SFC - Anexo Circular Externa 5 de 2007 (2)
Superintendencia Financiera
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 5 de 2007 (2)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO I - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE II - PROFORMAS F.1000
Página 35
TEMA: Tasas de interés NOMBRE DE PROFORMA Informe diario de tasas de interés
NUMERO DE PROFORMA: F.1000-55
NUMERO DE FORMATO: 133
OBJETIVO: Conocer y divulgar con mayor oportunidad la estructura temporal de las tasas de interés pasivas en todos los plazos de captación a través de CDT y de CDAT, así como el volumen total captado por red de oficinas y por tesorería, la tasa interbancaria para operaciones pasivas y activas, la tasa de las operaciones repos pasivas y activas desarrolladas por las entidades financieras, así como las consignaciones, los retiros y los saldos de las cuentas corrientes y cuentas de ahorro, buscando contribuir con una mayor transparencia en términos de lo que tiene que ver con el nivel de información que puede poseer el mercado y sus agentes en un momento determinado.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Establecimientos Bancarios, Corporaciones Financieras,
Compañías de Financiamiento Comercial Tradicionales y Especializadas en Operaciones de Leasing, Organismos cooperativos de carácter financiero de grado superior y las Cooperativas Financieras. Las Instituciones Oficiales Especiales solo deberán transmitir la información que les aplique según las operaciones autorizadas.
TRÁMITE: 247 -Reporte diario de tasas PERIODICIDAD: Diaria FECHA DE REPORTE: Todos los días hábiles antes de las 8:30 A.M.
FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: Día hábil anterior; los días no hábiles se reportan como
operaciones del día hábil siguiente.
DOCUMENTO TÉCNICO: SB DS 015 o SB DS 016.
TIPO Y NUMERO DEL INFORME 12 - Informe diario de Tasas de Interés.
MEDIO DE ENVÍO: RDSI o RAS DEPENDENCIA USUARIA: Unidad Técnica de Información Económica de la Subgerencia de Estudios Económicos del Banco de la República y la Dirección de Investigación y Desarrollo de la
Superintendencia Financiera de Colombia.
INSTRUCTIVO: El reporte está dirigido a registrar el nivel de mercado, en lo que tiene que ver con las tasas de interés, por ello, es absolutamente importante que aquellas operaciones que representen contraprestaciones o reciprocidades bancarias, así como las desarrolladas con su matriz o a las subordinadas de ésta, o con cualquier otra sociedad donde se evidencie el control de gestión o administrativo por parte de la entidad vigilada o de su matriz o de las subordinadas de esta, que pueden distorsionar el nivel de mercado, sean excluidas del reporte. No obstante lo anterior, en cada unidad de captura estarán expresamente establecidas las excepciones correspondientes.
Se precisa, igualmente, que la tasa y los montos reportados en este formato se refieren al movimiento del día, nunca a saldos y que, en todos los casos, se deberá considerar el 100% del valor de las nuevas operaciones realizadas durante el día. Así mismo, la responsabilidad sobre la calidad de la información y su oportuna transmisión a la Superintendencia Financiera de Colombia recaerá en el área que determine el representante legal de cada establecimiento de crédito, quien deberá informar por escrito a la Subdirección de Análisis e Información , el nombre y el cargo del funcionario designado (como mínimo de segundo nivel jerárquico). El
incumplimiento de esta instrucción acarreará las sanciones previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Unidades de Medida En las columnas 1 y 2 deberán reportarse, respectivamente, la tasa efectiva anual promedio ponderada y los montos correspondientes al valor consolidado de las nuevas colocaciones y captaciones realizadas durante el día. Estos movimientos diarios deberán reportarse en miles de pesos, con excepción de las subcuentas 080, 130, 250 y 300 de la unidad de captura 4, que se deben reportar en dólares. Unidad de Captura 1 - Emisiones CDT. En las subcuentas 010 a 085 de la columna 1, deberá reportarse la tasa efectiva anual promedio ponderada de los CDT emitidos de acuerdo con los rangos establecidos y en la columna 2 deberá consignarse el total transado durante el día en cada plazo, incluidas las renovaciones de títulos anteriormente emitidos con sus nuevas condiciones financieras.
CIRCULAR EXTERNA 005 DE 2007 ENERO 2007
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO I - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE II - PROFORMAS F.1000
Página 37 En las subcuentas 140 a 240 deberá reportarse, en las columnas 1 y 2 respectivamente, la tasa efectiva anual promedio ponderada de los fondos que recibe la entidad garantizados con su cartera de inversiones pactados con todas las entidades autorizadas para tal efecto y pactadas por plazos o por entidad, de acuerdo con lo definido en el código 2210 del PUC, con sus respectivos montos transados. Para la subcuenta 180, se deben considerar las operaciones realizadas con recursos provenientes de las
sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía, como también, de los patrimonios autónomos administrados por éstas. El promedio ponderado de las tasas de las subcuentas 140 a 155, como la suma de sus respectivos montos, debe cruzar con el promedio ponderado de las tasas y la suma de los montos de las subcuentas 160 a 240.
Interbancarios Activos: En la subcuenta 250 deberá reportarse, en las columnas 1 y 2 respectivamente, la tasa efectiva anual promedio ponderada en dólares del movimiento de las operaciones interbancarias ordinarias vendidas, únicamente en dólares (USD$), entre 1 y 5 días hábiles a todas las entidades autorizadas para tal efecto, de acuerdo con lo definido en el código 1205 del PUC, con sus respectivos montos transados.
En las subcuentas 260 a 290 deberá reportarse, en las columnas 1 y 2 respectivamente, la tasa efectiva anual promedio ponderada del movimiento de las operaciones interbancarias ordinarias vendidas por plazos o por tipos de entidad autorizadas para tal efecto, de acuerdo con lo definido en el código 1205 del PUC, con sus respectivos montos transados. El promedio ponderado de las tasas de las subcuentas 260 a 275, como la suma de sus respectivos montos, debe cruzar con el promedio ponderado de las tasas y la suma de los montos de las subcuentas 280 y 290.
Repos Activos: En la subcuenta 300 deberá reportarse, en las columnas 1 y 2 respectivamente, la tasa efectiva anual promedio ponderada en dólares de los fondos que coloca la entidad únicamente en dólares (USD$), con garantía de
inversiones, pactados con todas las entidades autorizadas para tal efecto entre 1 y 5 días hábiles, de acuerdo con lo definido en el código 1210 del PUC, con sus respectivos montos transados. En las subcuentas 310 a 400 deberá reportarse, en las columnas 1 y 2 respectivamente, la tasa efectiva anual promedio ponderada de los fondos que coloca la entidad, con garantía de inversiones, pactados con todas las entidades autorizadas para tal efecto y por plazo o tipo de entidad, de acuerdo con lo definido en el código 1210 del PUC, con sus respectivos montos transados. Para la subcuenta 350, se deben considerar las operaciones realizadas con recursos provenientes de las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía, como también, de los patrimonios autónomos administrados por éstas. El promedio ponderado de las tasas de las subcuentas 310 a 325, como la suma de sus respectivos montos, debe cruzar con el promedio ponderado de las tasas y la suma de los montos de las subcuentas 330 a 400. Unidad de Captura 5 – Movimientos en cuentas corrientes y cuentas de ahorro. Subcuenta 005 – Consignaciones cuentas de ahorro: En la columna 2 registre el valor de las consignaciones que se realizan diariamente en las cuentas de ahorro. Subcuenta 010 – Consignaciones cuentas corrientes: En la columna 2 registre el valor de las consignaciones que se realizan diariamente en las cuentas corrientes. Subcuenta 015 – Retiros cuentas de ahorro: En la columna 2 registre el valor de los retiros que se hacen
diariamente a través de las cuentas de ahorro. Subcuenta 020 – Retiros Cuentas corrientes: En la columna 2 registre el valor de los retiros que se hacen diariamente a través de las cuentas corrientes. Subcuenta 025 – Saldos en cuentas de ahorro: En la columna 2 registre el saldo diario de las cuentas de ahorro. Subcuenta 030 – Saldos en cuentas corrientes: En la columna 2 registre el saldo diario de las cuentas corrientes.