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SFC - Anexo Circular Externa 61 de 2007 (6)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 61 de 2007 (6)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2007

TEMA: Transacciones en Efectivo

NOMBRE DE PROFORMA: Información de Transacciones en Efectivo.

OBJETIVO: Entregar información a la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF, sobre las transacciones en efectivo en

el Sector Financiero.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la SFC PERIODICIDAD: Mensual FECHA DE REPORTE: Dentro de los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente a la fecha de corte.

FECHA DE CORTE DE LA INFORMACION: Último día de cada mes.

MEDIO DE ENVÍO: Disquete 3 1/2, CD o e-mail

ENTIDAD USUARIA: Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF.

INSTRUCTIVO Generalidades Las entidades deberán reportar mensualmente las transacciones individuales en efectivo iguales o superiores a Diez millones de pesos ($10.000.000) si es en moneda legal o cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US $5.000) o su equivalente en otras monedas, según la tasa de conversión a dólares americanos del día en que se realice la operación de acuerdo con la certificación de la TCRM que expida la Superintendencia Financiera de Colombia. Así mismo, deben reportar las transacciones individuales en efectivo realizadas por cuantías inferiores a las mencionadas anteriormente, que se realicen en una o varias oficinas, durante un (1) mes calendario, por o en beneficio de una misma persona y que en su conjunto igualen o superen los Cincuenta millones de pesos ($50.000.000) si es en moneda legal o cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US

$50.000) o su equivalente en otras monedas, según la tasa de conversión a dólares americanos del día en que se realice la operación, de acuerdo con la certificación de la TCRM que expida la Superintendencia Financiera de Colombia. Se exceptúan de este reporte las siguientes transacciones en efectivo: - Recaudos correspondientes a aportes de salud y pensiones obligatorias - Servicios públicos domiciliarios - Recaudos de telefonía celular Si durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción, se deberá enviar un archivo que contenga cero (0) como registros de detalle. La información debe ser enviada a la UIAF Carrera 7 # 31-10 Piso 6, Bogotá, D.C. o a la dirección de correo electrónico: efectivo@uiaf.gov.co Antes de enviar la información, cada entidad debe verificar que ésta se encuentra completamente ajustada a las especificaciones exigidas en el respectivo documento técnico diseñado por la UIAF. Para el reporte de la información las entidades deben consultar el documento técnico dispuesto en la página web: www.superfinanciera.gov.co en la sección Normativa/Índice de Reportes/Guías para el reporte de información/Documentos Técnicos, archivo “Transacciones en EfectivoUIAF”. Para ayudar al correcto diligenciamiento de la información solicitada, en la página Web de la UIAF www.uiaf.gov.co podrá descargar: Codificación DANE para departamentos y municipios, Instrucciones para el correcto diligenciamiento de direcciones y Archivo plano de ejemplo que sirve como guía para el diseño y construcción del archivo plano requerido.

TITULO I – CAPITULO DECIMO PRIMERO – Anexo II Página 1

Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado

de activos y de la financiación del terrorismo Circular Externa 061 de 2007 Diciembre de 2007

ENCABEZADO: Entidad: Identificación de la entidad reportante. Indicando sector (01 sector financiero), Tipo y Código de la entidad asignado por la SFC.

Fecha de corte: Fecha del corte bajo formato AAAA-MM-DD y corresponde al último día del mes reportado.

CUERPO DEL FORMATO: Columna 1 - Fecha de la transacción: Se registra la fecha en que se realizó la transacción bajo el formato

AAAAMM-DD.

Columna 2 - Valor de la transacción: Se registra, en pesos sin decimales, el valor de la transacción realizada. En el caso de que se haya efectuado en moneda extranjera, se debe convertir a pesos expresada con la TCRM vigente para el día en que se realizó la transacción certificada por la SFC. Columna 3 - Tipo Moneda: Se registra la moneda en que se efectuó la transacción, de acuerdo con los siguientes códigos: 1 = Moneda nacional, 2 = Moneda extranjera. Columna 4 - Código de la Oficina: Se registra el código asignado por la entidad a la oficina o sucursal donde se efectuó la transacción Columna 5 - Tipo de producto: Se diligencia el código del producto mediante el cual se efectuó la transacción: 1=Cuenta corriente, 2=Cuenta de ahorros, 3=Créditos, 4=Tarjeta Crédito, 5=Certificados de Depósito, 6=Fondos Fiduciarios, 7=Fondos de pensiones y Cesantías, 8=Operaciones realizadas por otra entidad, 9=Otro. El producto reportado debe ser aquel que vincula la operación en efectivo con el cliente o

usuario. Columna 6 - Tipo Transacción: Se diligencia el código del tipo de transacción efectuada, así: 1=Retiro (dinero en efectivo que entrega la entidad), 2= Depósito (dinero en efectivo que recibe la entidad). Columna 7 - Número de la cuenta: Se registra el número de la cuenta o producto con que se efectuó la transacción, sin incluir guiones, espacios en blanco, ni otro tipo de separadores. Columna 8 - Tipo de Identificación: Se debe registrar el tipo de documento o dato de identificación de la persona titular de la cuenta (producto). Los códigos a utilizar son: 06=Carné Diplomático, 07=Sociedad Extranjera sin NIT en Colombia, 08=Fideicomiso, 11= Registro Civil de Nacimiento, 12=Tarjeta de identidad, 13=Cédula de Ciudadanía, 21=Cedula de Extranjería, 31=NIT, 41=Pasaporte, 42=Tipo de Documento Extranjero, 00=Otro tipo de identificación. Columna 9 - Número de Identificación: Se debe indicar el número del documento de identificación de la persona o empresa titular de la cuenta o producto. En caso de ser una persona jurídica, incluir el dígito de verificación. Columna 10 - Primer apellido del titular: Se registra el primer apellido de la persona natural titular de la cuenta o producto. Columna 11 - Segundo apellido del titular: Se registra el segundo apellido de la persona natural titular de la cuenta o producto. Columna 12 - Primer nombre del titular: Se registra el primer nombre de la persona natural titular de la cuenta o producto. Columna 13 - Otros nombres del titular: Se registran otros nombres de la persona natural titular de la cuenta o producto.

TITULO I – CAPITULO DECIMO PRIMERO – Anexo II Página 2

Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo Circular Externa 061 de 2007 Diciembre de 2007 Columna 14 - Razón social del titular: Se registra la razón social de la persona jurídica titular de la cuenta o producto. Solo diligenciar en caso de ser una persona jurídica, de lo contrario dejar en blanco. Columna 15 - Código Departamento / Municipio: Se debe indicar el código del departamento y municipio donde se efectuó la transacción, de acuerdo con la codificación del Departamento Nacional de Estadística DANE. Tener en cuenta que Bogotá por ser distrito capital, tiene código especial de departamento y municipio = 11001.

NOTA: Las columnas 16 a 21 se deben diligenciar para las transacciones individuales iguales o superiores a diez millones de pesos ($10.000.000) si es en moneda legal o cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US $5.000) o su equivalente en otras monedas).

Estas columnas NO aplican para: a) Situaciones en que las entidades vigiladas no realicen directamente transacciones en efectivo, es decir que actúen en algún momento como entidades usuarias de red o servicios prestados por otras entidades vigiladas y b) clientes exonerados.

Columna 16 - Tipo de Identificación de la persona que realiza la transacción: Se debe registrar el tipo de documento o dato de identificación de la persona que realiza la transacción individual. Los códigos a utilizar son: 06=Carné Diplomático, 07=Sociedad Extranjera sin NIT en Colombia, 08=Fideicomiso, 11= Registro Civil de Nacimiento, 12=Tarjeta de identidad, 13=Cédula de Ciudadanía, 21=Cedula de Extranjería,

31=NIT, 41=Pasaporte, 42=Tipo de Documento Extranjero, 00=Otro tipo de identificación. Columna 17 - Número de Identificación de la persona que realiza la transacción: Se debe indicar de número del documento de identificación de la persona que realiza la transacción individual. Columna 18 - Primer apellido: Se registra el primer apellido de la persona natural que realiza la operación. Columna 19 - Segundo apellido: Se registra el segundo apellido de la persona natural que realiza la operación. Columna 20 - Primer nombre: Se registra el primer nombre de la persona natural que realiza la operación. Columna 21 - Otros nombres: Se registran otros nombres de la persona natural que realiza la operación. Columna 22 - Actividad económica del titular de la cuenta: Descripción de la actividad económica del cliente. Columna 23 - Ingreso mensual en pesos del titular de la cuenta: Se registra el monto del ingreso mensual del cliente bajo el formato #################.##.

TITULO I – CAPITULO DECIMO PRIMERO – Anexo II Página 3

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