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SFC - Anexo Circular Externa 38 de 2012

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 38 de 2012
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2012

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISIÓN DE INFORMACIÓN

PARTE II - PROFORMAS F.1000

Página 117

TEMA: Tasas de Interés de Cartera de Créditos NOMBRE DE PROFORMA: Tasas de Interés del Saldo de la Cartera de Créditos – Persona

Natural y Jurídica

NUMERO DE PROFORMA: F.1000-98

NUMERO DE FORMATO: 317

OBJETIVO: Conocer las tasas de interés con las cuales se repreció el saldo de la cartera de cada uno de los establecimientos de crédito, de acuerdo con las modalidades de crédito que cada una de estas entidades opera.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento, organismos cooperativos de grado superior y cooperativas financieras.

TRÁMITE: 216 Estadística – Información entidades financieras.

PERIODICIDAD: Semestral.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: 30 de junio y 31 de diciembre FECHA DE REPORTE: Dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al corte.

DOCUMENTO TÉCNICO: SB DS 003

TIPO Y NUMERO DEL INFORME: 44 – Tasas de interés.

MEDIO DE ENVÍO: RAS DEPENDENCIA USUARIA: Subdirección de Análisis e Información y Junta Directiva del Banco de la República

INSTRUCTIVO GENERALIDADES: Cuando en el presente instructivo se haga referencia a: 1. “Crédito” o “créditos”, “cartera de créditos” u “operaciones”, se entenderá que incluyen los contratos de

leasing que celebren las entidades autorizadas para el efecto. 2. “Saldo de los créditos”, se entenderá que es el saldo de capital. El reporte tiene como propósito registrar el nivel de mercado de las tasas de interés de colocación. Por ello es imperativo que las operaciones que constituyan contraprestaciones o reciprocidades bancarias, o las desarrolladas con la matriz o las subordinadas de ésta, así como con otra sociedad donde se evidencie el control de gestión o administrativo por parte de la entidad vigilada o de su matriz o de las subordinadas de ésta, o cualquier otra operación que se efectúe en casos de excepción o con condiciones preferenciales, sean excluidas del reporte. Adicionalmente, se deben excluir los datos de las siguientes operaciones:  Crédito otorgado a los constructores de vivienda  Crédito preferencial  Créditos a vinculados  Créditos a empleados  Créditos a ex-empleados  Créditos a fondos de empleados  Créditos de redescuento  Créditos interbancarios  Créditos de tesorería  Créditos en moneda extranjera  Financiación de bienes recibidos en dación en pago  Créditos acordados dentro de la Ley 550 de 1999  Créditos acordados dentro de la Ley 617 de 2000 y del Decreto 192 de 2001, relacionados con el programa de saneamiento fiscal de los entes territoriales.  Operaciones de leasing habitacional  Créditos al sector solidario con tasa de interés preferencial No se deben incluir los créditos a tasa variable diferentes a DTF y UVR. Circular Externa 038 de 2012 Septiembre de 2012

F.1000-98 (formato 317)

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISIÓN DE INFORMACIÓN

PARTE II - PROFORMAS F.1000

Página 117-1 Todas las tasas de interés deben expresarse en términos efectivos anuales, incluyendo los márgenes sobre DTF o sobre UVR. En la unidad de captura 1 no aplican las columnas 6, 7 y 8. En la unidad de captura 2 no aplican las columnas 3, 4, 5, 9, 10, 11, 12 y 13.

Encabezado: Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia este formato. Indique el código del tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o sigla de la entidad.

Cuerpo del formato Unidad de captura 01

Tasa fija: Columnas 1 y 9, Subcuentas 005, 015 y 025: Debe reportarse en términos de efectivo anual el promedio ponderado de las tasas de interés de los créditos comerciales, de consumo y microcréditos, vigentes y otorgados a personas naturales y jurídicas, respectivamente.

Circular Externa 038 de 2012 Septiembre de 2012 F.1000-98 (formato 317)

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