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SFC - Anexo Circular Externa 8 de 2007 (7)

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 8 de 2007 (7)
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2007

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACION

PARTE VIII - PROFORMAS F.8000

Página 20

TEMA: Ponderación de activos por nivel de riesgo

NOMBRE DE PROFORMA: Ponderación de Derivados

NUMERO DE PROFORMA: F.8000-007

NUMERO DE FORMATO: 372

OBJETIVO: Facilitar la determinación de la exposición por riesgo crediticio, para hacer más preciso el cálculo de la relación de solvencia.

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Sociedades comisionistas de bolsa que realicen operaciones por cuenta propia y con recursos propios.

TRAMITE: 30 Estados Financieros Intermedios PERIODICIDAD: Diaria FECHA DE CORTE DE LA INFORMACIÓN: El mismo día.

FECHA DE REPORTE: Diario

DOCUMENTO TÉCNICO: SB-DS-003 Versión 4.0 7

TIPO Y NUMERO DEL INFORME: 51 – Balances Diarios

MEDIO DE ENVÍO: RAS

DEPENDENCIA USUARIA: Delegatura para Intermediarios de Valores y Otros Agentes

INSTRUCTIVO ENCABEZADO Entidad: Identificación de la entidad vigilada que diligencia esta proforma. Con este fin indique el código del tipo de entidad al que pertenece, el código de la entidad, asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o sigla de la entidad.

Fecha Corte: Indique la fecha a la que corresponde la información que se está reportando, bajo el formato DD (día), MM (mes) y AAAA (año).

GENERALIDADES La información contenida en este formato corresponde a las operaciones que realicen las sociedades comisionistas de bolsa en derivados.

En este formato se relacionan los valores de las operaciones a precios de mercado, dependiendo de la clasificación contable y del código PUC correspondiente. Los valores aquí consignados deberán reportarse en pesos.. Sin excepción, los conceptos que no apliquen o no presenten movimientos o saldos, deberán reportarse en ceros. La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del Representante Legal.

CUERPO DEL FORMATO: Subcuentas Subcuentas 005 a 035: Se reporta el valor en pesos registrado en cada uno de los códigos PUC señalados para las operaciones de Derivados realizadas.

Subcuenta 999: Total: Corresponde a la sumatoria de las subcuentas 005 a 035 de las columnas 1a 4. Columnas Columna 01: Se reporta la sumatoria de los valores consignados de las columnas 02 a 04, por las exposiciones en operaciones de derivados con diferentes contrapartes y por operaciones registradas en cada una de las cuentas PUC señaladas en las subcuentas 005 a 035. Columna 02: Se deberá reportar el valor en pesos de la exposición por operaciones en derivados registradas en cada una de las cuentas PUC, en las cuales la contraparte sea la Nación o el Banco de la República. Esta exposición Circular Externa 008 de 2007 Enero de 2007

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

ANEXO I - REMISION DE INFORMACION PARTE VIII - PROFORMAS F.8000 se calcula como la diferencia positiva que resulte de comparar el valor de mercado del Derecho menos el valor de mercado de la obligación, de las respectivos operaciones registrados en cada una de las cuentas PUC señaladas en las Página 21

subcuentas de la 005 a la 035.(parágrafo 2 del artículo 2.2.1.11 de la Resolución 400 de 1995),. Nota: Al saldo reportado la SFC le aplicará el 0% como factor de ponderación. Columna 03: Se deberá reportar el valor en pesos de la exposición de las operaciones en derivados registradas en cada una de las cuentas PUC, en las cuales la contraparte sea diferente de la Nación o el Banco de la República.

Nota: Al saldo reportado la SFC le aplicará el 100% como factor de ponderación.

Columna 04: Se deberá reportar el valor en pesos de la exposición de las operaciones en derivados registradas en cada una de las cuentas PUC, en las cuales la operación se encuentre garantizada con títulos de deuda pública y la contraparte sea diferente de la Nación o el Banco de la República. Nota: Al saldo reportado la SFC le aplicará el 80% como factor de ponderación. Circular Externa 008 de 2007 Enero de 2007

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