SFC - Anexo Circular Externa 39 de 2012 (6)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 39 de 2012 (6)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2012
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO 2: CAPITULO XXI REGLAS RELATIVAS A LA ADMINISTRACI(cid:211)N DE LOS RIESGOS DE
MERCADO
PÆgina 4 f. Operaciones Carrusel En tØrminos financieros, un carrusel consiste en una secuencia de operaciones de compra y venta de un t(cid:237)tulo a futuro. Por lo anterior, para efectos de la exposici(cid:243)n a riesgos de mercado de que trata el presente cap(cid:237)tulo, estas operaciones deberÆn ser tratadas como una serie de operaciones de compra y venta a futuro del t(cid:237)tulo subyacente. Cada una de estas operaciones deberÆ ser tratada de acuerdo a lo estipulado en el literal b del presente numeral. g. Opciones. El tratamiento de estas operaciones serÆ descrito en la secci(cid:243)n 1.7. Para valorar aquellas posiciones nocionales asimiladas a bonos cero cup(cid:243)n, se deberÆn seguir las siguientes indicaciones: (i) Cuando la posici(cid:243)n se encuentre en moneda legal, se deberÆ utilizar la curva cero cup(cid:243)n para t(cid:237)tulos TES tasa fija en pesos suministrados por el proveedor de precios para valoraci(cid:243)n designado como oficial para el segmento correspondiente. (ii) Cuando la posici(cid:243)n se encuentre denominada en UVR se deberÆ utilizar la curva cero cup(cid:243)n para t(cid:237)tulos TES en UVR suministrados por el proveedor de precios para valoraci(cid:243)n designado como oficial para el segmento correspondiente; y (iii) Para el caso de posiciones denominadas en moneda extranjera, la tasa de
descuento aplicable es la tasa “London Interbank Offer Rate” (LIBOR). h. Notas estructuradas El riesgo de mercado de las notas estructuradas que puedan descomponerse en instrumentos de renta fija o variable e instrumentos derivados deberÆ calcularse para cada uno de sus componentes. Cuando se trate de notas estructuradas que, de acuerdo con su valoraci(cid:243)n, puedan descomponerse, el riesgo de mercado deberÆ calcularse teniendo en cuenta:(i) el m(cid:243)dulo de tasa de interØs, de acuerdo con las reglas contenidas en el numeral 1.2 de este anexo, cuando se trate de instrumentos de renta fija. (ii) el factor de riesgo de tasa de cambio, de acuerdo con las reglas contenidas en el numeral 1.3 del presente anexo. (iii) el factor de riesgo de precio de acciones o (cid:237)ndice accionario, de acuerdo con las reglas contenidas en el numeral 1.4 del presente anexo, para el caso de instrumentos de renta variable. Cuando se trate de notas estructuradas que, de acuerdo con su valoraci(cid:243)n, no puedan descomponerse y se asemejen en su comportamiento y estructura a una opci(cid:243)n, el riesgo de mercado deberÆ calcularse de acuerdo con las reglas contenidas en el numeral 1.7 del presente instructivo. Circular Externa 039 de 2012 Septiembre de 2012
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO 2: CAPITULO XXI REGLAS RELATIVAS A LA ADMINISTRACI(cid:211)N DE LOS RIESGOS DE
MERCADO
PÆgina 7 Tabla 4 RANGOS d(cid:237)as
Asignaci(cid:243)n vencimiento D(cid:237)as al Desde Hasta nodo vencimiento 0 180 1 180 181 545 2 365 546 910 3 730 911 1275 4 1095 1276 1640 5 1460 1641 2190 6 1825 2191 2920 7 2555 2921 3650 8 3285 3651 - 9 5475 Por ejemplo, para un flujo que se encuentra entre 0 y 180 d(cid:237)as al vencimiento, el nodo asignado serÆ el nodo uno (1) (180 d(cid:237)as al vencimiento), mientras que para un flujo con 890 d(cid:237)as al vencimiento, el nodo asociado al mismo, serÆ el tres (3) (730 d(cid:237)as al vencimiento). Esta asignaci(cid:243)n de nodos serÆ la que permita calcular la exposici(cid:243)n total de cada t(cid:237)tulo. Posterior a la asignaci(cid:243)n de nodo para cada flujo del t(cid:237)tulo o valor, se debe calcular el valor presente del mismo, utilizado como tasa de descuento, la tasa cero cup(cid:243)n del flujo y el margen correspondiente suministrados por el proveedor de precios para valoraci(cid:243)n designado como oficial para el segmento correspondiente. En el caso de la curva de tesoros de los Estados Unidos, cuando los d(cid:237)as al vencimiento del flujo no estØn contemplados dentro de los nodos publicados por bloomberg (Curva Cero Cup(cid:243)n on the run) la entidad debe encontrar una aproximaci(cid:243)n a dicha tasa a travØs de interpolaciones
de las tasas publicadas. Calculado el valor presente del flujo del t(cid:237)tulo o valor, Øste debe multiplicarse por la duraci(cid:243)n modificada del flujo calculada como el tiempo anual al vencimiento descontado por la correspondiente tasa cero cup(cid:243)n del vencimiento del flujo. Por œltimo, se deben sumar los flujos correspondientes a cada nodo asignado, con el fin de hallar la exposici(cid:243)n total de cada nodo. Circular Externa 039 de 2012 Septiembre de 012 E N k i = N n = 1
V P F n
D M n
Donde: EN Exposici(cid:243)n del titulo o valor k en el nodo i, i = 1,...,9 ki VPF Valor presente del flujo n n DM Duraci(cid:243)n modificada del flujo n n