SFC - Anexo de la circular 027 de 1997
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SFC - Anexo de la circular 027 de 1997
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1997
Superintendencia Bancaria Superintendencia Nacional de salud Santafé de Bogotá, D. C.
ANEXO II - INFORMACION NO REMITIDA
Página 24
TEMA : Recaudo de aportes al Sistema General de
Pensiones NOMBRE DE PROFORMA Formulario de Novedades, para Trabajadores Independientes.
NUMERO DE PROFORMA B.6000-09
OBJETIVO Para que el trabajador independiente informe a la entidad administradora, las novedades presentadas en el período declarado. TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA Aportantes al Régimen General de Pensiones clasificados como trabajadores independientes. INSTRUCTIVO Este formato será utilizado por los trabajadores independientes, a quienes la entidad administradora les liquidará los aportes tomando como base el ingreso declarado para el respectivo año. La administradora tomará las novedades declaradas, efectuará la respectiva liquidación y determinará el efecto en el monto de la cotización que el trabajador independiente debe realizar, incorporando dicho valor en el comprobante de pago para el siguiente período.
No. de CONCEPTO DESCRIPCION
Orden
A. DATOS GENERALES
1. Aportante Escriba apellidos y nombres del afiliado que presenta la declaración.
2. Identificación Escriba según el caso, el número de la cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad ó cédula de extranjería del trabajador que presenta la declaración.
3. Período de la novedad Indique el año y mes en que ocurrió la novedad declarada.
DECLARACION DE NOVEDADES
4. Código Escriba el código de la novedad presentada.
Se debe tener en cuenta que la cotización se efectúa de manera anticipada, pero las novedades declaradas son las ocurridas en el
período anterior. Las novedades de un trabajador independiente son: NOVEDADES PERMANENTES VIB Variación Ingreso Base de Cotización: Cuando el trabajador independiente decida cotizar al Sistema General de Pensiones, sobre un ingreso base diferente al declarado, registrando en la columna 7 el nuevo ingreso base para cotizar. NOVEDADES TRANSITORIAS IGA. Incapacidad General: Cuando el trabajador afiliado presentó una incapacidad por riesgo común.
LMA Licencia de maternidad: Cuando el trabajador afiliado presentó una CIRCULAR EXTERNA CONJUNTA SB 027 SNS 036 DE 1997 ABRIL 1997
Superintendencia Bancaria Superintendencia Nacional de salud Santafé de Bogotá, D. C. ANEXO II - INFORMACION NO REMITIDA Página 25 licencia de maternidad.
5. Fecha inicio Escriba el día del respectivo mes en el cual se inició la novedad declarada.
6. Días de duración Escriba los días de duración de la respectiva novedad en el período en que se presentó.
7. Ingreso Base de Cotización Escriba monto del ingreso base para cotizar al Sistema General de Pensiones informado en el formulario de Declaración Anual del Ingreso Base de Cotización, presentado para el respectivo año.
Cuando el trabajador independiente decida cambiar el monto del ingreso base de cotización, en esta columna se indicará el nuevo valor, reportado como novedad.
NOTA: Este formato puede hacer parte del comprobante para el pago de aportes que envía la entidad administradora al trabajador independiente, vale decir, reproducirlo al dorso de dicho comprobante.