SFC - Anexo Circular Externa 5 de 2022 (2)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 5 de 2022 (2)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2022
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA portafolio. No obstante, si como consecuencia del análisis técnico, la sociedad administradora concluye que no existe un referente apropiado para la elección o construcción del índice de referencia o benchmark, deberá incluir en el prospecto del portafolio un resumen que señale las razones por las cuales no se define el índice de referencia o benchmark para el respectivo portafolio. 5.4.6 Categorización estandarizada. En el caso que el portafolio haga parte de alguna categorización estandarizada y reconocida por la industria, la sociedad administradora puede mencionar dicha categorización, siempre que incluya en el prospecto del portafolio la remisión a la información necesaria para conocer y entender dicha categorización y su metodología. 5.4.7 Denominación ASG o similares En los casos en los que a estos portafolios se les asigne una denominación relacionada con algunas de las tres dimensiones de ASG, o bajo nombres, tales como: sostenibles, responsables, o similares, y/o se utilice dicha denominación como estrategia comercial para el ofrecimiento del portafolio, la sociedad administradora deberá: (i) justificar de manera clara la asignación de esta denominación, para lo cual podrá utilizar un sistema de clasificación o una taxonomía reconocida nacional o internacionalmente, e (ii) incluir la explicación de las estrategias utilizadas. Sin perjuicio de lo anterior, la integración de riesgos ASG y climáticos no es suficiente para justificar la denominación. Para los efectos del presente Capítulo, se entiende por taxonomía reconocida nacionalmente, la Taxonomía Verde de Colombia. 5.4.8 Información económica del portafolio
La sociedad administradora deberá incluir la información sobre las comisiones y gastos del portafolio, en los términos que se establecen a continuación: 5.4.8.1 Una relación pormenorizada de las comisiones fijas y las comisiones variables que se cobrarán en el respectivo portafolio, especificando los parámetros que se utilizarán para determinar las comisiones efectivamente cobradas. Dicha información debe ser suficiente para que el partícipe identifique la comisión que se le cobrará a partir de su adhesión y en cualquier momento posterior. En todo caso, la sociedad administradora debe advertir que, atendiendo a las condiciones particulares de cada partícipe, el cobro de comisiones puede realizarse a nivel de la alternativa seleccionada. 5.4.8.2. Una relación de los gastos asociados al funcionamiento y gestión del respectivo portafolio que puedan afectar la rentabilidad del portafolio y que no se encuentren incluidos en el reglamento de funcionamiento. 5.4.9 Información operativa del portafolio La sociedad administradora deberá incluir la siguiente información operativa del portafolio: 5.4.9.1 Procedimiento y requisitos para la constitución y redención de unidades de participación en el portafolio. 5.4.9.2 Redención parcial y anticipada de unidades de participación. En caso de que el portafolio tenga un pacto de permanencia, se debe indicar la sanción por retiro anticipado. 5.4.9.3 Canales de atención disponibles para atender a los partícipes y entidades patrocinadoras, incluyendo la indicación de los contratos vigentes de uso de red de oficinas y corresponsalía, cuando a ello haya lugar.
5.4.10 Medios de reporte de información a los partícipes, entidades patrocinadoras y al público en general. 5.5. Informe de rendición de cuentas de la sociedad administradora El informe de rendición de cuentas es un mecanismo de revelación de información, a través del cual la sociedad administradora provee a los partícipes explicaciones detalladas y pormenorizadas sobre su gestión y el desempeño de los portafolios. El informe de rendición de cuentas debe seguir los principios generales de revelación de información establecidos en el subnumeral 5.1. del presente Capítulo y debe cumplir con los contenidos mínimos establecidos en los subnumerales 5.5.1 y subsiguientes del presente Capítulo. Adicionalmente, la sociedad administradora podrá presentar un informe de rendición de cuentas por cada una de las alternativas estandarizadas en los términos del presente subnumeral. 5.5.1 Información del desempeño, conformación y riesgos de los portafolios. El informe de rendición de cuentas debe contener una explicación acerca de las particularidades del portafolio de inversiones de los FVP, los riesgos asociados con éste y el desempeño de sus activos, así como la estrategia empleada por la sociedad administradora ante los movimientos del mercado. El informe debe incluir información cuantitativa y cualitativa acerca de los cambios materiales en el desempeño financiero de los principales activos y de la rentabilidad del portafolio, así como de los factores o eventos que explican el desempeño del portafolio y de los principales tipos de activos que los componen, de manera tal que los partícipes puedan entender los elementos esenciales que incidieron en el comportamiento de la rentabilidad en el período reportado. La información debe
incluir una explicación respecto de los riesgos asociados al portafolio y a las principales clases de activos, incluyendo eventos de materialización de riesgo y las medidas adoptadas por la sociedad administradora ante los mismos. Adicionalmente, se debe proveer información acerca de la composición del portafolio con relación a los riesgos y los retornos obtenidos y complementar el análisis de la composición del portafolio que se refleja a través de las fichas técnicas. Lo anterior, debe incluir un análisis acerca de su dinámica y porqué se presentaron cambios en el período, cuando se consideren materiales. Se debe informar a los partícipes acerca del cumplimiento de las políticas de inversión y su injerencia dentro de los resultados obtenidos.
PARTE II – TÍTULO III – CAPÍTULO VI PÁGINA
6 Circular Externa 005 de 2022 Abril de 2022 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA La información cualitativa debe incluir indicadores de desempeño y de riesgos asociados con la rentabilidad y la volatilidad. Para tal efecto, las sociedades administradoras pueden utilizar indicadores más complejos que le permitan a los partícipes
PARTE II – TÍTULO III – CAPÍTULO VI PÁGINA
6 Circular Externa 005 de 2022 Abril de 2022 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA entender el desempeño y los riesgos del portafolio, tales como expected shortfall, máximum drawdown, VaR, entre otros. La presentación de estos indicadores se debe acompañar con una explicación clara de los mismos.
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Circular Externa 005 de 2022 Abril de 2022