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SFC - Anexo Circular Externa 43 de 2011 (2)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 43 de 2011 (2)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2011

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CAPITULO II – REGLAS RELATIVAS A LA GESTI(cid:211)N DEL RIESGO CREDITICIO

PÆgina 6 De esta manera, para cada deudor-segmento de cartera de consumo se obtiene la probabilidad de migrar entre su calificaci(cid:243)n vigente y la calificaci(cid:243)n de incumplimiento en los pr(cid:243)ximos 12 meses de acuerdo con el ciclo del comportamiento general del riesgo de crØdito. Para efectos de la asignaci(cid:243)n de la probabilidad de incumplimiento, las entidades deberÆn, en primera instancia, dar cumplimiento a lo establecido en el literal a. del numeral 2.2.4 del presente Cap(cid:237)tulo y posteriormente sobre la calificaci(cid:243)n alineada, asignar la probabilidad de incumplimiento correspondiente a cada uno de los segmentos. 5.2. La pØrdida dado el incumplimiento (PDI) Se define como el deterioro econ(cid:243)mico en que incurrir(cid:237)a la entidad en caso de que se materialice alguna de las situaciones de incumplimiento a que hace referencia el numeral 3 del presente Anexo. La PDI para deudores calificados en la categor(cid:237)a incumplimiento sufrirÆ un aumento paulatino de acuerdo con los d(cid:237)as trascurridos despuØs de la clasificaci(cid:243)n en dicha categor(cid:237)a La PDI por tipo de garant(cid:237)a serÆ la siguiente: D(cid:237)as despuØs del D(cid:237)as despuØs del Tipo de Garant(cid:237)a P.D.I. Nuevo PDI Nuevo PDI

incumplimiento incumplimiento Garant(cid:237)a no admisible 60% 210 70% 420 100% Colateral financiero 0-12% - - - - admisible Bienes ra(cid:237)ces comerciales 40% 360 70% 720 100% y residenciales Bienes dados en leasing 35% 360 70% 720 100% inmobiliario Bienes dados en leasing 45% 270 70% 540 100% diferente a inmobiliario Otros colaterales 50% 270 70% 540 100% Derechos de cobro 45% 360 80% 720 100% Sin Garant(cid:237)a 75% 30 85% 90 100% Para homologar las distintas garant(cid:237)as presentes en los contratos de crØdito con los segmentos anteriormente listados, se clasifican dentro de cada grupo de garant(cid:237)as las siguientes:

1. Garant(cid:237)a no admisible: SerÆn clasificadas como garant(cid:237)as no admisibles, entre otras, las siguientes garant(cid:237)as: • Codeudores, avalistas y garant(cid:237)a por libranza.

2. Colateral Financiero Admisible (CFA): SerÆn clasificadas como CFA las siguientes garant(cid:237)as: • Dep(cid:243)sitos de dinero en garant(cid:237)a colateral: Esta garant(cid:237)a tiene una PDI de 0%. • Cartas Stand By consideradas garant(cid:237)as id(cid:243)neas segœn lo establecido en el literal d del numeral 1.3.2.3.1

del Cap(cid:237)tulo II tienen una PDI de 0%. • Seguros de crØdito: Esta garant(cid:237)a tiene una PDI de 12%. • Garant(cid:237)a Soberana de la Naci(cid:243)n (Ley 617 de 2000): Esta garant(cid:237)a tiene una PDI de 0%. • Garant(cid:237)as emitidas por Fondos de Garant(cid:237)as: Esta garant(cid:237)a tiene una PDI de 12%. • Prenda sobre t(cid:237)tulos valores emitidos por instituciones financieras: Esta garant(cid:237)a tiene una PDI de 12%.

3. Derechos de cobro (DC): SerÆn clasificadas como DC las siguientes garant(cid:237)as: • Fiducias mercantiles irrevocables de garant(cid:237)a. • Pignoraci(cid:243)n de rentas de entidades territoriales y descentralizadas de todos los (cid:243)rdenes.

4. Bienes ra(cid:237)ces y residenciales (CRE/RRE): SerÆn clasificadas como CRE las siguientes garant(cid:237)as: • Fiducias hipotecarias. • Garant(cid:237)as inmobiliarias.

5Bienes dados en Leasing Inmobiliario: Se clasifican dentro de esta categor(cid:237)a los bienes dados en los siguientes contratos de leasing: • Leasing de inmuebles. • Leasing habitacional. Anexo V – Modelo de Referencia para Cartera de Consumo - MRCO Circular Externa 043 de 2011 Octubre de 2011

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