversiones forzosas u obligatorias suscritas en el mercado primario y siempre que la contraparte de la operaci(cid:243)n sea el Banco de la Repœblica, la Direcci(cid:243)n General de CrØdito Pœblico y del Tesoro Nacional o las entidades vigiladas por la SFC. Sin perjuicio de lo anterior, los valores clasificados como inversiones para mantener hasta el vencimiento podrÆn ser entregados como garant(cid:237)as en una cÆmara de riesgo central de Circular Externa 035 de 2018 Diciembre de 2018

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