SFC - Anexo Circular Externa 46 de 2016 (5)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 46 de 2016 (5)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2016
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA PAG. 204
ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO
DECLARACI(cid:211)N DEL ENCAJE EN MONEDA LEGAL
FORMATO 443
CIRCULAR EXTERNA 046 DE 2016
ENTIDAD: _______ ___________ _________________________________ Fecha de Corte: _____________
TIPO CODIGO NOMBRE DD/MM/AAAA
Miles de Pesos UNIDAD SUBCUENTA C(cid:211)DIGOS CAT`LOGO (cid:218)NICO DE INFORMACI(cid:211)N FINANCIERA MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO DOMINGO LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO DOMINGO LUNES MARTES DE CAPTURA 005 Fechas para el Requerido de Encaje 01 2105 Dep(cid:243)sitos en cuenta corriente excepto: inactivos trasladados a la Direcci(cid:243)n General de CrØdito Pœblico y Tesoro Nacional 005 (DGCPTN) y abandonados trasladados al Fondo Especial del Instituto Colombiano de CrØdito Educativo y Estudios TØcnicos en el Exterior (Fondo Especial ICETEX) 010 2106 Dep(cid:243)sitos simples 2108 Dep(cid:243)sitos de ahorro (1) excepto: inactivos trasladados a la DGCPTN y abandonados trasladados al F ondo Especial ICETEX 015 020 Eliminada 2109 Cuentas de ahorro especial, excepto: inactivas trasladadas a la DGCPTN y abandonadas trasladadas al Fondo Especial ICETEX 025 030 2112 Cuenta centralizada, excepto: inactiva trasladada a la DGCPTN y abandonada trasladada al Fondo Especial ICETEX
035 2113 Fondos en fideicomiso y cuentas especiales 040 2115 Bancos y corresponsales 045 2116 Dep(cid:243)sitos especiales Excepto: 211610 del Banco de la Repœblica y 211690 Recuados Realizados 050 2117 Exigibilidades por servicios Excepto 211735 Cheques con provisi(cid:243)n garantizada 055 2118 Servicios de recaudo 060 2119 Establecimientos afiliados 062 2120 Dep(cid:243)sitos electr(cid:243)nicos 212405, 212410, 212505 y 212605 Compromisos de transferencia en operaciones repo, simultÆneas y por transferencia 063 temporal de valores con entidades del sector real (2) 065 Eliminada 070 Eliminada 075 Eliminada 02 080 Eliminada 085 Eliminada 090 Eliminada 095 Eliminada 100 Eliminada 105 Eliminada 110 Eliminada 115 Eliminada 120 Eliminada 125 243530 Aceptaciones (Bancarias despuØs del plazo) (3) 130 2506 Contribuci(cid:243)n sobre transacciones 135 250340 Impuestos sobre las ventas por pagar 140 259010 Cheques girados no cobrados 145 259020 Donaciones de terceros por pagar 150 211690 Recaudos realizados 155 259095 Otras cuentas por pagar diversas 160 Eliminada 165 2156 Cuentas canceladas 170 2919 Fondos cooperativos espec(cid:237)ficos 175 2990 Otros - Excepto: 299005 Abonos para aplicar a obligaciones al cobro, 299010 Sobrantes en Caja y 299015 Sobrantes en Canje 180 Eliminada
005 Certificados de Dep(cid:243)sito a TØrmino Menores a 18 Meses ( Sumatoria de los c(cid:243)digos 210705, 210710 y 210715) 010 Certificados de Ahorro de Valor Real - Menores de 18 Meses (Sumatoria de los c(cid:243)digos 211005, 211010, 211015 y 211020) 015 Bonos de garant(cid:237)a general menor de 18 meses (213006 y 224506) Bonos menores de 18 meses denominados en moneda legal y pagaderos en divisas, emitidos en los mercados internacionales de capitales 016 03 017 Bonos subordinados menor de 18 meses (213012 y 224512) 019 Bonos ordinarios menor de 18 meses (213013 y 224513) 020 Bonos otros menor de 18 meses 213009 y 224509 025 Eliminada 005 210720 Emitidos igual o superior a 18 meses (CDT) 010 211025 Superior o igual a 18 meses (CAVR) 212405, 212410, 212505 y 212605 Compromisos de transferencia en operaciones repo, simultÆneas y por transferencia 011 temporal de valores con la DGCPTN 015 Eliminada 020 Eliminada 025 Eliminada 030 Eliminada 035 213007 y 224507 Bonos de garant(cid:237)a general igual o superior a 18 meses Bonos iguales o superiores a 18 meses denominados en moneda legal ypagaderos en divisas, emitidos en los mercados internacionales de 04 036 capitales 037 213012 y 224512 Bonos subordinados igual o superior a 18 meses 039 213013 y 224513 Bonos ordinarios igual o superior a 18 meses 040 213010 y 224510 Bonos otros igual o superior a 18 meses
Dep(cid:243)sitos en cuenta corriente, dep(cid:243)sitos de ahorro, cuentas de ahorro especial y cuenta centralizada inactivos 041 trasladados a la DGCPTN Dep(cid:243)sitos en cuenta corriente, dep(cid:243)sitos de ahorro, cuentas de ahorro especial y cuenta centralizada abandonados 042 trasladados al Fondo Especial ICETEX 045 Eliminada Fechas para el Disponible de Encaje 05 005 110505 Efectivo 010 111005 Cuenta corriente bancaria 06 015 Total Disponible 005 Requerido Diario de Encaje Ordinario Literal a) del Art(cid:237)culo 1 de la Resoluci(cid:243)n 05 de 2008 010 Requerido Diario de Encaje Ordinario Literal b) del Art(cid:237)culo 1 de La Resoluci(cid:243)n 05 de 2008 07 015 Requerido Diario de Encaje Ordinario 005 Requerido Promedio de Encaje Ordinario 010 Disponible Promedio de Encaje Ordinario 08 015 Exceso (Defecto) de Encaje Ordinario 005 Autoliquidaci(cid:242)n de la Sanci(cid:243)n 09 005 Cuentas de Ahorro y los Planes de Ahorro Contractual de Bajo Monto – Decreto 1119 de 2008 010 Cuentas de Ahorro de Valor Real y los Planes de Ahorro Contractual en Unidades de Valor Real de Bajo Monto – Decreto 1119 de 2008 015 Cuentas de Ahorro Especial y los Planes de Ahorro Contractual en Cuentas de Ahorro Especial de Bajo Monto – Decreto 1119 de 2008 10 020 Requerido Diario de Encaje Ordinario Subcuente 005
025 Requerido Diario de Encaje Ordinario Subcuente 010 030 Requerido Diario de Encaje Ordinario Subcuente 015
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NOVIEMBRE DE 2016 F.1000-119
NOTAS: (1) En la cuenta 2108 "Dep(cid:243)sitos de ahorro" quedan incorporadas las "Cuentas de Ahorro de Valor Real". (2) Incluye los compromisos de transferencia de los establecimientos de crØdito con las entidades de infraestructuras financieras, cuando estas œltimas utilicen las garant(cid:237)as de sus miembros. El concepto de entidades de infraestructuras financieras hace referencia a los proveedores de infraestructura definidos en el art(cid:237)culo 11.2.1.6.4 del Decreto 2555 de 2010. (Incluye repos cerrados y abiertos, simultÆneas, transferencia temporal de valores con entidades del sector pœblico, con residentes del exterior y con otras entidades del sector real). (3) Las entidades deben registrar el valor de las aceptaciones en circulaci(cid:243)n despuØs del plazo, creadas por la entidad o por sus corresponsales que no han sido presentadas para su cobro al vencimiento. - Los compromisos de transferencia de los establecimientos de crØdito encajarÆn a la tasa correspondiente, independientemente de que Østos sean compensados y liquidados en cÆmaras de riesgo central de contraparte