SFC - Anexo Circular Externa 51 de 2015 (1)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 51 de 2015 (1)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2015
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
CAPITULO XXVIII REGLAS RELATIVAS AL ESQUEMA DE PRUEBAS DE RESISTENCIA
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ANEXO 1
LINEAMIENTOS PARA EL ESQUEMA DE PRUEBAS DE RESISTENCIA (EPR) REQUERIDAS POR EL
SUPERVISOR 1 CONSIDERACIONES GENERALES Este anexo proporciona a los establecimientos de crØdito sujetos a la implementaci(cid:243)n del EPR, de acuerdo con el numeral 3 del Cap(cid:237)tulo XXVIII de la CBCF, los lineamientos sobre la manera de llevar a cabo las pruebas de resistencia requeridas por el supervisor en el marco del EPR, a partir de los escenarios proporcionados por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). En este marco, las entidades cuentan con la autonom(cid:237)a para transmitir los escenarios econ(cid:243)micos suministrados por la SFC a sus estados financieros y para medir los riesgos a los que estÆn expuestas, por medio de metodolog(cid:237)as adecuadas y modelos robustos, de manera que puedan incorporar las particularidades de sus operaciones. 2 ESCENARIOS PARA LA REALIZACION DE LAS PRUEBAS Para efectos de las pruebas requeridas por el supervisor, la SFC suministrarÆ a las entidades dos escenarios econ(cid:243)micos, con el fin de que proyecten con base en ellos sus estados financieros. Al transmitir estos escenarios a sus estados financieros, las entidades pueden necesitar variables adicionales. Los valores estimados y/o proyectados de las variables adicionales utilizadas por los modelos de cada entidad deben ser consistentes con los escenarios suministrados. Las entidades deben reportar las proyecciones realizadas sobre sus estados financieros para los periodos
requeridos, de acuerdo con lo establecido en el Formato 527 (Proforma F.1000-138), diseæado para el reporte de informaci(cid:243)n estÆndar a la SFC. Con el fin de evaluar el impacto de las pruebas sobre la solvencia, la liquidez y la rentabilidad de las entidades y del sistema financiero, la SFC utilizarÆ, entre otros, indicadores de: a. Solvencia
- Patrimonio tØcnico ii. Patrimonio bÆsico ordinario iii. Activos ponderados por riesgo iv. Relaci(cid:243)n de solvencia bÆsica
- Relaci(cid:243)n de solvencia total
b. Liquidez
- Disponible ii. Encaje iii. Otros activos l(cid:237)quidos iv. Activos l(cid:237)quidos de alta calidad
- Requerimientos de liquidez contractuales vi. Requerimientos de liquidez no contractuales
c. Rentabilidad
- ROA ii. ROE
3. LINEAMIENTOS PARA LA MEDICION DE RIESGOS La fecha de corte de los estados financieros iniciales para la ejecuci(cid:243)n de las pruebas corresponde al cierre del aæo inmediatamente anterior al de su realizaci(cid:243)n. A partir de esos estados financieros, las entidades deben hacer las proyecciones con base en los escenarios suministrados por la SFC. Las proyecciones deben incorporar los planes de negocio de las entidades, as(cid:237) como aquellos sobre su capital, liquidez y utilidades.
En el informe cualitativo que remita cada entidad con los resultados de las pruebas de resistencia, se debe justificar la elecci(cid:243)n de las metodolog(cid:237)as y modelos utilizados en la realizaci(cid:243)n de las proyecciones. Con base en
esos modelos y metodolog(cid:237)as, las entidades deben transmitir los escenarios provistos por la SFC a sus estados financieros y a los indicadores de solvencia, liquidez y rentabilidad establecidas en el Formato 527 (Proforma F.1000-138). Cuando en la evaluaci(cid:243)n de los resultados del escenario adverso la entidad identifique que la materializaci(cid:243)n de los riesgos a los cuales se expone, compromete su estabilidad financiera, de tal manera que requiere acciones para mitigarlos, debe hacer una tercera proyecci(cid:243)n que las incorpore. Anexo I - Metodolog(cid:237)a del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) Circular Externa 051 de 2015 Diciembre de 2015
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CAPITULO XXVIII REGLAS RELATIVAS AL ESQUEMA DE PRUEBAS DE RESISTENCIA
PÆgina 2 Para la realizaci(cid:243)n de las pruebas requeridas por el supervisor, las entidades pueden seguir la secuencia ilustrada por la Figura 1, que resume sus etapas estilizadas para los dos escenarios provistos por la SFC. Figura 1. Etapas estilizadas de las pruebas de resistencia Descripci(cid:243)n del producto o de la decisi(cid:243)n Puntodepartida: Balance y estado de resultados en la fecha inicial Proyecciones que correspondan al escenario base e incorporen los planes Proyecci(cid:243)nbase: corporativos Proyecci(cid:243)n Proyecciones que incorporen los choques, sin realizar cambios en los planes adversa: corporativos diferentes de los normales del negocio Estrategias administrativas: Proyecciones adversas despuØs de realizar las accionespara mitigar los riesgos
¿Son las posiciones decapital y liquidez de los bancos suficientes en el punto de partida? S(cid:237) ¿El comportamiento de los bancos ha mejorado lo suficiente la proyecci(cid:243)n base para subsanar un dØficit de capital y/ liquidez? S(cid:237) Fuente: SFC con base en el esquema empleado por el Banco de Inglaterra (2015) Las entidades participantes deben llevar a cabo las pruebas de resistencia evaluando el impacto de los escenarios sobre los riesgos de crØdito, de mercado y de liquidez, en sus estados financieros. La prueba de resistencia sobre el riesgo de liquidez se realizarÆ de manera independiente, por lo cual sus resultados no serÆn integrados al impacto de las pruebas sobre los riesgos de crØdito y de mercado. Para la realizaci(cid:243)n de las pruebas la estructura de los estados financieros no debe cambiar de manera sustancial en el horizonte temporal del ejercicio, de manera que s(cid:243)lo podrÆn incorporar los cambios que resulten de la implementaci(cid:243)n del plan de negocio. Por tanto, en los ejercicios se deben reemplazar los activos y pasivos que vencen en el periodo de proyecci(cid:243)n por instrumentos financieros del mismo tipo, calidad y maduraci(cid:243)n. No se deben dar de baja los activos incumplidos. TambiØn se debe suponer que en ese per(cid:237)odo las entidades solo realizan cambios en el modelo de negocio que resulten de la implementaci(cid:243)n del plan de negocio. En el caso en el que la entidad identifique que debe realizar una tercera proyecci(cid:243)n que incorpora acciones para mitigar los riesgos, la estructura de los estados financieros en esta œltima proyecci(cid:243)n podrÆ cambiar a partir del
segundo aæo en virtud de estas acciones. 3.1 Riesgo de crØdito El riesgo de crØdito se debe examinar sobre todas las modalidades de la cartera: comercial, consumo, vivienda y microcrØdito. El ejercicio consiste en afectar los segmentos de la cartera y las garant(cid:237)as de manera coherente con los escenarios propuestos. En la realizaci(cid:243)n de los ejercicios para evaluar el impacto del riesgo de crØdito se debe conservar el supuesto de que el balance no cambia sustancialmente en el horizonte temporal de las pruebas. Por tanto, para efectos de este ejercicio las entidades no pueden suponer un remplazo ni venta de la cartera en mora en el escenario base y adverso sin acciones para mitigar los riesgos. De igual manera, es necesario tener en cuenta que las garant(cid:237)as solo pueden incrementar su valor en el escenario base y dicho incremento debe ser sustentado en el informe cualitativo. As(cid:237) mismo, al proyectar sus ingresos por intereses para cada uno de los escenarios, las entidades deben incorporar el efecto de la evoluci(cid:243)n de la calidad del crØdito. Anexo I - Metodolog(cid:237)a del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) Circular Externa 051 de 2015 Diciembre de 2015
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CAPITULO XXVIII REGLAS RELATIVAS AL ESQUEMA DE PRUEBAS DE RESISTENCIA
PÆgina 3 Las condiciones para el cÆlculo y constituci(cid:243)n de las provisiones, la recuperaci(cid:243)n de cartera, la constituci(cid:243)n de
garant(cid:237)as, la recalificaci(cid:243)n de los crØditos, la causaci(cid:243)n de intereses y en general todos los elementos y reglas que componen el Sistema de Administraci(cid:243)n de Riesgo de CrØdito (SARC), deben estar alineadas con la normativa vigente al respecto. Si en el cÆlculo de las provisiones individuales de las modalidades de comercial y de consumo, la entidad utiliza la metodolog(cid:237)a establecida para la fase desacumulativa, debe justificar las razones en el informe cualitativo. 3.2 Riesgo de mercado El riesgo de mercado cubre todas las posiciones de los activos expuestos a variaciones en los precios de mercado. Por tanto, este riesgo serÆ evaluado por medio de la transmisi(cid:243)n de las fluctuaciones de los precios de los diferentes activos, contenidas en los escenarios, a las inversiones clasificadas como negociables y disponibles para la venta. Para hacerlo, las entidades deben aplicar los factores de riesgo y las reducciones en los precios de sus activos correspondientes a cada uno de los escenarios. El impacto de las pruebas bajo ambos escenarios se debe evaluar sobre los estados financieros de acuerdo con la clasificaci(cid:243)n contable que tengan las inversiones. Los valores de las variables con base en las cuales se determinen los precios de los activos, que la SFC no suministre, deben ser coherentes con los escenarios propuestos. De acuerdo con estos principios, en las pruebas de resistencia las entidades deben evaluar el impacto en el libro de tesorer(cid:237)a para cada uno de los escenarios propuestos, junto con los efectos en sus estados financieros. Para este prop(cid:243)sito deben suponer que la desvalorizaci(cid:243)n de los activos se presenta de manera instantÆnea sobre el
portafolio vigente en la fecha de inicio de las pruebas. No deben suponer nuevas coberturas, ventas y/o desmontes de posiciones, ni ninguna otra acci(cid:243)n que mitigue el efecto adverso en la evaluaci(cid:243)n del impacto de los escenarios suministrados. Las inversiones sobre las cuales exista un flujo contractual con cumplimiento dentro del horizonte del ejercicio, serÆn reemplazadas por inversiones con vencimiento y condiciones financieras similares a las vigentes en la fecha inicial. En la proyecci(cid:243)n que incorpore las acciones para mitigar los riesgos, la estructura del libro de tesorer(cid:237)a podrÆ cambiar s(cid:243)lo a partir del segundo aæo. Si como resultado de la implementaci(cid:243)n del plan de negocio las entidades tienen programada la realizaci(cid:243)n de nuevas inversiones, coberturas, liquidaci(cid:243)n de posiciones o cualquier cambio en la estructura del portafolio, estas operaciones serÆn incorporadas en el ejercicio una vez se haya materializado el efecto de cada uno de los escenarios. Las operaciones que se incorporen solo podrÆn corresponder a la ejecuci(cid:243)n del plan de negocio y por lo tanto, serÆn las mismas para cada uno de los escenarios suministrados, excepto en el caso de la proyecci(cid:243)n con acciones para mitigar los riesgos, en la cual se podrÆn realizar operaciones diferentes a las establecidas en Øl a partir del segundo aæo. Las entidades deben estimar los siguientes factores para evaluar el impacto de cada uno de los escenarios en el libro de tesorer(cid:237)a: 3.2.1 Valor de las inversiones clasificadas como negociables Las entidades deben estimar el valor total de los activos clasificados como negociables que componen el libro de
tesorer(cid:237)a, para cada escenario. Las estimaciones del valor razonable de cada uno de los activos deben ser consistentes con las variables que componen los escenarios suministrados y no podrÆn suponer unos comportamientos favorables inconsistentes con ellos. El impacto sobre el valor de los activos del libro de tesorer(cid:237)a debe incorporarse en los estados financieros. 3.2.2 Valor de las inversiones clasificadas como disponibles para la venta Las entidades deben estimar el valor total de los activos clasificados como disponibles para la venta que componen el libro de tesorer(cid:237)a, para cada escenario. Las estimaciones del valor razonable y del costo amortizado de las inversiones deben ser consistentes con las variables que componen los escenarios suministrados y no podrÆn suponer un comportamiento favorable que no sea consistente con ellos. El impacto de los escenarios sobre el valor de los activos del libro de tesorer(cid:237)a debe incorporarse en los estados financieros. 3.2.3 Valor de las inversiones clasificadas al vencimiento Las entidades deben estimar el valor total a costo amortizado de los activos clasificados al vencimiento que componen el libro bancario. Las estimaciones del costo amortizado de cada uno de los activos deben ser consistentes con las variables que componen los escenarios suministrados, es decir, no podrÆn suponer comportamientos favorables no consistentes con ellos. En el evento en que las entidades consideren como acci(cid:243)n para mitigar los riesgos, solicitar autorizaci(cid:243)n a la SFC para reclasificar sus inversiones hasta el vencimiento y liquidarlas, el impacto de dicha reclasificaci(cid:243)n debe verse reflejado en las proyecciones que realice
en los estados financieros. El impacto de los escenarios sobre el valor de los activos del libro bancario debe incorporarse en los estados financieros. Anexo I - Metodolog(cid:237)a del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) Circular Externa 051 de 2015 Diciembre de 2015
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CAPITULO XXVIII REGLAS RELATIVAS AL ESQUEMA DE PRUEBAS DE RESISTENCIA PÆgina 4 3.2.4 Valor por reexpresi(cid:243)n cambiaria La medici(cid:243)n del impacto de las variaciones de los precios de los activos debe incluir el efecto que tiene la reexpresi(cid:243)n cambiaria, no s(cid:243)lo de los instrumentos del libro de tesorer(cid:237)a, sino tambiØn de los instrumentos de libro bancario incluyendo los derivados de cobertura. 3.2.5 El Valor en Riesgo (VeR) El VeR de las entidades se debe estimar de acuerdo con la matriz de volatilidades proporcionada por la SFC, correspondiente a cada escenario, de acuerdo con la metodolog(cid:237)a establecida en el Anexo 1 del cap(cid:237)tulo XXI de la Circular BÆsica Contable y Financiera (CBCF). La estimaci(cid:243)n del VeR debe incorporarse en el cÆlculo de la relaci(cid:243)n de solvencia. 3.2.6 El valor de los instrumentos financieros derivados Los supuestos y/o proyecciones que realice la entidad para la estimaci(cid:243)n del valor de los instrumentos financieros derivados, deben ser consistentes con cada uno de los escenarios suministrados. En el escenario adverso, las
entidades no podrÆn suponer ningœn ingreso por una variaci(cid:243)n en el cÆlculo del DVA (Debt valuation adjustment). 3.3 Riesgo de liquidez De manera independiente a las pruebas de resistencia realizadas para evaluar los riesgos de crØdito y mercado, las entidades deben llevar a cabo otra prueba de resistencia a partir de los escenarios suministrados por la SFC, enfocada a la liquidez. El objetivo de esta prueba es identificar los factores de riesgo y las vulnerabilidades que pueden exacerbar la exposici(cid:243)n al riesgo de liquidez en el corto plazo, como resultado de las fluctuaciones de los mercados y/o un deterioro en las condiciones del fondeo. Las pruebas de resistencia de liquidez permiten a las entidades implementar pol(cid:237)ticas y medidas para su gesti(cid:243)n y diseæar planes de contingencia de fondeo para hacer frente a las situaciones de estrØs. Con el prop(cid:243)sito de dimensionar los factores de riesgo emergentes en los escenarios suministrados, las entidades deben reportar la estimaci(cid:243)n de los activos l(cid:237)quidos y de los requerimientos de liquidez netos que sean consistentes con ellos. TambiØn deben informar sobre los supuestos y las proyecciones de las variables que afectan el valor de los activos l(cid:237)quidos y los requerimientos netos de liquidez en las pruebas. Tales supuestos y proyecciones deben ser coherentes con cada escenario suministrado por la SFC. Las entidades deben estimar el valor de los activos l(cid:237)quidos afectando el valor vigente a la fecha de corte, de acuerdo con las condiciones propuestas en cada escenario suministrado por la SFC. TambiØn deben estimar el
valor de los requerimientos de liquidez, considerando los efectos de cada escenario en los ingresos por cartera, en el acceso y costo del fondeo, as(cid:237) como en todas las demÆs variables que puedan afectar sus ingresos y egresos contractuales y no contractuales. La estimaci(cid:243)n se debe realizar asumiendo un choque instantÆneo de la misma magnitud de los escenarios suministrados, de tal manera que el saldo de los activos l(cid:237)quidos a la fecha de corte y los requerimientos de liquidez para los 30 d(cid:237)as siguientes a la fecha de corte se vean afectados de manera inmediata por las variables propuestas en el primer aæo de cada uno de los escenarios. 3.3.1 El valor de los activos l(cid:237)quidos Las entidades deben estimar el valor de los activos l(cid:237)quidos de alta calidad y de los otros activos l(cid:237)quidos definidos en el Cap(cid:237)tulo VI de la CBCF, excluyendo el valor estimado del encaje del cÆlculo del total de los activos l(cid:237)quidos. La estimaci(cid:243)n del valor total de los activos l(cid:237)quidos debe ser consistente con el movimiento en las tasas de interØs y los haircuts suministrados por la SFC con cada uno de los escenarios. En consecuencia, el valor del saldo de los activos vigentes al cierre del aæo a partir del cual se realizan la pruebas, debe ser afectado con las condiciones establecidas en el primer aæo de cada uno de los escenarios, de manera instantÆnea sin suponer ningœn tipo de cobertura, liquidaci(cid:243)n o movimiento que afecte la composici(cid:243)n del total de los activos l(cid:237)quidos
registrados en la fecha de corte. 3.3.2 Los requerimientos de liquidez contractuales Las entidades deben estimar el valor de los requerimientos de liquidez contractuales como la diferencia entre los egresos contractuales y los ingresos contractuales proyectados para los 30 d(cid:237)as siguientes a la fecha de corte. Dicha estimaci(cid:243)n debe suponer que la entidad se ve afectada de manera instantÆnea por las condiciones propuestas en el primer aæo de cada uno de los escenarios suministrados. Dentro de los ingresos contractuales, las entidades deben estimar de manera consistente con cada uno de los escenarios los ingresos por cartera, derechos de transferencia y otros ingresos que se encuentren definidos y claramente pactados para los 30 d(cid:237)as siguientes a la fecha de corte. En el cÆlculo de los egresos contractuales deben tener en cuenta los vencimientos de los CDTs, otros t(cid:237)tulos de deuda emitidos por la entidad, obligaciones financieras y otros egresos contractuales. Anexo I - Metodolog(cid:237)a del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) Circular Externa 051 de 2015 Diciembre de 2015
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CAPITULO XXVIII REGLAS RELATIVAS AL ESQUEMA DE PRUEBAS DE RESISTENCIA PÆgina 5 3.3.3. Los requerimientos de liquidez no contractuales La estimaci(cid:243)n de los requerimientos de liquidez no contractuales se debe realizar teniendo en cuenta que la estabilidad (tiempo de permanencia) de los dep(cid:243)sitos sea coherente con cada uno de los escenarios propuestos. Para este efecto la entidad debe segmentar el total de depositantes de cuentas de ahorro y cuentas corrientes
como m(cid:237)nimo en los siguientes seis grupos: 3.3.3.1. Entidades gubernamentales 3.3.3.2. Fondos de inversi(cid:243)n colectiva 3.3.3.3. Otros institucionales (fondos de pensiones, aseguradoras, entre otros) 3.3.3.4. Tres (3) principales clientes 3.3.3.5. Minoristas. 3.3.3.6. Otros Para cada grupo la entidad debe estimar a partir de modelos propios un factor de retiros neto (FRN) que sea consistente con cada uno de los escenarios. Para el escenario adverso en la medici(cid:243)n del FRN se debe incorporar el supuesto de una corrida de depositantes, originada, entre otros factores, por una corrida de inversionistas en los veh(cid:237)culos de inversi(cid:243)n colectiva, propia de un deterioro de su rentabilidad.
4. EL INFORME CUALITATIVO AdemÆs de los resultados cuantitativos de las pruebas, las entidades deben remitir un informe cualitativo, sin perjuicio de la documentaci(cid:243)n detallada con la que cada entidad cuente respecto del EPR.
El informe cualitativo debe contener una descripci(cid:243)n general de los procedimientos implementados para la realizaci(cid:243)n de las pruebas, as(cid:237) como una evaluaci(cid:243)n de sus resultados. TambiØn debe incluir la informaci(cid:243)n sobre los supuestos adicionales y la justificaci(cid:243)n sobre la elecci(cid:243)n de las metodolog(cid:237)as. En este informe las entidades deben evaluar las principales sensibilidades de los resultados a las variables provistas por la SFC en los escenarios y a las variables adicionales utilizadas por cada una de ellas para
transmitirlos a sus estados financieros. Cuando en la especificaci(cid:243)n del modelo se omita alguna de las variables suministradas por la SFC para cada uno de los escenarios, se debe justificar las razones de esta decisi(cid:243)n. El informe cualitativo tambiØn debe describir y justificar la elecci(cid:243)n de las metodolog(cid:237)as, los modelos utilizados y los supuestos adicionales, para transmitir los escenarios a los estados financieros de cada entidad, as(cid:237) como los canales de transmisi(cid:243)n de los mismos. En consecuencia, el reporte deberÆ comprender como m(cid:237)nimo lo siguiente: 4.1. Supuestos La entidad debe mencionar y justificar todos los supuestos que se tengan en cuenta para las proyecciones de los estados financieros, el margen neto de intereses, los factores de retiros netos (FRN) y demÆs proyecciones solicitadas para cada uno de los riesgos analizados. Cuando alguna parte de las proyecciones se base en el criterio de expertos, se debe explicar la raz(cid:243)n por la cual se hizo de ese modo y proveer la documentaci(cid:243)n que demuestre la consistencia de la proyecci(cid:243)n con los escenarios propuestos. Si dentro de los supuestos de las entidades se asume un comportamiento estable para alguna de las variables a proyectar, derivado de tendencias hist(cid:243)ricas, se debe describir claramente por quØ se espera que estas relaciones se mantengan en los escenarios de proyecci(cid:243)n. 4.2. Modelos y metodolog(cid:237)as Las entidades deben justificar la selecci(cid:243)n de los modelos y las metodolog(cid:237)as de estimaci(cid:243)n, mencionando la
forma como integraron las particularidades de sus actividades significativas y su plan de negocio. Adicionalmente deben describir los canales de transmisi(cid:243)n de las variables de los escenarios econ(cid:243)micos provistas por la SFC a los estados financieros, incluyendo las consideraciones de riesgo de crØdito por tipo de cartera, riesgo de mercado y riesgo de liquidez. 4.3. Resultados Las entidades deben especificar los riesgos y las exposiciones que representan las mayores vulnerabilidades para su estabilidad financiera como producto de la realizaci(cid:243)n de las pruebas. As(cid:237) mismo deben justificar los resultados enviados en los formatos correspondientes para cada escenario (base y adverso), en cada uno de los horizontes de proyecci(cid:243)n seæalados. Anexo I - Metodolog(cid:237)a del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) Circular Externa 051 de 2015 Diciembre de 2015
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CAPITULO XXVIII REGLAS RELATIVAS AL ESQUEMA DE PRUEBAS DE RESISTENCIA
PÆgina 6 Igualmente las entidades deben especificar las acciones ejecutadas como resultado de la implementaci(cid:243)n del plan de negocio. En el caso en el que las entidades realicen una tercera proyecci(cid:243)n que incorpora acciones para mitigar los riesgos, deben detallar el posible plan de acci(cid:243)n o las medidas espec(cid:237)ficas para abordar las vulnerabilidades que hayan revelado las pruebas de resistencia. Para el caso de la prueba de resistencia de liquidez las entidades deben remitir los planes de contingencia que implementar(cid:237)an en virtud de la materializaci(cid:243)n del escenario adverso. Los planes de contingencia de fondeo
deben contener la estrategia de las entidades para hacer frente y gestionar una eventual crisis de liquidez. TambiØn deben describir las pol(cid:237)ticas y procedimientos para hacer frente a la no disponibilidad o escasez de recursos l(cid:237)quidos, as(cid:237) como los protocolos necesarios para su activaci(cid:243)n y para que las decisiones se tomen de una manera oportuna, con el fin de garantizar un adecuado flujo de informaci(cid:243)n hacia las instancias decisorias y operativas. Los planes de contingencia de fondeo deben considerar la disponibilidad de las fuentes de fondeo bajo el escenario adverso. As(cid:237) mismo deben tener en cuenta los costos de transacci(cid:243)n en la liquidaci(cid:243)n de activos, las necesidades adicionales de colateral por variaciones de los precios de mercado – que pueden acentuar las necesidades de recursos o activos de alta calidad– y el acceso a las l(cid:237)neas de crØdito de œltima instancia del banco central. Sin embargo, el acceso al banco central debe ser el œltimo paso en los planes de contingencia de fondeo, una vez que se hayan agotado las demÆs instancias, dado que no se trata de una l(cid:237)nea de crØdito contingente comprometida. Anexo I - Metodolog(cid:237)a del Esquema de Pruebas de Resistencia (EPR) Circular Externa 051 de 2015 Diciembre de 2015