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SFC - Anexo Circular Externa 9 de 2016

Superintendencia Financiera

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Detalles

Título
SFC - Anexo Circular Externa 9 de 2016
Autor
Superintendencia Financiera
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2016

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA CIRCULAR EXTERNA 009 DE 2016 ( Marzo 29 )

Señores

REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS

ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS, CORPORACIONES FINANCIERAS,

COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO, BANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE

COLOMBIA – BANCOLDEX, FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL – FDN

Y DE SOCIEDADES COMISIONISTAS DE BOLSA DE VALORES.

Referencia: Modificación de los instructivos y formatos diarios de divisas: Formato 102 “Informe Diario – Compra y Venta de divisas” (Proforma F.100037) y Formato 395 “Compra y Venta de Divisas – Desagregado de

Operaciones” (Proforma F.0000-130).

Apreciados señores: Este Despacho, en uso de sus facultades legales y en particular de las previstas en el numeral 9º del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 59 y 80 de la Resolución

Externa No. 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República y en la Circular Reglamentaria Externa DODM-146 del Banco de la República, mediante la cual se establece la metodología del cálculo de la tasa de cambio representativa del mercado, imparte las siguientes instrucciones: PRIMERA: Modificar el nombre y contenido del Formato 102 (Proforma F.1000-37 “Informe Diario – Compra y Venta de divisas”) y del Formato 395 (Proforma F.0000-130 “Compra y Venta de Divisas – Desagregado de Operaciones”) y sus

correspondientes instructivos.

SEGUNDA: Para asegurar la correcta transmisión de la información de los Formatos 102 y 395, con las modificaciones realizadas a través de la presenta Circular, las entidades destinatarias deben realizar pruebas obligatorias del 23 al 27 de mayo de 2016 con base en la información con corte a 20 de mayo de 2016.

TERCERA: La transmisión oficial de la información conforme a la nueva versión de los Formatos 102 y 395, se debe realizar a partir del 1 de julio de 2016, de acuerdo con los instructivos correspondientes.

CUARTA: La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación.

Se anexan las páginas objeto de modificación. Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA

Superintendente Financiero de Colombia /050000

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