SFC - Anexo Circular Externa 39 de 2014 (4)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 39 de 2014 (4)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2014
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO I - REMISION DE INFORMACION
PARTE II - PROFORMAS F.1000
PÆgina 17
TEMA: Controles de ley NOMBRE DE PROFORMA: Formato de Informaci(cid:243)n de Solvencia para el cÆlculo de patrimonio adecuado.
NUMERO DE PROFORMA: F.1000-48.
NUMERO DE FORMATO: 110
OBJETIVO: Control de la determinaci(cid:243)n de las relaciones de solvencia, adicional a la informaci(cid:243)n registrada en el CatÆlogo (cid:218)nico de Informaci(cid:243)n Financiera con fines de Supervisi(cid:243)n.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos de CrØdito, Organismos Cooperativos de Grado
Superior de CarÆcter Financiero. TR`MITE: 753 Controles de ley.
PERIODICIDAD: Para reporte individual: Mensual.
Para reporte consolidado: Trimestral.
FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Corte de estados financieros o œltimo d(cid:237)a del mes al que corresponde la informaci(cid:243)n.
FECHA DE REPORTE: TØrmino establecido para los estados financieros.
DOCUMENTO TECNICO: SB DS 003.
TIPO Y NUMERO DEL INFORME: Reporte individual: 0 Estados financieros intermedios.
Reporte consolidado: 30 Reporte Grupo Financiero Nacional y 31
Reporte Grupo Financiero Nacional con Subordinadas en el Exterior.
MEDIO DE ENV˝O: RAS.
DEPENDENCIA RESPONSABLE: Delegatura para Intermediarios Financieros.
Delegatura para Riesgo de Conglomerados y Gobierno Corporativo.
DEPENDENCIA USUARIA: Direcci(cid:243)n de Investigaci(cid:243)n y Desarrollo.
INSTRUCTIVO: GENERALIDADES Para la determinaci(cid:243)n del patrimonio adecuado se deben tener en cuenta los movimientos, segœn el caso, de los valores registrados en el CatÆlogo (cid:218)nico de Informaci(cid:243)n Financiera con fines de Supervisi(cid:243)n. o en las distintas proformas requeridas por esta Superintendencia para el efecto.
El formato debe ser reportado en miles de pesos con dos decimales, excepto la subcuenta 642 la cual debe reportarse en tØrminos porcentuales con dos decimales (es decir que 20% se reporta como 20.00). Las subcuentas que no contengan valor o no apliquen, no se deben reportar. La informaci(cid:243)n transmitida en este formato a nivel individual y consolidado debe tener en cuenta las instrucciones impartidas en la Circular BÆsica Contable y Financiera (CBCF) y demÆs normas relacionadas que resulten aplicables. Las valorizaciones y deterioro (provisi(cid:243)n) de las inversiones deben realizarse de acuerdo con las instrucciones impartidas en la CBCF y demÆs normas que los modifiquen o sustituyan. La calificaci(cid:243)n de la cartera de crØdito y las operaciones de leasing financiero, as(cid:237) como el cÆlculo del deterioro (provisiones) debe realizarse teniendo en cuenta las instrucciones establecidas en la CBCF y demÆs normas que lo modifiquen o sustituyan. Todas las subcuentas del presente formato aplican a nivel individual y consolidado. Se exceptœan las subcuentas
610, 615, 620, 635 y 640 las cuales œnicamente deben ser reportadas de forma consolidada y las subcuentas 641 y 642 que aplican s(cid:243)lo a nivel individual. Las subcuentas 640 y 641 s(cid:243)lo deben reportarse entre el primero de enero y el d(cid:237)a antes de la celebraci(cid:243)n de la Asamblea Ordinaria de Accionistas u (cid:243)rgano que haga sus veces. Las subcuentas 114, 119, 315, 665, 666, 670, 675, 676, 680, 685, 686, 690, 695, 696, 700 y 735 deben reportarse solo para prop(cid:243)sitos de validaci(cid:243)n y supervisi(cid:243)n por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia, raz(cid:243)n por la cual no hacen parte del cÆlculo de la solvencia. Con el fin de establecer los mecanismos necesarios para el procesamiento de la informaci(cid:243)n que permita calcular el cumplimiento de las relaciones de solvencia en forma consolidada, esta Superintendencia ha considerado conveniente disponer de la informaci(cid:243)n relativa a los estados financieros consolidados de la sociedad matriz y sus subordinadas. Para el efecto, se imparten las siguientes instrucciones: Trimestralmente, dentro de los plazos establecidos para la presentaci(cid:243)n de los estados financieros consolidados, se debe remitir la proforma F.1000-48 (formato 110), con la informaci(cid:243)n correspondiente a los respectivos registros consolidados. Para los estados financieros consolidados, la transmisi(cid:243)n de este formato debe hacerse en el registro 1 por tipo de
informe 30 (cid:243) 31. Circular Externa 039 de 2014 Diciembre de 2014 Proforma F.1000-48 (formato 110)
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO I - REMISION DE INFORMACION
PARTE II - PROFORMAS F.1000
PÆgina 17-1
ENCABEZADO.
Entidad: Identificaci(cid:243)n de la entidad vigilada que diligencia este formato. Indique el tipo de entidad al que pertenece, el c(cid:243)digo de la entidad asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o raz(cid:243)n social de la entidad.
Fecha de corte: Se debe seæalar bajo el formato DD/MM/AAAA (d(cid:237)a/mes/aæo), la fecha de corte a la que corresponde la informaci(cid:243)n reportada.
Circular Externa 039 de 2014 Diciembre de 2014 Proforma F.1000-48 (formato 110)