SFC - Anexo Circular Externa 7 de 2022 (2)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 7 de 2022 (2)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2022
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 414 Operaciones de reporto o repo, simultáneas y de TEMA: transferencia temporal de valores.
NOMBRE DE PROFORMA: Repos, simultáneas y transferencia temporal de valores
NÚMERO DE PROFORMA: F.0000-132
NÚMERO DE FORMATO: 397
Unificar la información que se reporta a esta Superintendencia, en OBJETIVO: relación con las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores de que trata el Decreto 2555 de 2010.
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Entidades vigiladas -a quienes su régimen no les prohíba la realización de operaciones de reporto o repo, simultáneas o de transferencia temporal de valoresincluyendo fondos, fideicomisos, portafolios de terceros, por ellas administrados, fondos mutuos de inversión vigilados y controlados y portafolios de inversión.
PERIODICIDAD: Diaria:
1. Establecimientos de crédito;
2. Sociedades fiduciarias;
3. Sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías;
4. Fondos de cesantías;
5. Fondos de pensiones obligatorias;
6. Entidades aseguradoras, sociedades de capitalización y cooperativas de seguros;
7. Sociedades comisionistas de bolsa de valores y sociedades comisionistas de bolsas agropecuarias;
8. Portafolios administrados bajo cualquier modalidad de negocios fiduciarios (encargo fiduciario, fiducia mercantil, o fiducia pública), incluyendo fondos comunes de inversión ordinarios y especiales;
9. Reservas pensionales administradas por entidades administradoras del régimen de prima media;
10. Instituciones Oficiales Especiales;
11. Patrimonios autónomos constituidos por entidades territoriales administrados por sociedades administradoras de fondos de pensión;
12. Fondos de inversión administrados por las Sociedades
Administradoras de Inversión;
13. Fondos de valores administrados por sociedades comisionistas de bolsa de valores;
14. Fondos y portafolios de los fondos voluntarios de pensión;
15. Consorcios y uniones temporales conformados por entidades vigiladas que administren negocios fiduciarios;
16. Portafolios de terceros administrados por sociedades comisionistas de bolsa;
17. Secciones especializadas de ahorro y crédito de las cajas de compensación familiar; y la
18. Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (CAXDAC).
Mensual:
1. Administradoras de depósitos centralizados de valores
(Depósitos de valores);
2. Sociedades administradoras de inversión;
3. Sociedades titularizadoras así como los portafolios de inversión Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022
Proforma F.0000-132 (Formato 397)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 415
PERIODICIDAD: de cada una de las universalidades que administre;
4. Almacenes generales de depósito;
5. Sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales;
6. Bolsas de valores;
7. Bolsas agropecuarias;
8. Sociedades administradoras de sistemas de compensación y liquidación;
9. Sistemas de pago de bajo valor;
10. Fondos mutuos de inversión vigilados;
11. Fondos de inversión de capital extranjero administrados por sociedades fiduciarias o por sociedades comisionistas de Bolsa; y
12. Banco de la República.
13. Fideicomisos administrados por sociedades fiduciarias distintos a aquellos que expresamente deban transmitir la información de manera diaria.
14. Fondos de Capital Privado1.
15. Cámara de Riesgo Central de Contraparte (CRCC)
Trimestral:
1. Fondos de Inversión Inmobiliaria administrados por sociedades administradoras de inversión, comisionistas de bolsa y sociedades fiduciarias. Así como, los demás fondos que inviertan al menos el sesenta por ciento (60%) de su portafolio en: (a) bienes inmuebles, (b) títulos emitidos en procesos de titularización hipotecaria o inmobiliaria y (c) derechos fiduciarios de patrimonios autónomos conformados por los descritos en los literales precedentes.
Anual:
1. Fondos mutuos de inversión controlados.
DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN: Todas las entidades a quienes aplica el presente formato deberán tener la información relacionada con sus inversiones con disponibilidad diaria, sin importar la periodicidad con que transmitan dicha información. FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: Periodicidad diaria: Diaria.
Periodicidad mensual: El último día del mes.
Periodicidad trimestral: El último día cada trimestre de año (marzo 31, junio 30, septiembre 30 y diciembre 31).
Periodicidad anual: El último día del año.
FECHA DE REPORTE: Hasta el segundo día hábil siguiente a la fecha de corte. Se recibirá hasta las doce de la noche (12:00 P.M.)
DOCUMENTO TÉCNICO: SFC-DTP-001
TIPO Y NÚMERO DEL INFORME Reporte diario: 0 Área 4 Portafolio de Inversión Reporte mensual: 8 Área 4
Reporte trimestral: 9 Área 4
Reporte anual: 10 Área 4
MEDIO DE ENVÍO: WEB (Para la transmisión oficial en archivo plano) WEB (Exclusivo para pruebas en archivo plano)
DEPENDENCIA USUARIA: Delegatura de Riesgos de Mercado y Liquidez
INSTRUCTIVO
Generalidades 1 También será obligatorio para los fondos de capital privado (FCP) transmitir este formato cuando se efectúe la apertura del fondo, o cuando se rediman participaciones, o cuando la valoración cambie por eventos especiales. Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022 Proforma F.0000-132 (Formato 397)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del representante legal de la entidad o por parte de quien cumpla dichas funciones, de acuerdo con la ley, el reglamento o el contrato. Página 416 En el caso de los consorcios o de las uniones temporales, la presente proforma debe ser remitida por la entidad quien efectivamente administre los recursos. Cuando existan varios administradores, cada uno deberá remitir la parte que le corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad del representante legal del consorcio o de la unión temporal,
quien en todo caso deberá asegurarse de la veracidad de la información transmitida. Los datos que correspondan a valores deberán reportarse, alineados a la derecha del campo valor del registro tipo-5, con seis (6) decimales, separados por punto y aproximando el último decimal por el sistema de redondeo. El término “moneda legal” empleado en el presente instructivo debe entenderse como “pesos colombianos”. Los datos que corresponden a tasas se deben reportar en forma porcentual, con cuatro (4) decimales y aproximando el último decimal por el sistema de redondeo; es decir, una tasa del 25.83703% se debe reportar así 25.8370. Los datos que correspondan a códigos del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión deben reportarse a nivel de subcuenta a nivel de seis (6) dígitos. El registro tipo 3 se debe diligenciar en cero (0) si el reporte corresponde al portafolio de la entidad; si corresponde al portafolio de un patrimonio, fideicomiso o de un fondo administrado se debe diligenciar de acuerdo con lo establecido en el documento técnico. Si la entidad no tiene información para reportar, debe enviar el formato en ceros (0) de acuerdo con lo establecido en el documento técnico, de lo contrario se entenderá como un incumplimiento por parte de la entidad. Las subcuentas, renglones o columnas que no tengan valor o no apliquen, no se deben reportar en el archivo, a menos que el instructivo indique que se reporten en cero (0) o con otro valor.
Encabezado Entidad: Registre el tipo y código de la entidad, asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Nombre de la entidad: Registre el nombre o razón social de la entidad vigilada o del fondo mutuo controlado que reporta.
Fecha de corte: Registre la fecha de corte de la información bajo el formato DD (día), MM (mes), AAAA (año).
Cuerpo del formato Unidades de captura 01 Operaciones de Reporto o repo 02 Operaciones Simultáneas 03 Operaciones de Transferencia Temporal de Valores Columna Nombre Concepto Información general Registre el código del tipo de operación2, que se puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta: Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la 1 Tipo de operación Superintendencia Financiera / Tablas anexas para el reporte de información / Tabla codificaciones portafolios y derivados, en la hoja “Tipo de operación”. (Numérico) Número asignado por la Registre el número asignado por la entidad a la operación3. 2 entidad a la operación (Alfanumérico) Registre el número asignado a la operación por el sistema de Número asignado a la negociación o registro. En caso de no aplicar, este campo no 3 operación debe reportarse. (Alfanumérico) 4 Posición en el contrato Registre el código de la posición en el contrato4, que se 2 Para efectos del diligenciamiento de este formato debe tenerse en cuenta lo establecido en el Capítulo XIX de la Circular Básica Contable y Financiera. 3 En ningún caso puede repetirse el número asignado por la entidad a la operación. 4 Para efectos del diligenciamiento de este formato debe tenerse en cuenta lo establecido en el Capítulo XIX de la Circular Básica Contable y Financiera.
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Columna Nombre Concepto puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta: Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Página 417 Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022 Proforma F.0000-132 (Formato 397)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Columna Nombre Concepto Financiera / Tablas anexas para el reporte de información / Tabla codificaciones portafolios y derivados, en la hoja “Posición en el contrato”. (Numérico) Registre el código del tipo de identificación de la contraparte, que se puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta: Inicio / Industrias supervisadas / Interés 5 Tipo de identificación de la del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información contraparte a la Superintendencia Financiera / Tablas anexas para el reporte de información / Tabla tipo de identificación. (Numérico) Registre el número de identificación de la contraparte. Si se trata del NIT incluya el dígito de verificación si aplica, en caso contrario registre el NIT y la letra “N”. Los NIT de las entidades y organismos públicos se pueden consultar en el listado actualizado de entidades de la
Contaduría General de la Nación, el cual puede ser consultado en la página web: www.contaduria.gov.co en el listado “Clasificación entidades según Código Único Institucional – CUIN”. Para el caso de los fideicomisos, fondos o patrimonios autónomos diferentes a Fondos de Inversión Colectiva (FIC) 6 Número de identificación de la y Fondos de Capital Privado (FCP) que tengan un NIT contraparte5 diferente al de la sociedad administradora, se debe registrar el NIT del fondo o patrimonio autónomo. Si se trata de contrapartes que son FIC y/o FCP, registre el código de negocio asignado por la SFC, que se puede consultar en el siguiente enlace de la página www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta : Inicio / Informes y cifras / Cifras / Portafolios de inversión / Reporte de las rentabilidades de Fondos de Inversión Colectiva / Datos históricos rentabilidades de Fondos de Inversión Colectiva (portal de datos abiertos) busque el campo
CODIGO_NEGOCIO.
(Alfanumérico) Diligencie el nombre o la razón social de la contraparte, en la forma como se encuentra en el número de identificación. Para los fideicomisos, fondos o patrimonios autónomos, diligencie el nombre de los mismos que se puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta: Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de 7 Detalle de la contraparte reportes de información a la Superintendencia Financiera / Guía para el reporte de información sobre valoración de portafolio / Códigos de identificación fondos de inversión
colectiva (FICs). (Alfanumérico) Si la contraparte posee calificación indique la calificación emitida por una sociedad calificadora autorizada, en caso contrario no reportar este campo. La codificación se puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta: Industrias 8 Calificación de la contraparte supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Guía para el reporte de información sobre valoración de portafolio / Códigos calificaciones. (Numérico) Página 417 - 1 5 Si se trata del NIT o IDPAs (Identificación del Patrimonio Autónomo) de los Fondos Comunes Ordinarios y Fondos Comunes Especiales de las Fiduciarias, se puede consultar el archivo en nuestra página web Inicio / Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Guía para el reporte de información sobre valoración de portafolio. Si se trata de Emisores custodiados por Deceval, se puede consultar el archivo en nuestra página web Inicio / Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Guía para el reporte de información sobre valoración de portafolio. Si se trata de Emisores Internacionales, se puede consultar el archivo en nuestra página web Inicio / Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / Guía para el reporte de información sobre valoración de portafolio. Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Información de la operación Reporte la fecha en la cual se registró la operación, entendiéndose como aquella fecha designada por el sistema en Fecha de registro de la 9 el cual se realizó o registró la operación, bajo el formato operación
DDMMAAAA.
(Numérico) En el caso de operaciones repo o simultánea, registre en este campo la fecha en el cual el enajenante transfiere al adquirente la propiedad del “valor (es)6”, a cambio de una suma de dinero o “monto inicial”. 10 Fecha de transferencia inicial En el caso de operaciones de transferencia temporal de valores, registre en este campo la fecha en la cual el originador transfiere al receptor la propiedad del “valor” principal. Este campo debe reportarse bajo el formato DDMMAAAA. (Numérico) Página 418 6 El concepto de “valor” al que se refiere el presente instructivo, se encuentra definido en el artículo 2° de la Ley 964 de 2005 y demás normas que lo modifiquen o adicionen. Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022 Proforma F.0000-132 (Formato 397)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Columna Nombre Concepto En el caso de operaciones de transferencia temporal de valores, registre en este campo la fecha en la cual el originador transfiere al receptor la propiedad del “valor” principal. Este campo debe reportarse bajo el formato DDMMAAAA.
(Numérico) En el caso de operaciones repo o simultánea, registre en este campo la fecha en la cual el adquiriente transferirá al enajenante, “valores” de la misma especie o características en cumplimiento de la operación, a cambio de una suma de dinero o “monto final”. 11 Fecha de transferencia final En el caso de operaciones de transferencia temporal de valores, reporte en este campo la fecha en la cual el receptor transfiere al originador la propiedad del “valor” principal. Este campo debe reportarse bajo el formato DDMMAAAA. (Numérico) Registre la diferencia entre número de días entre la fecha de Días al vencimiento de la 12 reporte de la operación y la fecha de transferencia final operación calculados en días calendario con base en 365 días. (Numérico) En caso de reportar en la columna 1 las opciones 1, 2, 3, 5 o 6 diligencien el código de la cuenta del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión a nivel de seis (6) dígitos en donde quedó registrado el compromiso de Código Catálogo Único - transferencia. 13 registro operación Si hubo incumplimiento, y en la columna 1 reportó cualquiera de las opciones allí establecidas, reporte en este campo el código correspondiente del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión. (Alfanumérico) Registre el monto de la operación, el cual debe reportarse actualizado a la fecha de reporte. En caso de incumplimiento, reporte el monto correspondiente 14 Monto de la operación acumulado a la fecha de transmisión. Si este campo no aplica, no lo reporte.
(Numérico) Registre la tasa de negociación pactada para la operación en término efectivos anuales, calculada con base en 365 días, en Tasa de negociación en forma porcentual. 15 término efectivo anual (Numérico) Diligencie el código de la cuenta del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión a nivel de seis Código Catálogo Único 16 (6) dígitos en donde quedó registrada la provisión por el provisión por incumplimiento incumplimiento de la operación. Si este campo no aplica, no lo reporte. (Alfanumérico) Reporte el monto en moneda legal correspondiente a la 17 Monto provisión provisión por el incumplimiento de la operación. Si este campo no aplica, no lo reporte. (Numérico) Registre el código alfabético de la moneda de acuerdo con la Código de moneda monto codificación internacional de la ISO 4217:2015 o unidad 18 inicial acordada para el monto inicial. Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022 Proforma F.0000-132 (Formato 397)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 419 Columna Nombre Concepto Si en la columna 1 (Tipo de operación) seleccionó la opción 4 (Ttv valor contra valor) este campo no debe reportarse. (Alfanumérico) Registre el monto inicial en moneda extranjera. Diligenciar éste campo únicamente si aplica, en caso contrario no reportar. Monto inicial en moneda
19 Si en la columna 1 (Tipo de operación) seleccionó la opción 4 extranjera (Ttv valor contra valor) este campo no debe reportarse. (Numérico) Registre el monto inicial en moneda legal. Si en la columna 1 (Tipo de operación) seleccionó la opción 4 20 Monto inicial en moneda legal (Ttv valor contra valor) este campo no debe reportarse. (Numérico) Registre el código alfabético de la moneda de acuerdo con la codificación internacional de la ISO 4217:2015 o unidad acordada para el monto inicial. 21 Código de moneda monto final Si en la columna 1 (Tipo de operación) seleccionó la opción 4 (Ttv valor contra valor) este campo no debe reportarse. (Alfanumérico) Registre el monto final en moneda extranjera. Diligenciar este Monto final en moneda campo únicamente si aplica, en caso contrario no reportar. 22 extranjera Si en la columna 1 (Tipo de operación) seleccionó la opción 4 (Ttv valor contra valor) este campo no debe reportarse. (Numérico) Registre el monto final en moneda legal 23 Monto final en moneda legal Si en la columna 1 (Tipo de operación) seleccionó la opción 4 (Ttv valor contra valor) este campo no debe reportarse. (Numérico) Diligencie el código del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión del estado de pérdidas y Código Catálogo Único 24 ganancias, a nivel de seis (6) dígitos, en donde se registraron rendimientos7 los rendimientos. (Alfanumérico) Registre el monto total de los rendimientos causados a la fecha
25 Monto rendimientos de reporte, en moneda legal. (Numérico) Diligencie el código del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión, a nivel de seis (6) dígitos, Código Catálogo Único en donde se registraron los cupones (intereses, dividendos y/o cupones8 por pagar (adquirente amortización de capital). 26 o receptor) o por cobrar Este campo aplicará respecto de los cupones del valor principal (enajenante u originador) en el caso de operaciones de transferencia temporal de valores, o respecto del valor objeto de la operación en el caso de operaciones repo o simultánea. (Alfanumérico) 7 Para efectos del diligenciamiento del presente formato, debe tenerse en cuenta lo establecido en el Capítulo XIX de la Circular Básica Contable y Financiera. 8 La información que debe reportarse en las columnas 26 y 27 del presente formato, hace referencia a lo establecido en el literal f) artículo 2.36.3.1.1 del Decreto 2555 de 2010. Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022 Proforma F.0000-132 (Formato 397)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Página 420 Registre el monto total en moneda legal de los cupones (intereses, dividendos y/o amortización de capital). Monto cupones por pagar Este campo aplicará respecto de los cupones del valor principal 27 (adquirente o receptor) o por en el caso de operaciones de transferencia temporal de cobrar (enajenante u valores, o respecto del valor objeto de la operación en el caso
originador) de operaciones repo o simultánea. (Numérico) Diligencie el código de la cuenta del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión, a nivel de Código Catálogo Único seis (6) dígitos, en donde se registraron los cupones (intereses, 28 cupones por pagar (originador) dividendos y/o amortización de capital). o por cobrar (receptor) Este campo aplicará respecto de los cupones del valor secundario en operaciones de transferencia temporal de valores. (Alfanumérico) Registre el monto total en moneda legal de los cupones Monto cupones por pagar (intereses, dividendos y/o amortización de capital). (originador) o por cobrar 29 Este campo aplicará respecto de los cupones del valor (receptor) secundario en operaciones de transferencia temporal de valores. (Numérico) Llamado al Margen9 Registre el código de información llamado al margen, se puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta: Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la 30 Información llamado al margen Superintendencia Financiera / Tablas anexas para el reporte de información / Tabla codificaciones portafolios y derivados, en la hoja “llamado al margen”. Si no aplica, no reportar las columnas 30, 31, 32,33 y 34. (Numérico) Registre el tipo de llamado al margen, se puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta: Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia
31 Tipo de llamado al margen Financiera / Tablas anexas para el reporte de información / Tabla codificaciones portafolios y derivados, en la hoja “Tipo llamado al margen”. (Numérico) Diligencie el código del Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión que corresponda a nivel Código Catálogo Único llamado 32 de seis (6) dígitos, en donde se registró el llamado al margen. al margen dinero Si no aplica, no reportar este campo. (Alfanumérico) Diligencie el código Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión que corresponda a nivel de seis (6) Código Catálogo Único llamado dígitos, en donde se registró el llamado al margen. Si no aplica, 33 al margen en valores no reportar este campo. (Alfanumérico) Reporte el monto acumulado del llamado al margen en moneda Monto acumulado del llamado legal, actualizado a la fecha de reporte. 34 al margen (Numérico) Exposición Neta Registre el monto en moneda legal correspondiente a la exposición neta de quien reporta. Digite cero (0) cuando la 35 Exposición neta10 exposición sea negativa. (Numérico) 9 De acuerdo con el literal c) artículo 2.36.3.1.1 del Decreto 2555 de 2010 y demás normas que lo modifiquen o sustituyan. 10 Para efectos del diligenciamiento de este campo debe tenerse en cuenta lo previsto en el Decreto 2555 de 2010 que define exposición
neta en operaciones de reporto o repo, operaciones simultáneas y operaciones de transferencia temporal de valores como la diferencia entre la posición acreedora y la posición deudora y lo dispuesto en el Capítulo XIX de la Circular Básica Contable y Financiera. Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022 Proforma F.0000-132 (Formato 397)
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ANEXO l - REMISIÓN DE INFORMACIÓN
PARTE I - PROFORMAS F.0000
Vinculación Registre el código de la vinculación, se puede consultar en www.superfinanciera.gov.co siguiendo la ruta : Industrias supervisadas / Interés del Vigilado / Reportes / Índice de reportes de información a la Superintendencia Financiera / 36 Vinculación Tablas anexas para el reporte de información / Tabla codificaciones portafolios y derivados, en la hoja “Vinculación”.11 (Numérico) Página 421 11 De acuerdo con lo establecido en el numeral 7 del Capítulo IV del Título 4 de la Circular Básica Jurídica o demás normas que la sustituyan, subroguen o modifiquen, Para las entidades administradoras de fondos de pensiones y cesantías los criterios para determinar la vinculación se encuentran en el literal d. numerales 1, 2 y 3 del artículo 2.6.12.1.15 del Decreto 2555 de 2010 y demás normas aplicables y las que lo sustituyan, subroguen o modifiquen. Los establecimientos de crédito deberán determinar la vinculación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.1.2.1.10, y
siguientes del Decreto 2555 de 2010 y demás normas que sean aplicables y las que los sustituyan, subroguen o modifiquen. En lo que se refiere a las entidades aseguradoras, éstas determinarán la vinculación de conformidad con lo establecido en el artículo 2.31.3.1.12 del Decreto 2555 de 2010 y demás normas que sean aplicables y las que las sustituyan, subroguen o modifiquen. Circular Externa 007 de 2022 Abril de 2022 Proforma F.0000-132 (Formato 397)