SFC - Bono pensional. Rentabilidad.-DTF pensional Concepto No. 2006036780-001 del 25 de agosto de 2006 id2006036780
Superintendencia Financiera
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SFC - Bono pensional. Rentabilidad.-DTF pensional Concepto No. 2006036780-001 del 25 de agosto de 2006 id2006036780
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2006
BONO PENSIONAL – RENTABILIDAD – DTF PENSIONAL Concepto 2006036780-001 del 25 de agosto de 2006
Síntesis: Los bonos pensiónales generan a cargo de su emisor, entre el momento de la afiliación del trabajador y el de su redención, un interés equivalente a la tasa DTF pensional sobre los saldos capitalizados. La DTF pensional es la tasa de interés efectivo anual correspondiente al interés compuesto de la inflación anual representada por el IPC, adicionada 4% real (lo que significa 4% adicionales a la inflación) para quienes se trasladaron hasta el 31 de diciembre de 1998 y para los demás bonos pensiónales (expedidos por traslados posteriores a dicha fecha) la tasa será del 3%. «(…) consulta (...) LA RENTABILIDAD MÍNIMA DE LOS BONOS PENSIONALES EN
FONDOS PRIVADOS (...)”.
Sobre el particular, este Despacho considera pertinente señalar que de conformidad con lo dispuesto en el literal d) del artículo 116 de la Ley 100 de 19931, en consonancia con el artículo 10 del Decreto 1299 de 19942, los bonos pensiónales generan a cargo de su emisor, entre el momento de la afiliación del trabajador y el de su redención, un interés equivalente a la tasa DTF pensional sobre los saldos capitalizados. Ahora bien, debe entenderse por DTF pensional la tasa de interés efectivo anual correspondiente al interés compuesto de la inflación anual representada por el IPC, adicionada en los puntos porcentuales que se señalan a continuación: 4% real (lo que significa 4% adicionales a la inflación) para quienes se trasladaron hasta el 31 de diciembre de 1998, para
los demás bonos pensiónales (expedidos por traslados posteriores a dicha fecha) la tasa será del 3%. Hechas las anteriores precisiones y en punto a su solicitud, nos permitimos adjuntar a la presente copia de la Carta Circular 125 de octubre 14 de 2003 a través de la cual informamos el DTF pensional aplicable a los años 2001 y 2002. (…).» 1 Los bonos pensiónales tendrán las siguientes características (...) d.) entre el momento de la afiliación del trabajador y el de redención del bono devengarán. a cargo del respectivo emisor un interés equivalente a la tasa DTF sobre saldos capitalizados que establezca el gobierno 2 Interés del bono pensiona1. El bono pensional devengará interés equivalente al DTF Pensional, desde la fecha de su expedición basta la fecha de su redención El DTF Pensional se define como la tasa de interés efectiva anual correspondiente al interés compuesto de la inflación anual representada por el IPC, adicionado en los puntos porcentuales que se señalan a continuación. “Para los bonos pensiónales que se expidan por razón del traslado al régimen de ahorro individual hasta el 31 de diciembre de 1998. El DTF Pensional se calculará adicionando el IPC en cuatro puntos anuales efectivos Para los demás Bonos pensiónales se calculare adicionando el IPC en tres puntos porcentuales anuales efectivos