SFC - Anexo Circular Externa 8 de 2021 (3)
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo Circular Externa 8 de 2021 (3)
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2021
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
ANEXO I – REMISION DE INFORMACION
PARTE VI – PROFORMAS F.7000
Página 51
TEMA: Actividad de custodia respecto de los valores de los Fondos de Inversión Colectiva – FICs y portafolios de los Fondos
Voluntarios de Pensión. Incumplimientos y/o posibles incumplimientos evidenciados por los NOMBRE DE PROFORMA: custodios en desarrollo de las operaciones que realizan los FICs y portafolios de los fondos voluntarios de pensión.
NUMERO DE PROFORMA: F.7000-20
NUMERO DE FORMATO: 535
Unificar la información que se reporta a esta Superintendencia en relación con los incumplimientos y/o posibles incumplimientos que OBJETIVO: potencialmente podrían materializarse y que son evidenciados por los custodios en desarrollo de las operaciones que realizan los FICs y portafolios de los Fondos Voluntarios de Pensión. TIPO DE ENTIDAD A LA QUE Sociedades Fiduciarias autorizadas para actuar como custodios de APLICA: valores en Colombia.
Esporádica: Sólo cuando se presenten incumplimientos y/o los PERIODICIDAD: potenciales incumplimientos.
FECHA DE CORTE DE LA
Diaria INFORMACIÓN: Al día siguiente que se presente el incumplimiento a más tardar a
FECHA DE REPORTE: las 11:59pm
DOCUMENTO TÉCNICO: A-DT-GTI-004
TIPO Y NUMERO DEL INFORME: 32 Área 9 “Reporte de Custodios”
MEDIO DE ENVÍO: WEB
DEPENDENCIA RESPONSABLE: Dirección de Fiduciarias
DEPENDENCIA USUARIA: Dirección de Intermediarios de Valores
Delegatura para Pensiones Delegatura para Riesgos de Mercado y Liquidez. INSTRUCTIVO Generalidades La presente proforma debe ser remitida con la firma digital del representante legal de la entidad o por parte de quien cumpla dichas funciones, de acuerdo con la ley. Los datos que correspondan a valores deberán reportarse en millones de pesos con tres decimales, separados por punto y aproximando el último decimal por el sistema de redondeo. Los datos que correspondan a porcentajes, deberán reportarlos con tres decimales y aproximando el último decimal por el sistema de redondeo; es decir, una tasa del 25.8378% se deberá reportar así 25.838. Las subcuentas o columnas que no tengan valor o no apliquen, no se deben reportar en el archivo, a menos que el instructivo indique que se reporten en cero (0) o con otro valor. Para la Unidad de Captura 01 no aplican las columnas 6, 7,8, 9 y 11. Para la Unidad de Captura 04 no aplica la columna 9. Para la Unidad de Captura 05 no aplican las columnas 9 y 11. En la columna 11 – Exceso o defecto, cuando se presente un defecto se debe reportar con signo negativo (-). Circular Externa 008 de 2021 Mayo de 2021 Proforma F.7000-20 (Formato 535)
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ANEXO I – REMISION DE INFORMACION
PARTE VI – PROFORMAS F.7000
Página 52 En la columna 12 – Observaciones, se deben reportar máximo 300 caracteres incluidos espacios, sin “enter”
y sin caracteres especiales. En esta columna haga la respectiva descripción cuando en la columna 6 seleccione el código “Otros”. El incumplimiento se debe reportar diariamente desde el día en que se presenta hasta cuando cese el mismo. Solo se deben reportar los incumplimientos y/o los potenciales incumplimientos que pudieran presentarse en desarrollo de las labores de custodios, esto es, las operaciones que el administrador solicitó realizar pero que el custodio se abstuvo de llevar a cabo por estar prohibidas, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente.
ENCABEZADO Entidad: Registre el tipo y código de la entidad, asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia y el nombre o razón social de la entidad vigilada que reporta.
Fecha de corte: Registre la fecha de corte de la información bajo el formato DD (día), MM (mes), AAAA
(año).
CUERPO DEL FORMATO: Para cada una de las subcuentas registre la información de cada uno de los FIC y portafolios de los fondos Voluntarios de Pensión custodiados que presenten incumplimientos.
Unidad de Captura 01 – Posibles Incumplimientos Legales: corresponde a los eventos en los que se pueda presentar un potencial incumplimiento establecido en la normatividad vigente, en desarrollo de las labores de custodios. Las siguientes unidades de captura se deben diligenciar de acuerdo con la política de inversión establecida en el reglamento de cada FIC o el prospecto de cada portafolio de los fondos Voluntarios de Pensión: Unidad de Captura 02 – Emisor Unidad de Captura 03 – Duración Unidad de Captura 04 – Calificación
Unidad de Captura 05 – Bursatilidad COLUMNAS: Columna 1 - Tipo de Entidad Administradora del FIC o FVP: Registre el tipo de entidad administradora del FIC o FVP, así: 5 = Sociedades Fiduciarias, 13 = Compañías de Seguros Generales, 14 = Compañías de Seguros de Vida, 23 = Sociedades Administradores de Fondos de Pensiones, 85 = Sociedades Comisionistas de Bolsa de Valores, 87 = Sociedades Administradoras de Inversión. Columna 2 – Código de la Entidad Administradora del FIC o FVP: Registre el código de la entidad, asignado por la Superintendencia Financiera de Colombia: www.superfinanciera.gov.co Columna 3 - Código del FIC o del portafolio de FVP: Registre el código o número consecutivo asignado por el Módulo de Registro en el momento de la radicación. Columna 4 – Tipo de Incumplimiento: Registre el tipo de incumplimiento, según corresponda. Para la Unidad de Captura 01 registre el posible incumplimiento con el código 1 = Legal. Para las Unidades de Captura 02, 03, 04, 05, registre el incumplimiento con el código 2 = Reglamentario. Columna 5 – Categoría: Seleccione la categoría, según corresponda. Para la Unidad de Captura 01 registre en esta columna uno de los siguientes códigos: Circular Externa 008 de 2021 Mayo de 2021 Proforma F.7000-20 (Formato 535)
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ANEXO I – REMISION DE INFORMACION
PARTE VI – PROFORMAS F.7000
Página 53 1 = Art. 3.1.1.10.1 Decreto 2555 de 2010 No.3: Conceder préstamos a cualquier título con dineros del fondo de inversión colectiva, salvo tratándose de operaciones de reporto activas, simultáneas activas y de transferencia temporal de valores, en los términos del artículo 3.1.1.4.5 del mencionado Decreto. Circular Externa 008 de 2021 Mayo de 2021 Proforma F.7000-20 (Formato 535)