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SFC - Anexo Circular Externa 39 de 2009 (4)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 39 de 2009 (4)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2009

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISI(cid:211)N DE INFORMACI(cid:211)N

PARTE I - PROFORMA F.0000-147

PÆgina 496

TEMA: Controles de ley

NOMBRE DE PROFORMA CÆlculo actuarial

NUMERO DE PROFORMA: F.0000-147

OBJETIVO: Recibir informaci(cid:243)n de pensiones de jubilaci(cid:243)n y sobrevivencia para la verificaci(cid:243)n y/o aprobaci(cid:243)n de los cÆlculos actuariales.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades que estØn bajo la vigilancia y/o control exclusivo de la Superintendencia Financiera de Colombia que tengan a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones de jubilaci(cid:243)n o emisi(cid:243)n de bonos o t(cid:237)tulos pensionales y las administradoras del RØgimen de Prima Media con

Prestaci(cid:243)n Definida.

PERIODICIDAD: Anual FECHA DE REPORTE: Para las entidades vigiladas a mÆs tardar el 30 de noviembre del aæo de corte.

Para las de entidades del rØgimen de prima media con prestaci(cid:243)n definida, el 31 de marzo del aæo siguiente a la fecha de corte. Para las entidades controladas, el 30 de abril del aæo siguiente a la fecha de corte o cuando as(cid:237) sea requerido por la Superintendencia Financiera de Colombia. FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: 31 de diciembre TRAMITE: 340 - CÆlculos actuariales Entidades vigiladas

448 - CÆlculos Actuariales Entidades Controladas MEDIO DE ENV˝O: Correo electr(cid:243)nico: calculosactuariales@superfinanciera.gov.co

DEPENDENCIA USUARIA: Direcci(cid:243)n de Ahorro individual y Prima Media

INSTRUCTIVO ENCABEZADO Entidad: Indique el c(cid:243)digo del tipo de entidad al que pertenece, el c(cid:243)digo de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia, en adelante SFC, el nombre o sigla de la entidad.

Fecha de Corte: Diligencie bajo el formato DDMMAAAA (d(cid:237)a, mes, aæo), la fecha de corte a la que corresponde la informaci(cid:243)n reportada.

CUERPO DEL FORMATO.

En cada rengl(cid:243)n se debe registrar cada uno de los casos a reportar. Para las columnas 31, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41, 42, 41, 43, la subcuenta 999999 corresponde a la sumatoria de las subcuentas 1 a 999998 El cÆlculo actuarial se deberÆ remitir en formato Excel v(cid:237)a correo electr(cid:243)nico a la direcci(cid:243)n calculosactuariales@superfinanciera.gov.co de acuerdo con el formato siguiente: 1 Tipo de pensi(cid:243)n Registre el tipo de pensi(cid:243)n

1. Jubilados

2. Activos con requisito Empresa y requisito I.S.S.

3. Activos con requisito Empresa y expectativa I.S.S.

4. Activos en expectativa Empresa y expectativa I.S.S.

5. Retirados con 20 o mÆs aæos de servicio.

6. Retirados entre 15 y 20 aæos de servicio.

7. Retirados sin justa causa entre 10 y 15 aæos de servicio.

CIRCULAR EXTERNA 039 DE 2009 OCTUBRE 2009

Proforma F.0000-147

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISI(cid:211)N DE INFORMACI(cid:211)N

PARTE I - PROFORMA F.0000-147

PÆgina 497

8. Retirados sin justa causa entre 15 y 20 aæos de servicio.

9. Sustitutos pensionales. 2 Vigencia Registre que tipo de vigencia tiene la prestaci(cid:243)n (0 = vitalicia , 1 = temporal) 3 Compartibilidad ISS Registre si la prestaci(cid:243)n es plena a cargo de la empresa, ya compartida con el ISS, expectativa de compartir con el ISS ( 0 = plena a cargo de la empresa, 1 = ya compartida con la pensi(cid:243)n del ISS, 2 = en expectativa de compartir con el ISS, 3 = Expectativa empresa y Expectativa ISS) 4 Diferimiento pensi(cid:243)n de Registre si la prestaci(cid:243)n es inmediata o diferida ( 0 = inmediata, 1 = diferida) jubilaci(cid:243)n 5 Tipo de identificaci(cid:243)n Tipo: indica el tipo de identificaci(cid:243)n del pensionado. Los c(cid:243)digos a utilizar son: 1 = cØdula de ciudadan(cid:237)a, 2 = cØdula de extranjer(cid:237)a, 3 = nit, 4 = tarjeta de identidad, 5 = pasaporte, 6 = tarjeta del seguro social extranjero, 7 = sociedad extranjera sin nit en

Colombia, 8 = fideicomiso, 9 = nuip o registro civil de nacimiento. 6 Identificaci(cid:243)n Registre el nœmero de identificaci(cid:243)n del beneficiario ( si es de jubilaci(cid:243)n, la identificaci(cid:243)n del causante de la prestaci(cid:243)n, si es sustituci(cid:243)n la identificaci(cid:243)n del sustituto) 7 Nombre Registre el nombre del jubilado o sustituto de la prestaci(cid:243)n 8 Sexo 1 Sexo del jubilado (1 = masculino, 2 = femenino, en caso de ser una pensi(cid:243)n de sustituci(cid:243)n dejar en blanco) 9 Sexo 2 Sexo del sustituto pensional (1 = masculino, 2 = femenino) , (en caso de no conocerse se asume del sexo opuesto de acuerdo a los criterios tØcnicos) 10 Estado civil Registre el c(cid:243)digo para identificar el estado civil del beneficiario: 1 = soltero, 2 = viudo, 3 = casado, 4 = uni(cid:243)n libre, 5 = divorciado. 11 Invalidez 1 Registre si el jubilado se encuentra en estado de invalidez o no ( 0 = valido, 1 = invalido), 12 Invalidez 2 Registre si el sustituto se encuentra en estado de invalidez o no ( 0 = valido, 1 = invalido) 13 Edad 1 Registre la edad actual del trabajador o jubilado (en caso de ser una pensi(cid:243)n de sustituci(cid:243)n dejar en blanco) 14 Edad 2 Registre la edad actual del c(cid:243)nyuge o sustituto

15 Edad jubilaci(cid:243)n empresa Registre la edad a partir de la cual se paga la prestaci(cid:243)n de la empresa (en los casos de diferimiento) 16 Edad jubilaci(cid:243)n ISS Registre la edad en que adquiere requisitos para pensi(cid:243)n con el ISS (en caso de expectativa de jubilaci(cid:243)n con el ISS) 17 Edad fin temporalidad Registre la edad en la cual finaliza el pago de la prestaci(cid:243)n (para los casos de pensi(cid:243)n temporal) 18 Aæo en que se otorga la Registre el aæo en que se causaron los derechos pensionales, si corresponde a una prestaci(cid:243)n pensi(cid:243)n en expectativa se debe registrar el aæo de expectativa. 19 Aæos de servicio a la Registre el tiempo en aæos al servicio de la empresa, œnicamente para el personal empresa activo y retirado. 20 Semanas de cotizaci(cid:243)n al Registre las semanas cotizadas al ISS hasta la fecha de corte (para los casos de ISS expectativa de pensi(cid:243)n con el ISS) 21 Semanas cotizadas Registre las semanas de cotizaci(cid:243)n al ISS proyectadas a la edad de jubilaci(cid:243)n esperadas ISS ISS(para los casos de expectativa de pensi(cid:243)n con el ISS) 22 Salario Registre el salario actual o œltimo salario (para los casos de personal retirado indexado a la fecha de cÆlculo de ser pertinente) 23 Pensi(cid:243)n mensual empresa Registre el valor de la mesada pensional que se paga actualmente o que se pagarÆ al momento de la jubilaci(cid:243)n en pesos constantes al aæo de corte 24 Pensi(cid:243)n mensual empresa Registre el valor de la mesada pensional de la empresa a que tiene derecho el

  • sobrevivencia sobreviviente, como si el derecho se adquiriera de forma inmediata 25 Pensi(cid:243)n mensual ISSRegistre el valor de la mesada pensional que pagarÆ el ISS (para los casos de vejez expectativa de compartir con la pensi(cid:243)n de vejez del ISS y teniendo en cuenta las semanas que se cotizarÆn al ISS hasta la fecha de cumplimiento de requisitos de pensi(cid:243)n ISS) CIRCULAR EXTERNA 039 DE 2009 OCTUBRE 2009

Proforma F.0000-147

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISI(cid:211)N DE INFORMACI(cid:211)N

PARTE I - PROFORMA F.0000-147

PÆgina 498 26 Pensi(cid:243)n mensual ISS - Registre el valor de la mesada pensional del ISS a que tiene derecho el sobreviviente sobrevivencia en caso de que el derecho se adquiriera de forma inmediata, (para el caso pensiones en expectativa, se debe tener en cuenta las semanas efectivas cotizadas a la fecha del cÆlculo). 27 Pensi(cid:243)n mensual Otras Registre el valor de la cuota parte pensional en que concurren otras entidades en el valor de la pensi(cid:243)n, en los casos pertinentes. 28 Pensi(cid:243)n mensual Otras - Registre el valor de la cuota parte pensional a que tiene derecho el sobreviviente en sobrevivencia caso de que el derecho se adquiriera de forma inmediata, (para el caso pensiones en expectativa, se debe tener en cuenta las semanas efectivas cotizadas a la fecha del

cÆlculo). 29 Nœmero de mesadas Registre el nœmero de pagos al aæo que otorga la empresa. empresa 30 Nœmero de mesadas ISS Registre el nœmero de pagos que recibirÆ con el ISS (para los casos de expectativa de compartir con la pensi(cid:243)n del ISS) 31 Reserva jubilaci(cid:243)n Registre el valor de la reserva del jubilaci(cid:243)n de la empresa. empresa 32 Reserva supervivencia Registre el valor de la reserva de la empresa por la sustituci(cid:243)n pensional en caso de empresa fallecimiento del causante de la prestaci(cid:243)n. 33 Auxilio funerario empresa Registre el valor del auxilio funerario a pagar, en los casos que sea pertinente. 34 Prima auxilio funerario Registre el valor de la prima del auxilio funerario, en los casos que sea pertinente. empresa 35 Reserva Adicional Registre el valor de la reserva adicional que la empresa debe constituir por beneficios adicionales que otorgue, como auxilios adicionales por fallecimiento u otros no contemplados en la s prestaciones usuales. 36 Reserva por cotizaciones Registre el valor de la reserva por cotizaciones futuras entre la edad actual y la edad Futuras de pensi(cid:243)n de vejez con el ISS, en los casos que se requiera. 37 Reserva jubilaci(cid:243)n ISS Registre el valor de la reserva de la pensi(cid:243)n de vejez que otorgara el ISS hasta el fallecimiento del causante de la prestaci(cid:243)n. 38 Reserva supervivencia ISS Registre el valor de la reserva por la sustituci(cid:243)n pensional otorgada por el ISS al

fallecimiento del causante de la prestaci(cid:243)n. 39 Auxilio funerario ISS Registre el valor del auxilio funerario a pagar por parte del ISS, (para los casos de pensi(cid:243)n compartida o expectativa de compartir con el ISS) 40 Reserva jubilaci(cid:243)n Otras Registre el valor de la reserva de la pensi(cid:243)n de vejez que otorgarÆn Otras Entidades Entidades hasta el fallecimiento del causante de la prestaci(cid:243)n. 41 Reserva supervivencia Registre el valor de la reserva por la sustituci(cid:243)n pensional otorgada por Otras Otras Entidades Entidades al fallecimiento del causante de la prestaci(cid:243)n. 42 Auxilio funerario Otras Registre el valor del auxilio funerario a pagar por parte de Otras Entidades. Entidades 43 Total Reserva Empresa 31+32+34+35+36 Criterios tØcnicos para la elaboraci(cid:243)n de los cÆlculos En la elaboraci(cid:243)n de los cÆlculos actuariales se deberÆn tener en cuenta los siguientes criterios tØcnicos:  Las tablas de mortalidad de rentistas hombres y mujeres experiencia I.S.S. 1980 -1989 adoptadas por Resoluci(cid:243)n 0585 del 11 de abril de 1994 expedida por la entonces Superintendencia Bancaria de Colombia o las que estØn vigentes.  Para las vigiladas y/ o controladas, el interØs tØcnico y los futuros incrementos de salarios y pensiones deberÆn estimarse empleando lo establecido en el Decreto 2783 de 2001 modificado por el Decreto 2984

de 2009 o las normas que los modifiquen sustituyan o deroguen. Para las Administradoras del RØgimen de Prima Media, el interØs tØcnico y los futuros incrementos de salarios y pensiones deberÆn estimarse empleando lo establecido en la Resoluci(cid:243)n 610 de 1994 expedida por esta Superintendencia.

CIRCULAR EXTERNA 039 DE 2009 OCTUBRE 2009

Proforma F.0000-147

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISI(cid:211)N DE INFORMACI(cid:211)N

PARTE I - PROFORMA F.0000-147

PÆgina 499  Se deben incluir las mesadas adicionales en junio y diciembre de cada aæo conforme a lo dispuesto en el literal b del art(cid:237)culo 2o. del Decreto 1517 de 1998 o œnicamente en diciembre de acuerdo a lo establecido en el Acto Legislativo # 1 de 2005.  El cÆlculo deberÆ efectuarse teniendo en cuenta las condiciones de valor y monto mÆximo de la pensi(cid:243)n que fueren aplicables al momento de adquirir el derecho conforme a lo dispuesto en los Decretos 314, 813 de 1994 y el Acto Legislativo #1 de 2005.  Se deberÆn actualizar las mesadas pensionales en el caso de personal retirado de acuerdo a lo resuelto en la sentencia C-862 de 2006 de la Corte Constitucional.  El cÆlculo de la Reserva de Sobrevivencia de los jubilados solteros o viudos, se harÆ suponiendo que la

renta se paga a una persona de sexo opuesto que a la fecha del cÆlculo tiene la misma edad del jubilado.  Las Reservas de Jubilaci(cid:243)n tanto de activos como de retirados, se difieren a la edad a la cual adquieren el derecho.  Cuando se conozca que el trabajador o rentista es casado o tiene compaæero(a) permanente y no se tiene conocimiento cierto de la edad del c(cid:243)nyuge o compaæero(a), se asume que Øste es cinco (5) aæos menor o mayor segœn el rentista sea hombre o mujer, respectivamente.  Cuando las pensiones de sustituci(cid:243)n estØn conformadas por mÆs de un beneficiario, para efectos del cÆlculo, se debe tomar al beneficiario cuya renta sea de mayor expectativa de duraci(cid:243)n.  Los riesgos amparados por el I.S.S., en caso de pensiones compartidas deberÆn calcularse y deducirse del valor total de la Reserva MatemÆtica.  Para efectos del cÆlculo, cuando la pensi(cid:243)n del I.S.S. arroje un valor superior a la de la empresa, se debe tomar como pensi(cid:243)n I.S.S. la misma de la empresa.  Para efectos del cÆlculo cuando el nœmero de mesadas del ISS sea mayor al nœmero de mesadas de la empresa se debe tomar como nœmero de mesadas ISS el nœmero de mesadas de la empresa  Para efectos del cÆlculo, la renta de sobrevivencia se asume inmediata.  Para los activos, la base del cÆlculo de la pensi(cid:243)n serÆ el salario actual sin incremento inmediato, acorde

al numeral 3 del art(cid:237)culo 1(cid:176) del Decreto 2783 de 2001.  Para determinar la reserva de los pensionados, se deberÆ considerar el reajuste inmediato de la pensi(cid:243)n.  En caso de existir pactos o convenciones colectivas de trabajo, se deben anexar e indicar claramente los beneficios, grupos y parÆmetros a considerar.

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