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SFC - Anexo Circular Externa 55 de 2016 (12)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 55 de 2016 (12)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2016

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ANEXO: INSTRUCTIVO TRANSACCIONES CAMBIARIAS TEMA: Operaciones de transferencia, remesa, compra y venta de divisas.

NOMBRE DE PROFORMA: Reporte de operaciones de transferencia, remesa, compra y venta de divisas.

OBJETIVO: Suministrar informaci(cid:243)n a la Unidad Administrativa Especial de Informaci(cid:243)n y AnÆlisis Financiero – UIAF, con el fin de apoyar la detecci(cid:243)n de prÆcticas asociadas con el lavado de activos y la financiaci(cid:243)n del terrorismo en las operaciones indicadas.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades sometidas a la inspecci(cid:243)n y vigilancia de la Superintendencia

Financiera de Colombia.

PERIODICIDAD: Mensual FECHA DE REPORTE: Los primeros diez (10) d(cid:237)as calendario del mes siguiente al corte del mes.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: (cid:218)ltimo d(cid:237)a de cada mes. MEDIO DE ENV˝O: Sistema de Reporte en L(cid:237)nea.

ENTIDAD USUARIA: Unidad Administrativa Especial de Informaci(cid:243)n y AnÆlisis Financiero -UIAF-.

INSTRUCTIVO Generalidades Los intermediarios del mercado cambiario vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, deben remitir trimestralmente a la UIAF dentro de los primeros diez (10) d(cid:237)as calendario siguientes a la fecha de corte del periodo mensual la informaci(cid:243)n correspondiente a las siguientes operaciones: (I) Operaciones individuales de transferencia de divisas desde o hacia el exterior. Es decir aquellas operaciones en virtud de las cuales

salen o ingresan divisas al pa(cid:237)s mediante movimientos electr(cid:243)nicos o contables. Los intermediarios del mercado cambiario deben reportar bajo este concepto las operaciones de monetizaci(cid:243)n de divisas desde o hacia el exterior. (ii) Remesas de divisas desde o hacia el exterior, las cuales corresponden a las operaciones de traslado f(cid:237)sico de divisas desde o hacia el exterior. (iii) Operaciones de compra y venta de divisas por ventanilla. Corresponden a las operaciones de compra y venta de divisas efectuadas por ventanilla, realizadas por los intermediarios del mercado cambiario en las modalidades de efectivo o cheque, las cuales no implican movimiento electr(cid:243)nico de divisas. Para tales efectos, las entidades deben incluir en el reporte: • Las divisas que deben canalizarse en forma obligatoria a travØs de los intermediarios autorizados; as(cid:237) como aquellas que, no obstante encontrarse exentas de dicha obligaci(cid:243)n, se canalicen voluntariamente a travØs de los mismos; y • Las divisas no monetizadas, es decir aquellas que no son convertidas a moneda legal colombiana. Para efectos del reporte aqu(cid:237) establecido, las entidades deberÆn reportar todas las operaciones realizadas durante el trimestre inmediatamente anterior.

NOTA: No se deben reportar operaciones de derivados sobre divisas, ni aquellas celebradas con el Banco de la Repœblica o con otras entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

En todos los casos la informaci(cid:243)n debe ser enviada a la UIAF a travØs del Sistema de Reporte en L(cid:237)nea https://reportes.uiaf.gov.co/ReportesFSMCif64/Modules/Home/html/default.aspx

Si durante el periodo de reporte no se present(cid:243) ninguna transacci(cid:243)n que haya dado lugar al reporte, se deberÆ realizar el reporte negativo a travØs del Sistema de Reporte en L(cid:237)nea. Antes de enviar la informaci(cid:243)n, cada entidad debe verificar que Østa se encuentra completamente ajustada a las especificaciones exigidas, porque el s(cid:243)lo hecho que algœn dato estØ corrido una posici(cid:243)n, implica que ese registro no sea cargado adecuadamente y se rechace la informaci(cid:243)n; as(cid:237) mismo, deberÆn verificar que sean incluidos los datos que son obligatorios. La entidad recibirÆ mediante el Sistema de Reporte en L(cid:237)nea el certificado de recibo de la informaci(cid:243)n, en donde se indicarÆ el nœmero de radicaci(cid:243)n, entidad, usuario, fecha y hora de cargue, fecha de corte de la informaci(cid:243)n, nœmero de registros, tipo de reporte y el estado del envi(cid:243): “SATISFACTORIO” O “FALLIDO”. En el evento en el que el cargue sea “FALLIDO” el sistema informarÆ a la entidad los errores y esta deberÆ corregir la informaci(cid:243)n y cargarla nuevamente hasta que el estado del env(cid:237)o sea “SATISFACTORIO”. La entidad tendrÆ un plazo œnico de diez (10) d(cid:237)as calendario para realizar el cargue satisfactorio de la informaci(cid:243)n despuØs de finalizado el plazo inicial. Para el reporte de la informaci(cid:243)n las entidades deben consultar el documento tØcnico dispuesto en la pÆgina web: www.superfinanciera.gov.co en la secci(cid:243)n Normativa/˝ndice de Reportes/Gu(cid:237)as para el reporte de informaci(cid:243)n/Documentos TØcnicos,

archivo “Transacciones CambiariasUIAF”. Para ayudar al correcto diligenciamiento de la informaci(cid:243)n solicitada, en la pÆgina Web de la UIAF www.uiaf.gov.co podrÆ descargar: Codificaci(cid:243)n DANE para departamentos y municipios, Codificaci(cid:243)n de pa(cid:237)ses ISO 3166, Instrucciones para el correcto diligenciamiento de direcciones y Archivo plano de ejemplo que sirve como gu(cid:237)a para el diseæo y construcci(cid:243)n del archivo plano requerido.

ENCABEZADO: Entidad: Identificaci(cid:243)n de la entidad reportante. Indicando sector (01 sector financiero), Tipo y C(cid:243)digo de la entidad asignado por la

SFC.

Fecha de corte inicial: Fecha de corte inicial bajo el formato AAAA-MM-DD y corresponde al primer d(cid:237)a del periodo reportado.

Fecha de corte final: Fecha de corte final bajo el formato AAAA-MM-DD y corresponde al œltimo d(cid:237)a del periodo reportado.

PARTE I - T˝TULO IV – CAP˝TULO IV – Instructivo Transacciones Cambiarias P`GINA 1 Circular Externa 055 de 2016 Diciembre de 2016 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CUERPO DEL FORMATO: Columna 1 - Subcuenta: Se registra el nœmero consecutivo de registro, inicia en 1. Columna 2 - C(cid:243)digo de la sucursal: Se registra el c(cid:243)digo asignado por la entidad a la oficina o sucursal donde se realiza la operaci(cid:243)n.

Columna 3 - Fecha de la transacci(cid:243)n: Se registra la fecha en que se realiz(cid:243) la transacci(cid:243)n bajo el formato AAAA-MM-DD. Columna 4 - Valor de la transacci(cid:243)n en moneda original: Se registra, con dos (2) decimales, el monto exacto de la divisa que intervino en la transacci(cid:243)n (sin ninguna conversi(cid:243)n de moneda), bajo el formato #################.##. Columna 5 - Valor de la transacci(cid:243)n en pesos: Se registra, con dos (2) decimales, el monto de la transacci(cid:243)n convertido a pesos segœn la tasa negociada en dicha operaci(cid:243)n. Para aquellas operaciones en que se reciben o entregan divisas (no monetizaci(cid:243)n) se debe usar la T.C.R.M. vigente para el d(cid:237)a en que se realiz(cid:243) la operaci(cid:243)n. Las operaciones en divisas distintas al d(cid:243)lar de los Estados Unidos de AmØrica se deben convertir a dicha moneda empleando la tasa de conversi(cid:243)n del d(cid:237)a en que se realice la operaci(cid:243)n. Columna 6 - Tipo de moneda: Se registra la divisa que interviene en la operaci(cid:243)n, de acuerdo con los siguientes c(cid:243)digos: 2=D(cid:243)lares, 5=Euros, 6=Libras esterlinas, 7=Bol(cid:237)vares, 8= Bol(cid:237)var Fuerte, 9=Otro tipo de moneda. Columna 7 - Forma de pago: Se registra la forma de pago de la transacci(cid:243)n de acuerdo con los siguientes c(cid:243)digos: 1=En efectivo, 2=En

cheque, 3=Transferencia Interbancaria, 04 = Transferencia Interna, campo obligatorio. Columna 8 - Tipo de Identificaci(cid:243)n: Se debe registrar el tipo de documento o dato de identificaci(cid:243)n de la persona o entidad que realiza la operaci(cid:243)n de transferencia, remesa, compra o venta de divisas en Colombia. Los c(cid:243)digos a utilizar son: 06=CarnØ DiplomÆtico, 07=Sociedad Extranjera sin NIT en Colombia, 08=Fideicomiso, 11= Registro Civil de Nacimiento, 12=Tarjeta de identidad, 13=CØdula de Ciudadan(cid:237)a, 21= Tarjeta de Extranjer(cid:237)a, 22=Cedula de Extranjer(cid:237)a, 31=NIT, 41=Pasaporte, 42=Tipo de Documento Extranjero, 00=Otro tipo de identificaci(cid:243)n. Columna 9 -Nœmero de Identificaci(cid:243)n: Se debe registrar el nœmero del documento o dato de identificaci(cid:243)n de la persona o entidad que realiza la operaci(cid:243)n en Colombia. En caso de ser una persona jur(cid:237)dica, incluir el d(cid:237)gito de verificaci(cid:243)n. Columna 10 - Primer apellido: Se registra el primer apellido de la persona natural con la cual se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia. Columna 11 - Segundo Apellido: Se registra el segundo apellido de la persona natural con la cual se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia. Columna 12 - Primer Nombre: Se registra el primer nombre de la persona natural con la cual se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia.

Columna 13 - Otros Nombres: Se registran otros nombres de la persona natural con la cual se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia. Columna 14 - Raz(cid:243)n Social: Se registra el nombre de la persona jur(cid:237)dica con la cual se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia. Columna 15 - Direcci(cid:243)n domicilio: Se registra la direcci(cid:243)n de la persona natural o jur(cid:237)dica con la cual se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia. Para la escritura de direcciones las entidades deben consultar el documento dispuesto en la pÆgina web: www.superfinanciera.gov.co en la secci(cid:243)n Normativa/˝ndice de Reportes/Gu(cid:237)as para el reporte de informaci(cid:243)n/Documentos TØcnicos, archivo “Diligenciamiento del campo de dirección”. Columna 16 - Departamento / Municipio: Se registra el departamento y municipio donde se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia, de acuerdo con la codificaci(cid:243)n del Departamento Nacional de Estad(cid:237)stica DANE. Tener en cuenta que BogotÆ por ser distrito capital, tiene c(cid:243)digo especial de departamento y municipio = 11001. Columna 17 - Indicativo: Se registra el nœmero del indicativo de la ciudad a la que pertenece el nœmero telef(cid:243)nico de la persona natural o jur(cid:237)dica, sin incluir operadores (tener en cuenta el listado de Indicativos de Larga Distancia Nacional contenida en el directorio telef(cid:243)nico). En el caso de un telØfono celular en este campo se escribe el prefijo del operador.

Columna 18 - TelØfono: Se registra el nœmero completo del telØfono de la persona natural o jur(cid:237)dica con la cual se realiza la operaci(cid:243)n en Colombia, sin incluir indicativos, extensiones ni c(cid:243)digos de operadores. Columna 19 - Tipo de transacci(cid:243)n: Se registra el numeral cambiario al que corresponde la transacci(cid:243)n de acuerdo con la respectiva Circular Reglamentaria Externa del Banco de la Repœblica. En caso de que a una operaci(cid:243)n correspondan varios numerales, se debe reportar un registro por cada numeral. En el caso en que la transacci(cid:243)n cambiaria sea una devoluci(cid:243)n, se deberÆ registrar el mismo numeral cambiario de la transacción inicial, colocando la aclaración en el campo “Detalles” (columna 33), la palabra “DEVOLUCION” (en mayœscula y sin tilde).

NOTA: Las columnas 20 a la 26 se deben diligenciar obligatoriamente cuando el remitente o beneficiario se encuentra en Colombia y son opcionales cuando el remitente o beneficiario se encuentre en el exterior. Cuando el remitente o beneficiario se encuentre en el exterior es obligatoria la informaci(cid:243)n del pa(cid:237)s extranjero.

Columna 20 - Tipo de identificaci(cid:243)n del remitente/ beneficiario: Se registra la descripci(cid:243)n del tipo de identificaci(cid:243)n de la persona natural o jur(cid:237)dica que remite la transferencia o la remesa desde el exterior hacia Colombia o de la persona natural o jur(cid:237)dica que recibe la

transferencia o la remesa en el exterior. No es un c(cid:243)digo sino el nombre del tipo de documento Ejemplo: CØdula de ciudadan(cid:237)a. Columna 21 - Nœmero de identificaci(cid:243)n del remitente/ beneficiario: Se registra el nœmero de identificaci(cid:243)n de la persona natural o jur(cid:237)dica que remite la transferencia o la remesa desde el exterior hacia Colombia o de la persona natural o jur(cid:237)dica que recibe la transferencia o la remesa en el exterior. Columna 22 - Primer Apellido del remitente/ beneficiario: Se registra el primer apellido de la persona natural que remite la transferencia o la remesa desde el exterior hacia Colombia o de la persona natural que recibe la transferencia o la remesa en el exterior. Columna 23 - Segundo Apellido del remitente/ beneficiario: Se registra el segundo apellido de la persona natural que remite la transferencia o la remesa desde el exterior hacia Colombia o de la persona natural que recibe la transferencia o la remesa en el exterior. Columna 24 - Primer Nombre del remitente/ beneficiario: Se registra el primer nombre de la persona natural que remite la transferencia o la remesa desde el exterior hacia Colombia o de la persona natural que recibe la transferencia o la remesa en el exterior. Columna 25 - Otros Nombres del remitente/ beneficiario: Se registran otros nombres de la persona natural que remite la transferencia o la remesa desde el exterior hacia Colombia o de la persona natural que recibe la transferencia o la remesa en el exterior. PARTE I - T˝TULO IV – CAP˝TULO IV – Instructivo Transacciones Cambiarias P`GINA 2 Circular Externa 055 de 2016 Diciembre de 2016

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Columna 26 - Raz(cid:243)n Social del remitente/ beneficiario: Se registra la raz(cid:243)n social de la persona jur(cid:237)dica que remite la transferencia o la remesa desde el exterior hacia Colombia o de la persona jur(cid:237)dica que recibe la transferencia o la remesa en el exterior. Columna 27 - Origen / Destino (Segœn campo Sender del mensaje Swift: Se registra el c(cid:243)digo del pa(cid:237)s extranjero desde el cual se remite la transferencia o la remesa hacia Colombia o del pa(cid:237)s extranjero al cual se env(cid:237)a desde Colombia. Debe corresponder al campo Sender del mensaje Swift 50K-52D/A-59FIN 103 -910 pa(cid:237)ses de origen y/o otros medios. Para el efecto se debe emplear el estÆndar ISO 3166, el cual se puede consultar en el documento dispuesto en la pÆgina web: www.superfinanciera.gov.co en la secci(cid:243)n Normativa/Índice de Reportes/Guías para el reporte de información/Documentos Técnicos, archivo “Codificación País ISO 3166. Si es una operaci(cid:243)n de compra o venta de divisas a nivel nacional no se diligencia este campo, es decir NO se debe escribir CO ni dejar espacios en blanco. Para las operaciones locales por ventanilla se debe dejar en blanco. Campo obligatorio para las operaciones internacionales. Columna 28 - Ciudad origen / destino: Registra el nombre de la ciudad en el exterior desde donde se remite o a donde se env(cid:237)a la transferencia o la remesa. Columna 29 - Entidad que origina o recibe la transferencia o la remesa (segœn campo del mensaje Swift): Se registra el nombre completo de la entidad que se encarga de originar o recibir la transferencia o la remesa en el exterior. Segœn campo del mensaje Swift y/o

otros medios. Corresponde a la entidad que remite o recibe la transferencia o la remesa. Columna 30 - Nœmero de cuenta: Se reporta el nœmero de la cuenta en Colombia donde se depositan o de donde se extraen los recursos para la operaci(cid:243)n (campo obligatorio para clientes). En caso de NO obtener la información debe colocar “N/A”. Columna 31 - Detalles: Informaci(cid:243)n adicional contenida en el registro de la operaci(cid:243)n. PARTE I - T˝TULO IV – CAP˝TULO IV – Instructivo Transacciones Cambiarias P`GINA 3 Circular Externa 055 de 2016 Diciembre de 2016

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