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SFC - Anexo Circular Externa 37 de 2015 (1)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 37 de 2015 (1)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2015

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACION

PARTE II - PROFORMAS F.1000

PÆgina 17

TEMA: Controles de ley NOMBRE DE PROFORMA: Formato de Informaci(cid:243)n de Solvencia para el cÆlculo de patrimonio adecuado.

NUMERO DE PROFORMA: F.1000-48.

NUMERO DE FORMATO: 110

OBJETIVO: Control de la determinaci(cid:243)n de las relaciones de solvencia, adicional a la informaci(cid:243)n registrada en el CatÆlogo (cid:218)nico de Informaci(cid:243)n Financiera con fines de Supervisi(cid:243)n.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos de CrØdito, Organismos Cooperativos de Grado

Superior de CarÆcter Financiero. TR`MITE: 753 Controles de ley.

PERIODICIDAD: Para reporte individual: Mensual.

Para reporte consolidado: Trimestral.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Corte de estados financieros o œltimo d(cid:237)a del mes al que corresponde la informaci(cid:243)n.

FECHA DE REPORTE: TØrmino establecido para los estados financieros.

DOCUMENTO TECNICO: SB DS 003.

TIPO Y NUMERO DEL INFORME: Reporte individual: 0 Estados financieros intermedios.

31 Estados Financieros Consolidados.

MEDIO DE ENV˝O: RAS.

DEPENDENCIA RESPONSABLE: Delegatura para Intermediarios Financieros.

Delegatura para Riesgo de Conglomerados y Gobierno Corporativo.

DEPENDENCIA USUARIA: Direcci(cid:243)n de Investigaci(cid:243)n y Desarrollo.

INSTRUCTIVO: GENERALIDADES Para la determinaci(cid:243)n del patrimonio adecuado se deben tener en cuenta los movimientos, segœn el caso, de los valores registrados en el CatÆlogo (cid:218)nico de Informaci(cid:243)n Financiera con fines de Supervisi(cid:243)n. o en las distintas proformas requeridas por esta Superintendencia para el efecto.

El formato debe ser reportado en miles de pesos con dos decimales, excepto la subcuenta 642 la cual debe reportarse en tØrminos porcentuales con dos decimales (es decir que 20% se reporta como 20.00). Las subcuentas que no contengan valor o no apliquen, no se deben reportar. La informaci(cid:243)n transmitida en este formato a nivel individual y consolidado debe tener en cuenta las instrucciones impartidas en la Circular BÆsica Contable y Financiera (CBCF) y demÆs normas relacionadas que resulten aplicables. Las valorizaciones y deterioro (provisi(cid:243)n) de las inversiones deben realizarse de acuerdo con las instrucciones impartidas en la CBCF y demÆs normas que los modifiquen o sustituyan. La calificaci(cid:243)n de la cartera de crØdito y las operaciones de leasing financiero, as(cid:237) como el cÆlculo del deterioro (provisiones) debe realizarse teniendo en cuenta las instrucciones establecidas en la CBCF y demÆs normas que lo modifiquen o sustituyan. Todas las subcuentas del presente formato aplican a nivel individual y consolidado. Se exceptœan las subcuentas 610, 615, 620, 635 y 640 las cuales œnicamente deben ser reportadas de forma consolidada y las subcuentas 641 y

642 que aplican s(cid:243)lo a nivel individual. Las subcuentas 640 y 641 s(cid:243)lo deben reportarse entre el primero de enero y el d(cid:237)a antes de la celebraci(cid:243)n de la Asamblea Ordinaria de Accionistas u (cid:243)rgano que haga sus veces. Las subcuentas 114, 119, 315, 665, 666, 670, 675, 676, 680, 685, 686, 690, 695, 696, 700 y 735 deben reportarse solo para prop(cid:243)sitos de validaci(cid:243)n y supervisi(cid:243)n por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia, raz(cid:243)n por la cual no hacen parte del cÆlculo de la solvencia. Con el fin de establecer los mecanismos necesarios para el procesamiento de la informaci(cid:243)n que permita calcular el cumplimiento de las relaciones de solvencia en forma consolidada, esta Superintendencia ha considerado conveniente disponer de la informaci(cid:243)n relativa a los estados financieros consolidados de la sociedad matriz y sus subordinadas. Para el efecto, se imparten las siguientes instrucciones: Trimestralmente, dentro de los plazos establecidos para la presentaci(cid:243)n de los estados financieros consolidados, se debe remitir la proforma F.1000-48 (formato 110), con la informaci(cid:243)n correspondiente a los respectivos registros consolidados. Para los estados financieros consolidados, la transmisi(cid:243)n de este formato debe hacerse en el registro 1 del tipo de informe 31. Circular Externa 037 de 2015 Octubre de 2015 Proforma F.1000-48 (formato 110)

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